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Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 433 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 433.

1. El Instituto Electoral, según las necesidades del proceso y el ámbito territorial de aplicación, determinará la estructura mínima para que se realice la consulta de revocación de mandato. El Instituto podrá establecer las instancias calificadoras que requiera el caso, las que tendrán las atribuciones que les confiere el presente Código y acuerde el Consejo General.

2. Los solicitantes y el funcionario sujeto a revocación de mandato podrán nombrar un representante propietario y un suplente, ante la instancia calificadora que se establezca.

3. En el proceso de revocación de mandato no procede el nombramiento de representantes de partidos políticos ante la instancia calificadora.



Estado de Jalisco Artículo 433 Código Electoral y de Participación Ciudadana
Artículo 1 ...431 432 433 434 435 ...745

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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