Código Financiero Artículo 323 Estado de Tlaxcala
Código Financiero
Artículo 323.
Las autoridades fiscales, en su respectivo ámbito de competencia, podrán condonar total o parcialmente, las sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales previstas en este capítulo, tomando en consideración las circunstancias del caso, la situación económica del contribuyente, la reincidencia y los motivos de la sanción.
La solicitud de condonación de multas en los términos de este artículo, no constituirá una instancia y las resoluciones que al respecto se emitan no podrán ser impugnadas por el medio de defensa que establece este código,
La solicitud dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si así se pide y se garantiza el interés fiscal.
Sólo procederá la condonación de multas que hayan quedado firmes y siempre que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación; así como las multas impuestas por
las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando los
contribuyentes autocorrijan en forma total y satisfactoria su situación fiscal, cubriendo las contribuciones y accesorios adeudados en una sola exhibición, antes de que se emita la resolución que determine el crédito fiscal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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