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Código Fiscal Artículo 175 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/11/2026

Código Fiscal Guerrero
Artículo 175.

La convocatoria de remate contendrá:

I.- La fecha, hora y lugar en que vaya a efectuarse el remate; II.- Relación de los bienes por rematar;

III.- El valor que servirá de base para la almoneda; IV.- Postura legal;

V.- El importe del adeudo y sus accesorios, y

VI.- Nombre de los acreedores que hayan aparecido en el certificado de gravamen a que se refiere el artículo siguiente, si por carecer de sus domicilios la oficina ejecutora no pudo notificarlos personalmente.



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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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