Código Fiscal Artículo 38 Estado de Morelos
Código Fiscal
Artículo 38.
Los servidores públicos que requieran del uso de Firma Electrónica para la expedición de documentos electrónicos con validez jurídica semejante a la de documentos firmados en papel para todo tipo de actuaciones oficiales y actos jurídicos en materia fiscal, deberán optar por la obtención de un certificado de Firma Electrónica utilizando los certificados electrónicos emitidos por los servicios de certificación registrados por el Servicio de Administración Tributaria
Estado de Morelos Artículo 38 Código Fiscal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Guadalajara jalisco
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
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