Imprimir

Código Fiscal Municipal Artículo 149 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Fiscal Municipal Sinaloa
Artículo 149.

Las notificaciones de los actos administrativos se harán:

I.Personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, cuando se trate de citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que pueden ser recurridos;

II.Por correo ordinario o telegrama cuando se trate de actos distintos de los señalados en la fracción anterior;

III.Por estrados, cuando la persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado a la Tesorería Municipal como domicilio fiscal, que deberá ser igual al proporcionado al Registro Federal de Contribuyentes, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca, se oponga a la diligencia de notificación o desocupe el local donde tenga señalado como su domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio de domicilio al registro, federal de contribuyentes, después de la notificación de la orden de visita, o bien después de que se le hubiera notificado un crédito fiscal y antes de que éste se haya garantizado, pagado o quedado sin efectos;

IV.Por edictos únicamente en el caso de que la persona a quien deba notificarse hubiese fallecido y no exista representante o encargado del giro o actividad que se desempeñaba, motivo del pago de contribuciones de cualquier tipo, así como para convocar al remate de bienes embargados; y,

V.Por instructivo, solamente en los casos y con las formalidades que refiere el quinto párrafo del artículo 152 de este Código.



Estado de Sinaloa Artículo 149 Código Fiscal Municipal
Artículo 1 ...147 148 149 150 151 ...214

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse