Código Fiscal Artículo 8 Estado de Quintana Roo
Código Fiscal Quintana Roo
Artículo 8.
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalen excepciones a las mismas, asi como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicacion estricta.
Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa, cuota o tarifa.
Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier metodo de interpretacion juridica.
A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del codigo fiscal de la federacion y su reglamento, y en su defecto, las del codigo de comercio, del derecho comun cuando su apllcacion no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.
Estado de Quintana Roo Artículo 8 Código Fiscal
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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