Imprimir

Código Fiscal y Presupuestario Artículo 376 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 376.

Respecto de las concesiones, permisos o en las que se establezca que a su término pasarán al dominio del Municipio los inmuebles destinados o afectos a los fines de los mismos, corresponderá a la SAU*:

I.Inscribir en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio los documentos en que conste el derecho de reversión del Municipio;

II.Autorizar cuando sea procedente, la enajenación parcial de los inmuebles a que se refiere este artículo, en este caso, el plazo de vigencia de las concesiones, permisos o autorizaciones respectivos deberá reducirse en proporción al valor de los inmuebles y cuya enajenación parcial se autorice; y

III.Autorizar en coordinación con la dependencia que corresponda, la imposición de gravámenes sobre los inmuebles destinados o afectos a los fines de la concesión, permiso o autorización. En este caso, los interesados deberán otorgar fianza a satisfacción de la Tesorería por una cantidad igual a la del gravamen, a fin de garantizar el derecho de reversión.

En los casos de nulidad, modificación, revocación o caducidad de las concesiones a que se refiere el primer párrafo de este artículo y que se produzcan antes del término previsto en aquellos, el derecho de reversión de los inmuebles afectos, se ejercerá en la parte proporcional al tiempo transcurrido de la propia concesión, salvo disposición legal expresa.

En el caso de concesiones que otorguen los organismos, sus autoridades internas aplicarán en lo conducente este artículo.



Estado de Puebla Artículo 376 Código Fiscal y Presupuestario
Artículo 1 ...374 375 376 377 378 ...462

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse