Código para la Biodiversidad Artículo 2.30 Estado de México
Código para la Biodiversidad México
Artículo 2.30.
Las autoridades correspondientes podrán negar la entrega de la información ambiental que se les solicite cuando:
I.Se considere por disposición legal que la información es confidencial, que sea considerada propiedad intelectual o industrial, que contenga sistemas de producción y que por su propia naturaleza su difusión afecte a terceros o a la seguridad pública federal, estatal o municipal;
II.Se trate de información relativa a procedimientos administrativos en donde la autoridad no ha
emitido resolución o dictamen definitivo, salvo en los casos de manifestaciones de impacto ambiental, informes preventivos y denuncia ciudadana;
III.Se trate de información aportada por terceros cuando los mismos no estén obligados por disposición legal a proporcionarla; y
IV.Se trate de información sobre inventarios e insumos y tecnologías de proceso, incluyendo las descripciones de los mismos.
Estado de México Artículo 2.30 Código para la Biodiversidad
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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