Código Penal Artículo 151 Estado de Nuevo León
Código Penal Nuevo León
Artículo 151.
Se impondrá prisión de dos a catorce años, multa de tres a doscientas cincuenta cuotas, y privación de derechos políticos hasta por siete años, por el delito previsto en el artículo precedente y además en los casos siguientes:
I.-Al que se alce en armas contra el Gobierno del Estado, contra sus Instituciones Constitucionales o para lograr alguno de los objetivos a que se refiere el artículo anterior, antes de que intervengan los poderes de la unión, en el caso a que se refiere el artículo 122 de la Constitución Política de la República.
II.-Al que residiendo en territorio ocupado por el Gobierno, bajo la protección y garantía de este, proporcione voluntariamente a los rebeldes, elementos para el servicio de las armas, municiones, dinero, víveres o medios de transporte, o impida que las tropas del Gobierno reciban esos auxilios.
Si residiere en territorio ocupado por los rebeldes, la prisión será de dos a diez años, multa hasta de doscientas cuotas y privación de derechos políticos.
III.-Al servidor público que teniendo, por razón de su empleo o cargo, el plano de una fortificación o sabiendo el secreto de una expedición militar, revele este o entregue aquel a los rebeldes.
Estado de Nuevo León Artículo 151 Código Penal
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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