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Código Penal Artículo 203 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Penal
Artículo 203.

Se aplicará multa de cien a tres mil pesos o prisión de dos meses a un año, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada, que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto



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