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Código Penal Artículo 324 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Penal Tamaulipas
Artículo 324.

Cuando las lesiones se infieran por dos o más personas, se observarán las reglas siguientes:

I.- A cada uno de los responsables se les aplicarán las sanciones que procedan por las lesiones que conste hubieren inferido;

II.- A todos los que hubieren atacado al ofendido con armas a propósito para inferirle las lesiones que recibió, si no constare quien o quienes le causaron las que presente o cuáles heridas le infirieron se les impondrá la sanción correspondiente a las lesiones causadas atendiendo a lo dispuesto en este capítulo;

III.- A los que ataquen al ofendido con armas inadecuadas para inferirle las heridas resultantes, se les impondrá de tres días a cuatro años de prisión;

IV.- Si cualquiera de las personas que participan en las lesiones obrase con premeditación, alevosía, ventaja o traición, todos serán responsables como autores de lesiones calificadas salvo el caso de que probaren que no hubo concierto previo.  



Estado de Tamaulipas Artículo 324 Código Penal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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