Código Procesal Civil Artículo 604 Estado de Guerrero
Código Procesal Civil Guerrero
Artículo 604. Requisitos de procedencia del Juicio Especial Hipotecario
Para que proceda el Juicio Especial Hipotecario, deberán reunirse los siguientes requisitos:
I. Que el Crédito conste en escritura pública debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del Comercio y Crédito Agrícola del Estado;
II. Que sea de plazo cumplido o por que hubiere incurrido en incumplimiento del contrato alguna de las partes;
III. Que el escrito de demanda satisfaga los requisitos del artículo 232 de este Código, y sea presentada ante el Juez de la ubicación del bien inmueble dado en garantía; si fueren varios bienes y estuvieren en lugares distintos, quedará a elección del actor, o bien, ante el que se hubiere sometido expresamente en el contrato.
Estado de Guerrero Artículo 604 Código Procesal Civil
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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