Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 285 Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 285. Procedimiento para el aseguramiento
Según corresponda, el Juez, el Ministerio Público y las Policías, deberán disponer que sean recogidos y conservados los objetos relacionados con el delito, los susceptibles a ser decomisados y aquellos que puedan servir como medios de prueba y cuando sea necesario, ordenarán su aseguramiento.
El aseguramiento se hará constar en los registros públicos que correspondan, de conformidad con la legislación aplicable.
Los objetos asegurados serán inventariados y puestos bajo custodia del Ministerio Público, de conformidad con la legislación aplicable.
Podrá disponerse la obtención de copias o reproducciones de los objetos asegurados, cuando éstos puedan desaparecer o alterarse, sean de difícil custodia o cuando convenga así para la investigación
Estado de Tabasco Artículo 285 Código Procesal Penal Acusatorio
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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