Código Procesal Penal Artículo 118 Estado de Hidalgo
Código Procesal Penal
Artículo 118. Prohibición de la incomunicación y del secreto
Queda prohibida la incomunicación del imputado, así como el secreto del proceso. Se podrá restringir la comunicación del imputado con terceros a fin de asegurar los fines del proceso y siempre que no implique un menoscabo al derecho de defensa.
Solo en los casos y por los motivos autorizados por este Código, se podrá disponer la reserva de alguna actuación respecto del imputado que ya tenga derecho de acceso a la misma de acuerdo a las reglas del descubrimiento previstas en este Código y hasta que concluya la ejecución de las diligencias ordenadas o el motivo que justificó esa decisión.
Estado de Hidalgo Artículo 118 Código Procesal Penal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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Código Procesal Penal Artículo 460. Inadmisibilidad Código Procesal Penal Artículo 237. Medida cautelar anticipada Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 422. Desistimiento Código Procesal Penal Artículo 308. Cierre de la investigación Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 353. PublicidadPublique la información de sí mismo
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