Código Procesal Penal Artículo 167 Estado de Hidalgo
Código Procesal Penal
Artículo 167. Obligación de suministrar información
Toda persona o servidor público está obligado a proporcionar oportunamente la información que requiera el Ministerio Público o los agentes de investigación en el ejercicio de sus funciones de investigación de un hecho delictuoso concreto, los que no podrán excusarse de suministrarla, salvo en los casos expresamente previstos en la Ley. En caso de ser citados para ser entrevistados por el Ministerio Público o los agentes de investigación, tiene obligación de comparecer.
Quien tuviera en su poder objetos o documentos útiles para el esclarecimiento de los hechos, estará obligado a presentarlos y entregarlos cuando le sea requerido, pudiendo el Juez, a solicitud del Ministerio Público imponer los medios de apremio permitidos para el testigo que rehúsa declarar; pero la orden de presentación no podrá dirigirse contra las personas que puedan o deban abstenerse de declarar como testigos.
El Juez, a solicitud del Ministerio Público, podrá imponer los medios de apremio permitidos para la persona o el testigo que rehúsen colaborar con la investigación; pero la orden de presentación no podrá dirigirse contra las personas que puedan o deban abstenerse de declarar como testigos.
Estado de Hidalgo Artículo 167 Código Procesal Penal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Publique la información de sí mismo
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