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Constitución Artículo 92 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Hidalgo
Artículo 92.

Para ser Procurador General de Justicia del Estado y Subprocurador de Asuntos Electorales, se requiere:

I. Ser hidalguense en pleno goce de sus derechos;

II. Ser licenciado en derecho con título legalmente expedido y acreditar un ejercicio profesional de 5 años, cuando menos;

III. Tener modo honesto de vivir; y

IV. No haber sido condenado por delitos dolosos o faltas graves administrativas.

El Procurador General de Justicia y el Sub-procurador de Asuntos Electorales, duraran en su cargo tres años; deberán rendir la protesta de ley ante el Congreso del Estado o la Diputación Permanente en su caso, pudiendo ser ratificados por el primero.

Solo podrán ser removidos en los términos previstos por esta Constitución; por la comisión de delitos; por faltas establecidas en las leyes vigentes y por incumplimiento grave de sus atribuciones de ley calificado así, por el pleno del Tribunal Superior de Justicia, a solicitud del Congreso o a virtud de la demanda que al efecto formule el titular del Ejecutivo ante el Congreso del Estado.



Estado de Hidalgo Artículo 92 Constitución
Artículo 1 ...90 91 92 92 bis 93 ...159

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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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