Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo
- Artículo 1. La presente Ley es de orden público y observancia general en todo el...
- Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley establecen los lineamientos jurídicos para:...
- Artículo 3. Son sujetos de la presente Ley las dependencias y entidades de la...
- Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I.AMEXCID: La Agencia...
- Artículo 5. La autoridad competente para la aplicación e interpretación de la presente...
- Artículo 6. Son instrumentos para la Cooperación Internacional, los siguientes: a)La...
- Artículo 7. Se crea la AMEXCIDcomo un órgano desconcentrado de la Secretaría, en los...
- Artículo 8. La AMEXCIDcontará con autonomía técnica y de gestión, en los términos de esta...
- Artículo 9. La AMEXCIDtendrá la estructura administrativa y operativa que prevea el...
- Artículo 10. La AMEXCIDtendrá las siguientes atribuciones: I.Concertar, coordinar y...
- Artículo 11. Es obligación expresa de la AMEXCIDidentificar opciones de cooperación...
- Artículo 12. La AMEXCID, con apoyo en los datos del Registro Nacional, deberá desarrollar...
- Artículo 13. Es responsabilidad de la AMEXCIDque su personal se mantenga actualizado en...
- Artículo 14. La dirección y administración de la AMEXCIDcorresponden al Director...
- Artículo 15. El Consejo Consultivo de la AMEXCIDse constituye con el propósito de...
- Artículo 16. Corresponde al Consejo Consultivo de la AMEXCID: I.Conocer el Programa...
- Artículo 17. Los acuerdos en el seno del Consejo Consultivo se tomarán por mayoría simple;...
- Artículo 18. Al frente de la AMEXCIDhabrá un Director Ejecutivo, quien será propuesto por...
- Artículo 19. El Director Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones: I.Establecer...
- Artículo 20. Para ser Director Ejecutivo de la AMEXCIDse requiere: 1.Ser ciudadano...
- Artículo 21. El Director Ejecutivo de la AMEXCIDno podrá desempeñar, durante el ejercicio...
- Artículo 22. Las políticas y mecanismos de ejecución de la Cooperación...
- Artículo 23. El Programa es la base para la planeación y ejecución de las acciones de...
- Artículo 24. El Programa deberá contemplar los siguientes aspectos: I.La política...
- Artículo 25. En la orientación de la política de cooperación internacional, el Programa...
- Artículo 26. El Programa deberá ser evaluado anualmente por la Secretaría, sin perjuicio...
- Artículo 27. Se crea el Registro Nacional, como una función de la AMEXCID, que estará bajo...
- Artículo 28. En el Registro Nacional se inscribirán: I.Larelación de las dependencias...
- Artículo 29. Con base en la información inscrita en el Registro Nacional, la...
- Artículo 30. Toda persona tendrá derecho a que la AMEXCIDponga a su disposición la...
- Artículo 31. La AMEXCID, bajo la coordinación de la Secretaría, diseñará y pondrá en...
- Artículo 32. Las dependencias y entidades de la Administración PúblicaFederal otorgantes o...
- Artículo 33. Las acciones de cooperación internacional se financiarán con asignaciones...
- Artículo 34. Se deroga.
- Artículo 35. Se deroga.
- Artículo 36. Se deroga.
- Artículo 37. Los recursos para la Cooperación Internacional serán ejecutados por la...
- Artículo 38. Se deroga.
- Artículo 39. Se deroga.
- Artículo 40. Los bienes donados a favor de las entidades federativas y los municipios,...
- Artículo 41. La AMEXCID, por conducto de la Secretaría, presentará a las Secretarías de...
- Artículo 42. Se deroga.
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
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