Imprimir

LEY de Infraestructura de la Calidad Artículo 38 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley de Infraestructura de la Calidad Federal
Artículo 38.

El periodo de consulta pública del proyecto de Norma Oficial Mexicana previsto en el artículo 35, fracción V de esta Ley, no podrá ser menor de sesenta días naturales y se ajustará al Reglamento de esta Ley. Conforme a lo previsto en los tratados internacionales de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte podrá aumentarse el plazo para la recepción de los comentarios durante el periodo de consulta pública.

Para tales efectos, el proyecto deberá de hacerse público en formatos accesibles y adaptables.Los proyectos se deberán publicar íntegramente, si es el caso, con sus respectivos anexos, formatos y demás elementos que lo constituyen.

Toda consulta pública deberá de contener medidas necesarias que permita la participación plena a las personas con discapacidad.

Durante la consulta pública deberán recibirse, en igualdad de condiciones, comentarios de nacionales mexicanos y extranjeros.

Federal de México Artículo 38 Ley de Infraestructura de la Calidad
Artículo Único ...36 37 38 39 40 ...165

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse