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Ley del Servicio Exterior Mexicano Artículo 37-BIS México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/10/2026

Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 37-BIS.

La evaluación de los expedientes personales será realizada por la Subcomisión de Evaluación y dada a conocer a los interesados con anticipación a la celebración de los exámenes.

La Subcomisión de Evaluación se integrará por:

I. Presidencia de la Comisión de Personal, cuyo titular la presidirá;


II. Titular del Instituto Matías Romero, o a falta de éste, quien funja como titular de la Dirección General del Instituto;


III. Titular de la Dirección General que tenga bajo su cargo los asuntos concernientes al personal del Servicio Exterior, según lo disponga el Reglamento Interior de la Secretaría;


IV. Dos Miembros del Servicio Exterior con rango mínimo de Consejero o de Agregado Administrativo “A” propuestos por quien presida la Comisión de Personal y aprobados por el Secretario, procurando siempre la paridad de género, y


V. Representante del área de la Secretaría encargada de llevar los asuntos de igualdad de género.

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Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


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