Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 60 México
Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo 60.
Seguro de Vida Militar es la prestación que tiene por objeto proporcionar un beneficio económico a los beneficiarios o familiares de los militares por el fallecimiento de éstos, cualquiera que sea la causa de la muerte, así como a los militares que hayan causado baja del activo y alta en situación de retiro por incapacidad clasificada en primera o segunda categorías, de conformidad con las tablas contenidas en el artículo 226 de esta Ley, contraída en actos del servicio o como consecuencia de ellos.
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jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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