Ley del instituto nacional de los pueblos indígenas (Ley del instituto nacional de los pueblos indígenas) Federal de México
Ley del instituto nacional de los pueblos indígenas Federal de México
- Artículo 1. El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, en lo sucesivo el Instituto,...
- Artículo 2. El Instituto es la autoridad del Poder Ejecutivo Federal en los asuntos...
- Artículo 3. Para cumplir los fines y objetivos del Instituto, se reconocen a los pueblos...
- Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes...
- Artículo 5. Para dar cumplimiento a la fracción XXIII del artículo 4 de esta Ley , el...
- Artículo 6. El Instituto en el marco del desarrollo de sus atribuciones, se regirá por...
- Artículo 7. En el ejercicio de sus atribuciones y facultades, el Instituto respetará las...
- Artículo 8. En su relación con los órganos y autoridades representativas de los pueblos...
- Artículo 9. Esta Ley se interpretará de conformidad con la Constitución y con los...
- Artículo 10. Será aplicable con respecto al funcionamiento y operación del Instituto, la...
- Artículo 11. El Instituto contará con los Órganos siguientes: I.Una Junta de...
- Artículo 12. La Junta de Gobierno estará integrada por: I.La persona Titular del...
- Artículo 13. La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces...
- Artículo 14. La Junta de Gobierno sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos...
- Artículo 15. La Junta de Gobierno, además de las atribuciones que le confiere el artículo...
- Artículo 16. La persona titular de la Dirección General del Instituto será designada y...
- Artículo 17. El Director o Directora General del Instituto, además de las facultades y...
- Artículo 18. El Instituto contará con un Consejo Nacional de Pueblos Indígenas, integrado...
- Artículo 19. El Consejo Nacional de Pueblos Indígenas del Instituto analizará, opinará y...
- Artículo 20. El Instituto contará con Oficinas de Representación, cómo órganos de...
- Artículo 21. El Instituto establecerá los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas en...
- Artículo 22. El patrimonio del Instituto se integrará con: I.Los bienes muebles e...
- Artículo 23. El Instituto administrará y dispondrá libremente de su patrimonio para el...
- Artículo 24. El Instituto contará con un órgano de vigilancia, integrado por un comisario...
- Artículo 25. El Instituto contará con una Contraloría Interna, Órgano de Control Interno,...
- Artículo 26. El Instituto contará con un Servicio Profesional de Carrera, aplicable a los...
- Artículo 27. El Mecanismo para la Implementación y Protección de los Derechos de los...
- Artículo 28. El Mecanismo está integrado por las dependencias, entidades, organismos,...
- Artículo 29. El Mecanismo se reunirá en Pleno o en comisiones las cuales se deberán crear...
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con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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