Reglamento del Senado de la República Artículo 303 Federal de México
Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 303.
1.El área de comunicación social es responsable de difundir la información oficial sobre las actividades desarrolladas por el Pleno, los órganos directivos, las comisiones y los comités del Senado, así como por los senadores, en los términos de este Reglamento y demás disposiciones aplicables. En cumplimiento de ésta, deberá hacerlo preferentemente mediante el uso de tecnologías de la información, medios digitales y plataformas electrónicas.2.Los órganos directivos del Senado, el área responsable de la comunicación social y las demás unidades administrativas competentes atienden en igualdad de condiciones a los representantes de los medios de información y les brindan las facilidades necesarias para el desempeño de sus tareas.
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