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Código Civil Artículo 383 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Civil
Artículo 383.

La servidumbre de abrevadero grava el predio donde los ganados de otros van a beber; siendo aplicable a la misma, lo preceptuado en los artículos 379 y 380.



Estado de Zacatecas Artículo 383 Código Civil
Artículo 1 ...381 382 383 384 385 ...2537

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