Código de Elecciones Participación Ciudadana Artículo 9 Estado de Chiapas
Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas
Artículo 9.
1. El ejercicio del derecho al voto corresponde a las y los ciudadanos del Estado de Chiapas, que se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos políticos, estén inscritos en el padrón electoral correspondiente, cuenten con la credencial para votar respectiva y no tengan impedimento legal para el ejercicio de ese derecho.
2. Estarán impedidos para votar en los procesos electorales y procedimientos ciudadanos locales organizados en el Estado de Chiapas:
I. Las personas que estén sujetas a un proceso penal por delitos que merezcan pena privativa de libertad, a contar desde la fecha del auto de formal prisión o desde que se declare que ha lugar a formación de causa;
II. Las personas que no cuenten con credencial para votar, o aquéllos que teniéndola, no aparezcan registrados en el listado nominal respectivo;
III. Las personas prófugas de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal;
IV. Las personas que hayan sido declaradas incapaces por resolución judicial;
V. Las personas que se hayan negado a desempeñar una sindicatura, regiduría, presidencia municipal, diputación o gubernatura; esta suspensión durará el tiempo que debería durar el cargo que se niega a desempeñar;
VI. Por sentencia o resolución que imponga como sanción está perdida.
Estado de Chiapas Artículo 9 Código de Elecciones Participación Ciudadana
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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