Código de Procedimientos Civiles Artículo 714 Ciudad de México
Código de Procedimientos Civiles Ciudad de México
Artículo 714.
En las resoluciones dictadas en los procedimientos y juicios especiales, que fueren apelables conforme a este Código, el recurso procederá en el efecto devolutivo de tramitación inmediata; salvo lo dispuesto en el artículo 497 de este Código. En el mismo efecto devolutivo de tramitación inmediata se substanciarán las apelaciones a que se refiere la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.
Ciudad de México Artículo 714 Código de Procedimientos Civiles
Mejores juristas





en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 413. Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables Chiapas Artículo 127. Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 278. Código de Procedimientos Civiles Ciudad de México Artículo 967. Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas Artículo 400.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios