Código de Procedimientos Penales Artículo 145 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 145. Resolución de peticiones o planteamientos de las partes
Todas las peticiones o los planteamientos de las partes que deban ser debatidas o requieran producción de prueba se resolverán en audiencia.
Las solicitudes planteadas en audiencia deberán resolverse en la misma antes de que ésta se declare cerrada e inmediatamente después de concluido el debate. En casos complejos, el juez o tribunal podrá suspender la audiencia y retirarse, durante el tiempo estrictamente necesario, a reflexionar o deliberar de manera privada, continua y aislada hasta emitir su resolución.
Las peticiones de mero trámite deberán formularse por escrito o en audiencia ante la autoridad judicial, la cual resolverá sobre la procedencia de la solicitud y, en caso de que sea indispensable para garantizar el derecho de las partes, deberá correrles traslado por medios impresos o electrónicos. En este caso, las resoluciones se dictarán dentro de los tres días siguientes.
La inobservancia de los plazos aquí previstos no invalidará la resolución dictada con posterioridad a ellos, pero otorgará a la parte interesada la facultad de acudir ante el Consejo de la Judicatura en reclamación y hará responsable al juzgador que injustificadamente deje de observarlos de conformidad con las disposiciones legales aplicables
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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