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Código de Procedimientos Penales Artículo 208 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 208. Preservación

La preservación de los indicios es responsabilidad directa de los servidores públicos que entren en contacto con ellos.

En los casos de flagrancia que importen peligro de pérdida de la vida o pongan en riesgo la integridad física de las autoridades que tengan conocimiento de los hechos, se deberá tomar fotografía, video o cualquier otro medio que permita la certeza del estado en que fueron encontrados los indicios y se procederá a fijar y sellar el lugar para practicar el inventario cuando esto sea seguro, en términos del acuerdo general que para el efecto emita la Procuraduría General de Justicia del Estado.

En caso de enfrentamiento armado actual o inminente se podrá realizar el procesamiento de cadena de custodia en un lugar distinto al lugar de los hechos o del hallazgo, en términos del acuerdo general que para el efecto emita la Procuraduría General de Justicia del Estado.

En la investigación deberá constar un registro que contenga la identificación de las personas que intervengan en la cadena de custodia y de quienes estén autorizadas para reconocer y manejar los indicios relacionados con la investigación.

Los lineamientos para la preservación de indicios que, por acuerdo general, emita el Procurador General de Justicia del Estado detallarán las diligencias, los procedimientos, los datos y la información necesarios para asegurar la integridad de esos indicios.

La cadena de custodia iniciará donde se descubran, encuentren o levanten los indicios y finalizará por orden de autoridad competente.

Cuando durante el procedimiento de cadena de custodia exista una alteración de los indicios, las huellas o los vestigios o de los instrumentos, objetos o productos del delito, éstos no perderán su valor probatorio, siempre y cuando conserven su eficacia para acreditar el hecho o la circunstancia de que se trate.



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