Código de Procedimientos Penales Artículo 229 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales
Artículo 229. Revisión del estado de los bienes asegurados
Siempre que sea necesario tener a la vista el bien asegurado, se revisará si se encuentra en las mismas condiciones en que se aseguró, observando las reglas de cadena de custodia o la descripción que se hizo al ser entregado. Si se advierte que ha sufrido alteración, se hará constar en los registros de la investigación
Estado de Veracruz Artículo 229 Código de Procedimientos Penales
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