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Código de Procedimientos Penales Artículo 229 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 229. Revisión del estado de los bienes asegurados

Siempre que sea necesario tener a la vista el bien asegurado, se revisará si se encuentra en las mismas condiciones en que se aseguró, observando las reglas de cadena de custodia o la descripción que se hizo al ser entregado. Si se advierte que ha sufrido alteración, se hará constar en los registros de la investigación



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