Código de Procedimientos Penales Artículo 430 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 430. Objeto de la investigación judicializada
La fase de investigación judicializada tendrá por objeto que se puedan recabar todos aquellos elementos probatorios para efecto de formular o no la acusación o pronunciarse sobre cualquiera de los supuestos a que se refiere el artículo 433 de este código, según sea el caso
Estado de Veracruz Artículo 430 Código de Procedimientos Penales
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Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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