Código de Procedimientos Penales Artículo 448 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 448. Adhesión a la acusación
Si la víctima o el ofendido se adhiere a la acusación formulada por el Ministerio Público, deberá
realizar su gestión por escrito y la acompañará de las pruebas que pretende que se reciban en audiencia de juicio.
En lo conducente, le serán aplicables las formalidades previstas para la acusación del Ministerio Público.
La adhesión a la acusación por parte de la víctima o el ofendido no alterará las facultades concedidas por ley al Ministerio Público, ni le eximirá de sus responsabilidades.
Si se trata de varias víctimas u ofendidos se podrá nombrar un representante común, siempre que no exista conflicto de intereses
Estado de Veracruz Artículo 448 Código de Procedimientos Penales
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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