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Código Financiero Artículo 79 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Financiero México
Artículo 79.

Por los servicios prestados por la Secretaría de Educación, se pagarán derechos conforme a la siguiente:

TARIFA CONCEPTO

I. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de autorización a instituciones particulares para impartir estudios, por plan de estudios, modalidad y turno:

A). Preescolar.

B). Primaria. C). Secundaria. D). Normal.

$5,900

$6,139

$7,555

$11,368

II. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios, por plan de estudios, a escuelas particulares de educación media superior.

$9,822

III. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios, por plan de estudios o carrera a escuelas particulares de educación superior.

$12,278

IV. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios por turno y por modalidad, a escuelas particulares:

A). Educación Media Superior.

B). Educación Superior.

$9,821

$12,280

V. Por vigencia anual de derechos, por reconocimiento a escuelas particulares de educación media superior:

A). Por plan de estudio o carrera.

B). Por modalidad y turno.

$8,595

$8,595

VI. Por vigencia anual de derechos, por reconocimiento a escuelas particulares de educación superior:

A). Por plan de estudio o carrera.

B). Por modalidad y turno.

$10,746

$10,746

VII. Por vigencia anual de derechos, por autorización de plan de estudios, modalidad y turno a escuelas particulares:

A). Preescolar.

B). Primaria. C). Secundaria. D). Normal.

$6,145

$6,364

$7,489

$11,996

VIII. Por servicios de evaluación, orientación o asesoría en materia administrativa o pedagógica, otorgados a instituciones educativas particulares de tipo básico, normal, medio superior y superior, por cada alumno de nuevo ingreso matriculado en el plantel educativo, por una sola vez, independientemente del grado o ciclo que curse.

$91

 

IX. Por cambios diversos:

A). Por cambio de plan de estudio:

1. Educación Media Superior para Profesional Medio.

2. Educación Superior.

B). Por cambio de denominación de carrera de educación superior.

$4,254

$4,254

$1,229

C). Por actualización de contenidos de programas de estudios:

1. Educación Media Superior para Profesional Medio.

2. Educación Superior.

D). Por cambio de nombre del plantel, titular de incorporación, representante legal, apoderado legal, director escolar, docente de grupo, domicilio o turno:

1. Educación Básica.

2. Educación Media Superior.

3. Educación Superior.

$1,229

$1,299

$1,229

$1,229

$1,229

E). Por cambio de plantilla de personal docente:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

No se causarán los derechos a que hace referencia el inciso D) de esta fracción, respecto del cambio de personal, cuando el particular acredite que el director o docente sustituido goza de incapacidad otorgada por la institución de seguridad social correspondiente.

$1,229

$1,229

X. Por expedición de certificados o de duplicados de certificados de estudios realizados en escuelas estatales oficiales o particulares incorporadas:

A). Por expedición de certificado:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

B). Por duplicado de certificado:

1. Educación Básica.

2. Educación Media Superior.

3. Educación Superior.

$194

$274

$114

$194

$274

 

XI. Por resolución de revalidación de estudios o expedición de duplicados:

A). Por resolución:

1. Educación Básica.

2. Educación Media Superior.

3. Educación Superior.

$57

$344

$1,030

B). Por duplicado:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

C). Por modificación o enmienda:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

$123

$285

$89

$285

XII. Por resolución de equivalencia de estudios o expedición de duplicado:

A). Por resolución:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

$341

$1,019

B). Por duplicado:

1. Educación Media Superior.

2. Educación Superior.

$116

$270

XIII. Por expedición de cédula de pasante para el ejercicio profesional. $1,227

XIV. Por expedición de duplicado de cédula de pasante para el ejercicio profesional. $614

XV. Por inscripción de:

A). Títulos profesionales con timbre holograma:

1. Licenciatura o Grado Académico.

2. Profesional Técnico o Técnico Superior Universitario.

B). Certificado, constancia o diplomas de especialidad con timbre holograma.

$757

$460

$757

XVI. Por registro de colegios de profesionistas. $8,712

XVII. Por enmienda al registro de los colegios de profesionistas. $1,229

XVIII. Refrendo de registro de colegios de profesionistas. $1,229

XIX. Autorización temporal para ejercer la actividad de perito. $1,229

 

XX. Refrendo y expedición de duplicado a la autorización para ejercer la actividad de perito. $1,229

XXI. Por la expedición de hojas de servicio, por cada hoja. $34

XXII. Por la expedición de constancia de antecedentes profesionales. $81

XXIII. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de aprobación del reglamento académico o de titulación, o de la actualización del mismo, a planteles particulares de tipo superior.

$1,218



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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


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