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Código Fiscal Artículo 134 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Morelos
Artículo 134.

Las autoridades fiscales a petición de los contribuyentes y en casos de que tengan notoria condición económica desfavorable, demostrada a juicio de las propias autoridades, podrán autorizar el pago a plazos, ya sea diferido o en parcialidades, de las contribuciones omitidas y de sus accesorios, sin que dicho plazo exceda de treinta y seis meses para pago en parcialidades y doce meses para pago diferido. Durante el plazo concedido se causarán recargos sobre el saldo insoluto en los términos del artículo 47 de este Código.

Las autoridades fiscales al autorizar el pago a plazos podrán exigir se garantice el interés fiscal si la situación económica del contribuyente lo permite.

Cesará la autorización para pagar a plazo en forma diferida o en parcialidades, cuando:

I. Desaparezca o resulte insuficiente la garantía del interés fiscal, sin que el contribuyente otorgue nueva garantía o amplíe la que resulte insuficiente;

II. El contribuyente sea declarado en quiebra o solicite su liquidación judicial, o

III. El contribuyente no pague tres parcialidades sucesivas.

Cuando no se cubra alguna parcialidad dentro de la fecha o plazo fijado el contribuyente estará obligado a pagar recargos por falta de pago oportuno, conforme a lo establecido por el artículo 47 de este Código, calculados sobre la cantidad no pagada, debiendo cubrir además los recargos que se causen conforme a la autorización concedida sobre el saldo cuyo monto no incluirá el importe de la parcialidad que causó los recargos conforme al artículo 47 de este Código.

No procederá la autorización a que se refiere este artículo tratándose de contribuciones que deban pagarse en el año de calendario en curso, o de las que debieron haberse pagado en los últimos seis meses del año de calendario inmediato anterior.

En el ámbito municipal, las facultades a que se refiere la presente disposición podrá ejercerlas el Presidente Municipal, previo acuerdo del Ayuntamiento



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