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Código Procesal Civil Artículo 453 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 453. Valoración del cotejo por el Juez por reglas de la sana crítica

El Juez podrá hacer por sí mismo la comprobación después de oír a los peritos revisores y apreciará el resultado de esta prueba conforme a las reglas de la sana crítica, sin tener que sujetarse al dictamen de aquéllos; y aún puede ordenar que se repita el cotejo por otros peritos.



Estado de Morelos Artículo 453 Código Procesal Civil
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