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Código Procesal Civil Artículo 506 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 506. Efectos y alcance de la sentencia

En los puntos resolutivos de la sentencia se determinarán con precisión los efectos y alcance de la resolución. Si hubiere partes excluyentes o adhesivas, terceristas llamados a juicio o litisconsorcio, la sentencia determinará los efectos para cada uno de ellos.

En las sentencias declarativas o constitutivas se fijará la fecha a la que se retrotrae el fallo, en caso de que deba tener ese efecto.

Las sentencias en que se hubiere ordenado adoptar medidas preventivas, cautelares o provisionales, quedarán sujetas a lo que se resuelva en la definitiva, que deberá expresarlo en sus puntos resolutivos.



Estado de Morelos Artículo 506 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...504 505 506 507 508 ...1053

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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