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Código Procesal Civil Artículo 507 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 507. Sentencias dictadas por el Tribunal Superior

En el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. El Magistrado que no estuviere de acuerdo con el voto mayoritario, podrá emitir su voto particular por escrito, expresando de manera sucinta los fundamentos de su voto en contra, con la obligación de firmar la sentencia. En caso de empate, el Presidente decidirá con voto de calidad.



Estado de Morelos Artículo 507 Código Procesal Civil
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