Código Penal Artículo 224 Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 224. Suspensión de los plazos de prisión preventiva
Los plazos previstos en el artículo anterior se suspenderán en los siguientes casos:
I.Durante el tiempo en que el procedimiento esté suspendido a causa de la interposición de una acción de amparo ante el Tribunal competente;
II.Durante el tiempo en que la audiencia de juicio se encuentre suspendida o se aplace su iniciación por impedimento o inasistencia del imputado o su defensor, o a solicitud de éstos, siempre que la suspensión o el aplazamiento no se haya dispuesto por necesidades relacionadas con la adquisición de la prueba o como consecuencia de términos para la defensa, o
III.Cuando el proceso deba prolongarse ante gestiones o incidencias evidentemente dilatorias formuladas por el imputado o sus defensores, según resolución fundada y motivada del Juez o Tribunal
Estado de Zacatecas Artículo 224 Código Penal
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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