Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 498 Estado de Guanajuato
Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 498. Reglas para los subsidios
Los subsidios estatales que a través de la Comisión de Vivienda se otorguen, se sujetarán a la normatividad que para tal efecto se emita para los diferentes tipos de acción de vivienda.
Cuando exista concurrencia de subsidios federales y estatales se deberá ajustar el actuar a la normatividad y convenios que establezcan la Comisión Nacional de Vivienda y demás organismos que operen programas de subsidios.
Estado de Guanajuato Artículo 498 Código Territorial para el Estado y los Municipios
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