Ley de Aguas Nacionales
Ley de Aguas Nacionales
- Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política...
- Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales,...
- Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I."Aguas Nacionales": Son...
- Artículo 4. La autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes...
- Artículo 5. Para el cumplimiento y aplicación de esta Ley, el Ejecutivo Federal:...
- Artículo 6. Compete al Ejecutivo Federal: I.Reglamentar por cuenca hidrológica y...
- Artículo 7. Se declara de utilidad pública: I.La gestión integrada de los recursos...
- Artículo 7 BIS. Se declara de interés público: I.La cuenca conjuntamente con los...
- Artículo 8. Son atribuciones del Secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales:...
- Artículo 9. "La Comisión" es un órgano administrativo desconcentrado de "la Secretaría",...
- Artículo 9 BIS. Los recursos financieros y de otra índole al cargo de "la Comisión" y las...
- Artículo 9 BIS 1. Para el despacho de los asuntos de su competencia, "la Comisión" contará en...
- Artículo 10. El Consejo Técnico de "la Comisión" estará integrado por las personas...
- Artículo 11. El Consejo Técnico tendrálas atribuciones indelegables siguientes:...
- Artículo 11 BIS. "La Comisión" contará con un Órgano Interno de Control el cual se regulará en...
- Artículo 11 BIS 1. "La Comisión" se considerará de acreditada solvencia y no estará obligada por...
- Artículo 12. La persona Titular de la Dirección General de "la Comisión" tendrá las...
- Artículo 12 BIS. En el ámbito de las cuencas hidrológicas, regiones hidrológicas y regiones...
- Artículo 12 BIS 1. Los Organismos de Cuenca, en las regiones hidrológico-administrativas son...
- Artículo 12 BIS 2. Cada Organismo de Cuenca estará a cargo de una persona Titular de la...
- Artículo 12 BIS 3. El Consejo Consultivo de cada Organismo de Cuenca tendrá las siguientes...
- Artículo 12 BIS 4. La integración, estructura, organización, funcionamiento y ámbito de...
- Artículo 12 BIS 5. Los recursos al cargo de los Organismos de Cuenca y las disposiciones para su...
- Artículo 12 BIS 6. Los Organismos de Cuenca, de conformidad con los lineamientos que expida "la...
- Artículo 13. "La Comisión", previo acuerdo de su Consejo Técnico, establecerá Consejos de...
- Artículo 13 BIS. Cada Consejo de Cuenca contará con una persona Titular de la Presidencia, una...
- Artículo 13 BIS 1. Los Consejos de Cuenca se establecerán por cada cuenca hidrológica o grupo de...
- Artículo 13 BIS 2. Los Consejos de Cuenca se organizarán y funcionarán de acuerdo con lo...
- Artículo 13 BIS 3. Los Consejos de Cuenca tendrán a su cargo: I.Contribuir a la gestión...
- Artículo 13 BIS 4. Conforme a lo dispuesto a esta Ley y sus reglamentos, "la Comisión", a través...
- Artículo 14. En el ámbito federal, "la Comisión" acreditará, promoverá y apoyará la...
- Artículo 14 BIS. "La Comisión", conjuntamente con los Gobiernos de los estados, de la Ciudad...
- Artículo 14 BIS 1. El Consejo Consultivo del Agua es un organismo autónomo de consulta integrado...
- Artículo 14 BIS 2. El Servicio Meteorológico Nacional, unidad técnica especializada autónoma...
- Artículo 14 BIS 3. El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público...
- Artículo 14 BIS 4. Para los fines de esta Ley y sus reglamentos, son atribuciones de “la...
- Artículo 14 BIS 5. Los principios que sustentan la política hídrica nacional son: I.El agua...
- Artículo 14 BIS 6. Son instrumentos básicos de la política hídrica nacional: I.La...
- Artículo 15. La planificación hídrica es de carácter obligatorio para la gestión integrada...
- Artículo 15 BIS. La estructura, contenidos mínimos, orientación, formas de participación de...
- Artículo 16. La presente Ley establece las reglas y condiciones para el otorgamiento de...
- Artículo 17. Es libre la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales...
- Artículo 18. Las aguas nacionales del subsuelo podrán ser libremente alumbradas mediante...
- Artículo 19. Cuando se den los supuestos previstos en el Artículo 38 de esta Ley, será de...
- Artículo 19 BIS. En tratándose de un asunto de seguridad nacional y conforme a lo dispuesto en...
- Artículo 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación,...
- Artículo 21. La solicitud de concesión o asignación deberá contener al menos:...
- Artículo 21 BIS. La persona promovente deberá adjuntar a la solicitud a que se refiere el...
- Artículo 22. "La Autoridad del Agua" deberá contestar las solicitudes dentro de un plazo...
- Artículo 23. El título de concesión o asignación que otorgue "la Autoridad del Agua"...
- Artículo 23 BIS. Derogado
- Artículo 24. El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o...
- Artículo 25. Una vez expedido el título de concesión o asignación, la persona...
- Artículo 26. Se deroga.
- Artículo 27. Se deroga.
- Artículo 28. Las personas concesionarias tendrán los siguientes derechos: I.Explotar,...
- Artículo 29. Las personas concesionarias tendrán las siguientes obligaciones, en adición a...
- Artículo 29 BIS. Además de lo previsto en el Artículo anterior, las personas asignatarias...
- Artículo 29 BIS 1. Las personas asignatarias tendrán los siguientes derechos: I.Explotar,...
- Artículo 29 BIS 2. Se suspenderá la concesión o asignación para la explotación, uso o...
- Artículo 29 BIS 3. La concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas...
- Artículo 29 BIS 4. La concesión, asignación o permiso de descarga podrán revocarse en los...
- Artículo 29 BIS 5. El Ejecutivo Federal, a través de "la Autoridad del Agua", tendrá la facultad...
- Artículo 29 BIS 6. "La Autoridad del Agua" podrá imponer servidumbres sobre bienes de propiedad...
- Artículo 30. "La Comisión" llevará el Registro Público Nacional del Agua en el que se...
- Artículo 30 BIS. El Registro Público Nacional del Agua es competente para: I.Autorizar la...
- Artículo 31. Las constancias de la inscripción de los títulos en el Registro Público...
- Artículo 32. En el Registro Público Nacional del Agua se llevará igualmente el registro...
- Artículo 33. Derogado
- Artículo 34. Derogado
- Artículo 35. Derogado
- Artículo 36. Derogado
- Artículo 37. Derogado
- Artículo 37 BIS. “La Comisión" establecerá un fondo de reserva de aguas nacionales, el cual se...
- Artículo 37 BIS 1. “La Autoridad del Agua” resolverá mediante procedimientos expeditos, en un...
- Artículo 37 BIS 2. En la reasignación de volúmenes a que se refieren las fracciones I y II del...
- Artículo 38. El Ejecutivo Federal, previos los estudios técnicos que al efecto se elaboren...
- Artículo 39. En el decreto que establezca la zona reglamentada a que se refiere el...
- Artículo 39 BIS. El Ejecutivo Federal podrá expedir Decretos para el establecimiento de Zonas...
- Artículo 40. Los decretos por los que se establezcan, modifiquen o supriman zonas de veda...
- Artículo 41. El Ejecutivo Federal podrá declarar o levantar mediante decreto la reserva...
- Artículo 42. Para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo en las...
- Artículo 43. En los casos del Artículo anterior, será necesario solicitar a "la Autoridad...
- Artículo 44. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del...
- Artículo 45. Es competencia de las autoridades municipales, con el concurso de los...
- Artículo 46. "La Autoridad del Agua" podrá realizar en forma parcial o total, previa...
- Artículo 47. Las descargas de aguas residuales a bienes nacionales o su infiltración en...
- Artículo 47 BIS. "La Autoridad del Agua" promoverá entre los sectores público, privado y...
- Artículo 48. Las personas ejidatarias, comuneras y pequeñas propietarias, así como los...
- Artículo 49. Cuando se transmita el dominio de tierras vinculadas con un título de...
- Artículo 50. Se podrá otorgar concesión a: I.Personas físicas o morales para la...
- Artículo 51. Para la administración y operación de los sistemas o para el aprovechamiento...
- Artículo 52. El derecho de explotación, uso o aprovechamiento de aguas por las personas...
- Artículo 52 BIS. El Ejecutivo Federal, a través de "la Comisión" por medio de los Organismos...
- Artículo 53. Lo dispuesto en los Artículos 50 a 52 de la presente Ley se aplicará a...
- Artículo 54. Las unidades y distritos de riego deben reportar a “la Autoridad del Agua”,...
- Artículo 55. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas en ejidos y comunidades para...
- Artículo 56. Cuando la asamblea general del ejido resuelva que las personas ejidatarias...
- Artículo 56 BIS. En los casos en que las personas ejidatarias o comuneras transmitan la...
- Artículo 57. Cuando se transmita el dominio de tierras ejidales o de uso común o se aporte...
- Artículo 58. Los productores rurales se podrán asociar entre sí libremente para constituir...
- Artículo 59. Las personas físicas o morales podrán conformar una persona moral y...
- Artículo 60. En el título de concesión de aguas nacionales que otorgue el Organismo de...
- Artículo 61. En el supuesto a que se refiere la fracción II del Artículo 59 de la presente...
- Artículo 62. En los supuestos a que se refieren las fracciones II y III del Artículo 59 de...
- Artículo 63. Las unidades de riego que así lo convengan podrán integrar un distrito de...
- Artículo 64. Los distritos de riego se integrarán con las áreas comprendidas dentro de su...
- Artículo 65. Los distritos de riego serán administrados, operados, conservados y...
- Artículo 66. En cada distrito de riego se establecerá un comité hidráulico, cuya...
- Artículo 67. En los distritos de riego, las personas usuarias tendrán el derecho de...
- Artículo 68. Las personas usuarias de los distritos de riego están obligadas a:...
- Artículo 69. En ciclos agrícolas en los que por causas de fuerza mayor el agua sea...
- Artículo 69 BIS. Las personas usuarias de los distritos de riego deberán respetar los...
- Artículo 70. Los derechos de explotación, uso o aprovechamiento de agua dentro de una...
- Artículo 71. El Ejecutivo Federal promoverá la organización de las personas productoras...
- Artículo 72. Para proceder a la constitución de un distrito de riego, con financiamiento...
- Artículo 73. El Organismo de Cuenca que corresponda convocará, en los términos de los...
- Artículo 74. La indemnización que proceda por la expropiación de las tierras se cubrirá en...
- Artículo 75. Los distritos de riego podrán: I. Interconectarse o fusionarse con otro...
- Artículo 76. El Ejecutivo Federal, por conducto de "la Comisión", la cual se apoyará en...
- Artículo 77. Los acuerdos de creación de los Distritos de Temporal Tecnificado se...
- Artículo 78. "La Comisión", con base en la evaluación del impacto ambiental, los planes...
- Artículo 79. El Ejecutivo Federal determinará si las obras hidráulicas correspondientes al...
- Artículo 80. Las personas físicas o morales deberán solicitar concesión a "la Comisión"...
- Artículo 81. Las personas interesadas en realizar trabajos de exploración con fines...
- Artículo 81 BIS. La persona solicitante de una concesión de aguas nacionales para uso...
- Artículo 81 BIS 1. Las personas concesionarias de aguas nacionales para uso industrial en la...
- Artículo 81 BIS 2. El volumen de aguas que se establezca en la concesión para uso industrial en...
- Artículo 81 BIS 3. En ningún caso las aguas nacionales pueden utilizarse para el transporte de...
- Artículo 81 BIS 4. Las concesiones de aguas nacionales para uso industrial en la minería tendrán...
- Artículo 82. La explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales en actividades...
- Artículo 82 BIS. “La Autoridad del Agua” promoverá la implementación de sistemas de captación...
- Artículo 83. "La Comisión", a través de los Organismos de Cuenca, en coordinación con los...
- Artículo 84. "La Comisión" determinará la operación de la infraestructura hidráulica para...
- Artículo 84 BIS. "La Comisión", con el concurso de los Organismos de Cuenca, deberá promover...
- Artículo 84 BIS 1. "La Secretaría", "la Comisión" y los Organismos de Cuenca, deberán promover...
- Artículo 84 BIS 2. "La Secretaría", "la Comisión" o el Organismo de Cuenca deberán promover que...
- Artículo 84 BIS 3. “La Autoridad del Agua” fomentará el reúso de las aguas residuales tratadas y...
- Artículo 84 BIS 4. El tratamiento de las aguas residuales y su reúso deberán cumplir con las...
- Artículo 84 BIS 5. “La Autoridad del Agua” propondrá las condiciones en las que se llevará a...
- Artículo 85. En concordancia con las Fracciones VI y VII del Artículo 7 de la presente...
- Artículo 86. "La Autoridad del Agua" tendrá a su cargo, en términos de Ley: I....
- Artículo 86 BIS. En la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente Título...
- Artículo 86 BIS 1. Para la preservación de los humedales que se vean afectados por los regímenes...
- Artículo 86 BIS 2. Se prohíbe arrojar o depositar en los cuerpos receptores y zonas federales,...
- Artículo 87. "La Autoridad del Agua" determinará los parámetros que deberán cumplir las...
- Artículo 88. Las personas físicas o morales requieren permiso de descarga expedido por "la...
- Artículo 88 BIS. Las personas físicas o morales que efectúen descargas de aguas residuales a...
- Artículo 88 BIS 1. Las descargas de aguas residuales de uso doméstico que no formen parte de un...
- Artículo 89. "La Autoridad del Agua" para otorgar los permisos de descarga deberá tomar en...
- Artículo 90. "La Autoridad del Agua" expedirá el permiso de descarga de aguas residuales...
- Artículo 91. La infiltración de aguas residuales para recargar acuíferos, requiere permiso...
- Artículo 91 BIS. Las personas físicas o morales que descarguen aguas residuales a las redes de...
- Artículo 91 BIS 1. Cuando se efectúen en forma fortuita, culposa o intencional una o varias...
- Artículo 92. "La Autoridad del Agua" ordenará la suspensión de las actividades que den...
- Artículo 93. Son causas de revocación del permiso de descarga de aguas residuales:...
- Artículo 93 BIS. En adición a lo dispuesto en el Artículo anterior, será motivo de revocación...
- Artículo 94. Cuando la suspensión o cese de operación de una planta de tratamiento de...
- Artículo 94 BIS. Previo otorgamiento o renovación de permisos, incluyendo los de descarga,...
- Artículo 95. "La Autoridad del Agua" en el ámbito de la competencia federal, realizará la...
- Artículo 96. En las zonas de riego y en aquellas zonas de contaminación extendida o...
- Artículo 96 BIS. “La Autoridaddel Agua” intervendrá para que se cumpla con la reparación del...
- Artículo 96 BIS 1. Las personas físicas o morales que descarguen aguas residuales, en violación...
- Artículo 96 BIS 2. Se consideran como obras públicas necesarias que competen al Ejecutivo...
- Artículo 97. Las personas usuarias de las aguas nacionales podrán realizar, por sí o por...
- Artículo 98. Cuando con motivo de dichas obras se pudiera afectar el régimen hidráulico o...
- Artículo 99. "La Autoridad del Agua" proporcionará a solicitud de las personas...
- Artículo 100. "La Comisión" establecerá las normas o realizará las acciones necesarias para...
- Artículo 101. "La Comisión" realizará por sí o por terceros las obras públicas federales de...
- Artículo 102. Para lograr la promoción y fomento de la participación de los particulares en...
- Artículo 103. Las concesiones a que se refiere la fracción III del Artículo anterior, se...
- Artículo 104. Las tarifas mínimas a que se refiere el Artículo anterior, conforme a las...
- Artículo 105. "La Comisión”, en los términos del reglamento respectivo, podrá autorizar que...
- Artículo 106. Si durante la última décima u octava parte de la duración total de la...
- Artículo 107. La concesión sólo terminará por: I.Vencimiento del plazo establecido en...
- Artículo 108. La recuperación total o parcial de la inversión privada o social se podrá...
- Artículo 109. Las inversiones públicas en obras hidráulicas federales se recuperarán en la...
- Artículo 110. La operación, conservación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica...
- Artículo 111. En los distritos de riego y en las unidades de riego o de temporal...
- Artículo 111 BIS. El Ejecutivo Federal proveerá los medios y marco adecuados para definir,...
- Artículo 112. La prestación de los distintos servicios administrativos por parte de "la...
- Artículo 112 BIS. Las cuotas de los derechos y otras contribuciones federales y demás cuotas y...
- Artículo 113. La administración de los siguientes bienes nacionales queda a cargo de "la...
- Artículo 113 BIS. Quedarán al cargo de "la Autoridad del Agua" los materiales pétreos...
- Artículo 113 BIS 1. Para el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos del presente Título,...
- Artículo 113 BIS 2. La declaratoria de aguas nacionales que emita el Ejecutivo Federal tendrá por...
- Artículo 114. Cuando por causas naturales ocurra un cambio definitivo en el curso de una...
- Artículo 115. Cuando por causas naturales ocurra un cambio definitivo en el curso de una...
- Artículo 116. Los terrenos ganados por medios artificiales al encauzar una corriente,...
- Artículo 117. El Ejecutivo Federal por sí o a través de la Comisión podrá reducir o...
- Artículo 118. Los bienes nacionales a que se refiere el presente Título, podrán explotarse,...
- Artículo 118 BIS. Las personas concesionarias a que se refiere el presente Capítulo estarán...
- Artículo 118 BIS 1. Las disposiciones contenidas en este título son aplicables a los actos de...
- Artículo 118 BIS 2. Corresponde a “la Autoridad del Agua” realizar los actos de verificación e...
- Artículo 118 BIS 3. Cuando con motivo de los actos de verificación e inspección a que se refiere...
- Artículo 118 BIS 4. La resolución del procedimiento administrativo sancionador debe contener:...
- Artículo 118 BIS 5. Las medidas dictadas en la resolución del procedimiento administrativo...
- Artículo 118 TER. “La Comisión” para hacer cumplir sus determinaciones podrá solicitar a las...
- Artículo 118 TER 1. En caso de existir riesgo inminente, daño, deterioro a la salud, a las aguas...
- Artículo 118 TER 2. Cuando “la Autoridad del Agua” aplique las medidas de seguridad a que se...
- Artículo 119. "La Autoridad del Agua" sancionará conforme a lo previsto por esta Ley, las...
- Artículo 120. Las faltas a que se refiere el Artículo anterior serán sancionadas...
- Artículo 121. Para sancionar las faltas a que se refiere este Capítulo, las infracciones se...
- Artículo 121 BIS. Enrelación con las faltas señaladas en la fracción I del artículo 120 de esta...
- Artículo 122. En los casos de las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, XI, XII,...
- Artículo 123. Las sanciones que procedan por las faltas previstas en esta Ley tendrán...
- Artículo 123 BIS. "La Autoridad del Agua" iniciará los procedimientos ante la instancia...
- Artículo 123 BIS 1. En los casos en que se presuma la existencia de algún delito, "la Comisión"...
- Artículo 123 BIS 2. Se perseguirán de oficio por el Ministerio Público de la Federación los...
- Artículo 123 BIS 3. A quien dolosamente traslade aguas nacionales con fines de lucro, a sabiendas...
- Artículo 123 BIS 4. Se le impondrán de tres meses a cinco años de prisión y multa de doscientas a...
- Artículo 123 BIS 5. Se le impondrán de dos a catorce años de prisión y multa de cuatrocientas a...
- Artículo 123 BIS 6. Se le impondrán de uno a ocho años de prisión y multa de trescientas a tres...
- Artículo 124. Contra los actos o resoluciones definitivas de "la Autoridad del Agua" que...
- Artículo 124 BIS. Toda persona, grupos sociales, organizaciones ciudadanas o no...
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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