Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México Federal de México
Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México Federal de México
- Artículo 1. La presente Ley se aplicará a todo el personal de acuerdo con lo establecido...
- Artículo 2. Este ordenamiento establece los lineamientos de conducta que con base en los...
- Artículo 3. El personal de la Armada observará el principio vital de la disciplina como...
- Artículo 4. Para efectos de esta Ley: I. Deber es el conjunto de obligaciones que...
- Artículo 5. El servicio de la Armada exige que el personal naval cumpla con su deber en...
- Artículo 6. Es deber del superior estimular a quien sobresalga en el cumplimiento de sus...
- Artículo 7. Todo el personal de la Armada será responsable del mantenimiento de la...
- Artículo 8. El mantenimiento de la disciplina naval será firme y razonado, y serán...
- Artículo 9. El personal, desde su alta en el servicio activo de la Armada, está obligado...
- Artículo 10. Todo miembro de la Armada que tenga conocimiento de que se intenta algo...
- Artículo 11. Las órdenes relativas al servicio deben ser legítimas, oportunas y precisas,...
- Artículo 12. Quien tenga conferido un mando, cargo o comisión, está facultado para expedir...
- Artículo 13. La relación entre superiores y subalternos se fundamenta en el respeto mutuo....
- Artículo 14. La subordinación será rigurosamente respetada entre grado y grado de la...
- Artículo 15. El personal de la Armada está obligado a cumplir las órdenes que por escrito...
- Artículo 16. El superior que dé una orden, tiene el deber de exigir que se cumpla y los...
- Artículo 17. Quien reciba una orden y advierta que de su ejecución puede derivarse...
- Artículo 18. El personal de la Armada está obligado a actuar con equidad y energía para...
- Artículo 19. Quien mande una unidad, cualquiera que sea su magnitud o composición, deberá...
- Artículo 20. En caso de agresión, quien ejerza el mando repelerá los ataques con todos los...
- Artículo 21. El personal de la Armada, cualquiera que sea su jerarquía, cargo o comisión,...
- Artículo 22. En su trato con la población civil, el personal de la Armada deberá observar...
- Artículo 23. El superior procurará no hacer observaciones o correcciones al militar en...
- Artículo 24. El personal de la Armada elevará sus solicitudes por los conductos regulares,...
- Artículo 25. A toda petición escrita, formulada en términos respetuosos, deberá recaer la...
- Artículo 26. Si se suscitare alguna diferencia o duda sobre cualquier acto del servicio...
- Artículo 27. Todo marino militar tiene la obligación de apoyar a los elementos...
- Artículo 28. El personal, respetará y será salvaguardia del honor de las familias de los...
- Artículo 29. Los haberes del personal de la Armada sólo podrán ser objeto de deducciones...
- Artículo 30. Los mandos superiores en jefe y mandos superiores podrán proporcionar...
- Artículo 31. El recurso humano sólo deberá destinarse a las labores reglamentarias...
- Artículo 32. El personal naval usará su vestuario en la forma que previenen las...
- Artículo 33. El personal de la Armada pondrá especial empeño en la conservación del...
- Artículo 34. Las obligaciones según la jerarquía, así como lo relativo a los diferentes...
- Artículo 35. El personal de la Armada actuará siempre con la mejor compostura y educación,...
- Artículo 36. El personal naval podrá: I. Expresar sus ideas siempre que no se trate...
- Artículo 37. El personal de la Armada tiene prohibido: I. Murmurar en contra de las...
- Artículo 38. El personal de la Armada que se distinga por su oportuno y eficiente...
- Artículo 39. Las condiciones que se deben tomar en cuenta para otorgar un estímulo serán,...
- Artículo 40. Los estímulos podrán ser concedidos a todo el personal naval que lo amerite a...
- Artículo 41. Los medios para encauzar la disciplina son las medidas preventivas y los...
- Artículo 42. Medidas preventivas son las acciones cuya finalidad es mostrar al elemento...
- Artículo 43. Correctivo disciplinario es la sanción que se impone al personal de la Armada...
- Artículo 44. Quien infrinja un precepto legal o reglamentario se hará acreedor a un...
- Artículo 45. Son infracciones a esta Ley y se sancionarán disciplinariamente según la...
- Artículo 46. Las faltas a la disciplina naval contempladas en el artículo anterior y las...
- Artículo 47. Las faltas leves son aquellas que se cometen por acción u omisión en contra...
- Artículo 48. Las faltas graves son aquellas que se cometen por acción u omisión en contra...
- Artículo 49. Tienen facultad para imponer correctivos disciplinarios: I. El...
- Artículo 50. Los correctivos disciplinarios son: I. Amonestación; II. Arresto;...
- Artículo 51. Respecto al artículo anterior, los titulares de las unidades y...
- Artículo 52. La amonestación es el acto por el cual el superior advierte al subalterno la...
- Artículo 53. La orden de arresto es la retención que sufre un miembro de la Armada por un...
- Artículo 54. Tienen facultad para graduar los arrestos: I. El Mando Supremo y el...
- Artículo 55. El Alto Mando tendrá facultad para imponer y graduar arrestos hasta por ocho...
- Artículo 56. El Inspector y Contralor General de Marina podrá imponer y graduar los...
- Artículo 57. Los mandos facultados para graduar arrestos, lo harán con el personal bajo...
- Artículo 58. El personal que reciba orden de arresto dará parte a su mando y al superior...
- Artículo 59. La graduación de los arrestos, será en proporción a la falta cometida, a la...
- Artículo 60. El superior que imponga un arresto o amonestación contraviniendo la presente...
- Artículo 61. El cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión...
- Artículo 62. La suspensión de los derechos escalafonarios consiste en que el infractor no...
- Artículo 63. La Baja del Servicio Activo consiste en la separación definitiva del mismo...
- Artículo 64. Los marinos militares podrán inconformarse respecto a la imposición de los...
- Artículo 65. En caso de que un correctivo disciplinario sea suspendido o nulificado por la...
- Artículo 66. El personal que se encuentre en situación de disposición en espera de órdenes...
- Artículo 67. Las infracciones clasificadas como faltas a la disciplina en la presente Ley,...
- Artículo 68. Previo a la imposición de una sanción, el marino militar deberá informarse de...
- Artículo 69. Al graduarse un correctivo disciplinario, se deberán considerar tanto la...
- Artículo 70. Un infractor no deberá ser sancionado dos veces por la comisión de la misma...
- Artículo 71. Cuando en la comisión de una falta aparezca más de un infractor, se...
- Artículo 72. Son circunstancias atenuantes para la graduación de arrestos las siguientes:...
- Artículo 73. Son circunstancias agravantes para la graduación de arrestos: I....
- Artículo 74. Los organismos disciplinarios que conocen de las faltas graves, son los...
- Artículo 75. Los organismos disciplinarios funcionarán de acuerdo a su propio reglamento.
- Artículo 76. Todo el personal de la Armada que sea juzgado por un tribunal u organismo...
- Artículo 77. Cuando un miembro de la Armada no esté conforme con las resoluciones del...
- Artículo 78. En las escuelas de formación y centros de capacitación de la Armada, las...
- Artículo 79. La prescripción extingue la acción de sancionar la falta, y para ello bastará...
- Artículo 80. La prescripción es personal, producirá su efecto aunque no la alegue como...
Otras regulaciones
Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública Ley de la Guardia Nacional Ley de Navegación y Comercio Marítimos Ley de la Comisión Federal de ElectricidadMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
No manda a tu hijo solo y que te cuente que le dijeron
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