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Reglamento del Senado de la República Artículo 286 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 286.

1. Las delegaciones del Senado adoptan sus resoluciones por consenso; de no ser posible éste, por mayoría de votos de sus integrantes.

2. En asuntos trascendentes, cuya urgencia o gravedad lo ameritan, y siempre que sea posible, el presidente consulta a los órganos competentes del Senado el sentido de la participación de la delegación.

3. En caso de que en el evento al que asista una delegación se tomen resoluciones que impliquen alguna obligación para el Senado, se deben someter a la ratificación del Pleno para que surtan efectos.

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