Código de Elecciones Participación Ciudadana Artículo 451 Estado de Chiapas
Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas
Artículo 451.
1. Toda iniciativa popular en materia legislativa que se presente ante el Congreso del Estado, se sujetará al trámite siguiente:
I. La iniciativa se turnará a una Comisión Especial integrada por los Diputados de la o las comisiones competentes en la materia de la propuesta, cuyo funcionamiento se regirá en términos de la Ley Orgánica del Congreso del Estado;
II. La Comisión Especial resolverá sobre la procedencia de la iniciativa, bajo las reglas siguientes:
a) Enviará al Instituto la relación de los solicitantes ciudadanos electores, para que realice el cotejo respectivo con la lista nominal utilizada en el último proceso electoral; a efecto de agilizar los trámites de verificación de situaciones registrales, los ciudadanos peticionarios podrán proporcionar la versión electrónica del apoyo ciudadano, en los formatos que proporcione el Instituto de Elecciones para tal efecto.
b) El Consejo General del Instituto a la brevedad posible declarará si se reunió o no el porcentaje ciudadano para la iniciativa popular;
c) Dentro de los quince días siguientes de recibir la declaratoria del Consejo General, la Comisión Especial resolverá, en su caso, sobre la procedencia de la iniciativa popular;
d) La Comisión Especial declarará la improcedencia de plano si la iniciativa no reúne el porcentaje ciudadano requerido, en los términos previstos por este Código;
e) La iniciativa que se declare procedente por la Comisión Especial, se sujetará al proceso legislativo que establece la Constitución local y la Ley Orgánica del Congreso del Estado; y
f) En la discusión de la iniciativa, podrán participar con voz hasta tres personas autorizadas por los solicitantes ciudadanos.
Estado de Chiapas Artículo 451 Código de Elecciones Participación Ciudadana
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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