Código Fiscal Artículo 182 Estado de Morelos
Código Fiscal
Artículo 182.
Si durante el embargo, la persona con quien se entienda la diligencia no abriere las puertas de las construcciones, edificios o casas señalados para la traba, o en los que se presuma que existen bienes muebles embargables, el ejecutor solicitará, previo acta administrativa que se levante ante dos testigos, sean rotas las cerraduras que fueren necesarias, para que el depositario tome posesión del inmueble o para que siga adelante la diligencia.
En igual forma procederá el ejecutor cuando la persona con quien se entienda la diligencia no abriere los muebles en los que aquél suponga se guardan dinero, alhajas, objetos de arte u otros bienes embargables. Si no fuere factible romper o forzar las cerraduras, el mismo ejecutor trabará embargo en los muebles cerrados y en su contenido, los sellará y enviará en depósito a la oficina exactora, donde serán abiertos en el término de tres días por el deudor o por su representante legal y, en caso contrario, por un experto designado por la propia oficina.
Si no fuere factible romper o forzar las cerraduras de las cajas u otros objetos unidos a un inmueble o si fueren de difícil transportación, el ejecutor trabará embargo sobre ellos y su contenido, y los sellará; debiendo para su apertura seguir el procedimiento mencionado en el párrafo anterior
Estado de Morelos Artículo 182 Código Fiscal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Hola, represento a Zurich Credit Inc. y busco la atención de personas honestas y confiables que necesiten ayuda financiera. ¿Tiene deudas? ¿Necesita un préstamo personal o comercial con una tasa de interés anual del 2%? Plazo de préstamo: de 1 a 25 años sin intereses en 6 meses. Contáctenos hoy mismo. Importe mínimo del préstamo: $10.000. Se aceptan EUR, USD o CHF.
Nota: Correo electrónico: [email protected]
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios