Constitución Artículo 71 Estado de Morelos
Constitución
Artículo 71.
El Gobernador del Estado podrá celebrar convenios sobre las materias que sean necesarias, con la Federación, con otros Estados y con los Municipios de la entidad. Podrá inclusive convenir en los términos de ley, con la federación, que el Estado asuma el ejercicio de funciones, la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos que le correspondan a aquella; de igual manera estará facultado para celebrar convenios con sus municipios para que estos desarrollen las funciones o presten los servicios antes señalados, todo ello cuando el desarrollo económico y social del Estado lo haga necesario. Sujetándose en todo momento a lo previsto en las leyes que al efecto expida el Congreso y en su caso la normatividad federal aplicable. Celebrado que fueren los convenios en los términos de ley, El Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos informarán al Congreso del Estado, del ejercicio de esta facultad, anexando los documentos respectivos en cada caso.
En el ámbito municipal y en el caso en que no exista el convenio respectivo, el Congreso del Estado, a solicitud previa del Ayuntamiento, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, valorará la conveniencia de que el Estado asuma funciones o servicios municipales, cuando se considere que el Gobierno Municipal se encuentra imposibilitado para ejercerlos o prestarlos, determinando en estos casos el procedimiento y las condiciones para que el Gobierno Estatal las asuma.”
Estado de Morelos Artículo 71 Constitución
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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