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Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 78 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal
Artículo 78.

1.Los consejos distritales iniciarán sus sesiones a más tardar el día 30 de noviembre del año anterior al de la elección ordinaria.

2.A partir de su instalación y hasta la conclusión del proceso, los consejos distritales sesionarán por lo menos una vez al mes.

3.Para que los consejos distritales sesionen válidamente, es necesaria la presencia de la mayoría de sus integrantes, entre los que deberá estar el presidente, quien será suplido en sus ausencias momentáneas, por el consejero electoral que él mismo designe.

4.En caso de ausencia del secretario a la sesión, sus funciones serán cubiertas por un integrante del sistema correspondiente al Instituto del Servicio Profesional Electoral Nacional, designado por el propio consejo distrital para esa sesión.

5.En caso de que no se reúna la mayoría a que se refiere el párrafo 3 de este artículo, la sesión tendrá lugar dentro de las veinticuatro horas siguientes con los consejeros y representantes que asistan, entre los que deberá estar el presidente o el secretario.

6.Tomarán sus resoluciones por mayoría de votos.

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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