Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Federal de México
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Federal de México
- Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución...
- Artículo 2o. Se consideran de utilidad pública: I. El ordenamiento ecológico del...
- Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por: I.- Ambiente:...
- Artículo 4o. La Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones...
- Artículo 5o. Son facultades de la Federación: I.- La formulación y conducción de la...
- Artículo 6o. Las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el...
- Artículo 7o. Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y...
- Artículo 8o. Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y...
- Artículo 9o. Corresponden al Gobierno de la Ciudad de México, en materia de preservación...
- Artículo 10. Las Legislaturas de las entidades federativas, con arreglo a sus respectivas...
- Artículo 11. La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o...
- Artículo 12. Para los efectos del artículo anterior, los convenios o acuerdos de...
- Artículo 13. Los Estados podrán suscribir entre sí y con el Gobierno de la Ciudad de...
- Artículo 14. Las dependencias y entidades de la Administración Pública se coordinarán con...
- Artículo 14 BIS. Las autoridades ambientales de la Federación y de las entidades federativas...
- Artículo 15. Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de...
- Artículo 16. Las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus competencias,...
- Artículo 17. En la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política...
- Artículo 17 BIS. La Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder...
- Artículo 17 TER. Las dependencias de la Administración Pública Federal, el Poder Legislativo...
- Artículo 18. El Gobierno Federal promoverá la participación de los distintos grupos...
- Artículo 19. En la formulación del ordenamiento ecológico se deberán considerar los...
- Artículo 19 BIS. El ordenamiento ecológico del territorio nacional y de las zonas sobre las...
- Artículo 20. El programa de ordenamiento ecológico general del territorio será formulado...
- Artículo 20 BIS. La formulación, expedición, ejecución y evaluación del ordenamiento ecológico...
- Artículo 20 BIS 1. La Secretaría deberá apoyar técnicamente la formulación y ejecución de los...
- Artículo 20 BIS 2. Los Gobiernos de las entidades federativas, en los términos de las leyes...
- Artículo 20 BIS 3. Los programas de ordenamiento ecológico regional a que se refiere el artículo...
- Artículo 20 BIS 4. Los programas de ordenamiento ecológico local serán expedidos por las...
- Artículo 20 BIS 5. Los procedimientos bajo los cuales serán formulados, aprobados, expedidos,...
- Artículo 20 BIS 6. La Secretaría podrá formular, expedir y ejecutar, en coordinación con las...
- Artículo 20 BIS 7. Los programas de ordenamiento ecológico marino deberán contener, por lo...
- Artículo 20 BIS 8. La Secretaría promoverá el proceso de consulta previa, libre e informada y...
- Artículo 21. La Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas...
- Artículo 22. Se consideran instrumentos económicos los mecanismos normativos y...
- Artículo 22 bis. Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos...
- Artículo 23. Para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la...
- Artículo 24. Se deroga.
- Artículo 25. Se deroga.
- Artículo 26. Se deroga.
- Artículo 27. Se deroga.
- Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la...
- Artículo 29. Los efectos negativos que sobre el ambiente, los recursos naturales, la flora...
- Artículo 30. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley ,...
- Artículo 31. La realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I...
- Artículo 32. En el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de...
- Artículo 33. Tratándose de las obras y actividades a que se refieren las fracciones IV,...
- Artículo 34. Una vez que la Secretaría reciba una manifestación de impacto ambiental e...
- Artículo 35. Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría...
- Artículo 35 BIS. La Secretaría dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la...
- Artículo 35 BIS 1. Las personas que presten servicios de impacto ambiental, serán responsables...
- Artículo 35 BIS 2. El impacto ambiental que pudiesen ocasionar las obras o actividades no...
- Artículo 35 BIS 3. Cuando las obras o actividades señaladas en el artículo 28 de esta Ley...
- Artículo 36. Para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la...
- Artículo 37. En la formulación de normas oficiales mexicanas en materia ambiental deberá...
- Artículo 37 BIS. La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Economía promoverá la...
- Artículo 37 TER. Las normas oficiales mexicanas en materia ambiental son de cumplimiento...
- Artículo 38. Los productores, empresas u organizaciones empresariales podrán desarrollar...
- Artículo 38 BIS. Los responsables del funcionamiento de una empresa podrán en forma...
- Artículo 38 BIS 1. La Secretaría pondrá los programas preventivos y correctivos derivados de las...
- Artículo 38 BIS 2. Las entidades federativas podrán establecer sistemas de autorregulación y...
- Artículo 39. Las autoridades competentes promoverán la incorporación de contenidos...
- Artículo 40. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, promoverá el desarrollo de la...
- Artículo 41. El Gobierno Federal, las entidades federativas y los municipios con arreglo a...
- Artículo 42. Se deroga.
- Artículo 43. Se deroga.
- Artículo 44. Las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce...
- Artículo 45. El establecimiento de áreas naturales protegidas, tiene por objeto:...
- Artículo 45 BIS. Las autoridades competentes garantizarán el otorgamiento de estímulos...
- Artículo 46. Se consideran áreas naturales protegidas: I.- Reservas de la biosfera;...
- Artículo 47. En el establecimiento, administración y manejo de las áreas naturales...
- Artículo 47 BIS. Para el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley, en relación al...
- Artículo 47 BIS 1. Mediante las declaratorias de las áreas naturales protegidas, podrán...
- Artículo 48. Las reservas de la biosfera se constituirán en áreas biogeográficas...
- Artículo 49. En las zonas núcleo de las áreas naturales protegidas quedará expresamente...
- Artículo 50. Los parques nacionales se constituirán, tratándose de representaciones...
- Artículo 51. Para los fines señalados en el presente Capítulo, así como para proteger y...
- Artículo 52. Los monumentos naturales se establecerán en áreas que contengan uno o varios...
- Artículo 53. Las áreas de protección de recursos naturales, son aquellas destinadas a la...
- Artículo 54. Las áreas de protección de la flora y la fauna se constituirán de...
- Artículo 55. Los santuarios son aquellas áreas que se establecen en zonas caracterizadas...
- Artículo 55 BIS. Las áreas destinadas voluntariamente a la conservación son aquellas que...
- Artículo 56. Las autoridades de las entidades federativas podrán promover, ante el...
- Artículo 56 BIS. La Secretaría constituirá un Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas,...
- Artículo 57. Las áreas naturales protegidas señaladas en las fracciones I a VIII del...
- Artículo 58. Previamente a la expedición de las declaratorias para el establecimiento de...
- Artículo 59. Los pueblos indígenas, las organizaciones sociales, públicas o privadas, y...
- Artículo 60. Las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas...
- Artículo 61. Las declaratorias deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y...
- Artículo 62. Una vez establecida un área natural protegida, sólo podrá ser modificada su...
- Artículo 63. Las áreas naturales protegidas establecidas por el Ejecutivo Federal podrán...
- Artículo 64. En el otorgamiento o expedición de permisos, licencias, concesiones, o en...
- Artículo 64 BIS. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría en coordinación con la...
- Artículo 64 BIS 1. La Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones...
- Artículo 65. La Secretaría formulará, dentro del plazo de un año contado a partir de la...
- Artículo 66. El programa de manejo de las áreas naturales protegidas deberá contener, por...
- Artículo 67. La Secretaría podrá, una vez que se cuente con el programa de manejo...
- Artículo 68. Se deroga.
- Artículo 69. Se deroga.
- Artículo 70. Se deroga.
- Artículo 71. Se deroga.
- Artículo 72. Se deroga.
- Artículo 73. Se deroga.
- Artículo 74. La Secretaría integrará el Registro Nacional de Áreas Naturales Protegidas,...
- Artículo 75. Todos los actos, convenios y contratos relativos a la propiedad, posesión o...
- Artículo 75 BIS. Los ingresos que la Federación perciba por concepto del otorgamiento de...
- Artículo 76. La Secretaría integrará el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas,...
- Artículo 77. Las Dependencias de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las...
- Artículo 77 BIS. Los pueblos indígenas, organizaciones sociales, personas morales, públicas o...
- Artículo 78. En aquellas áreas que presenten procesos de degradación o desertificación, o...
- Artículo 78 BIS. En aquéllos casos en que se estén produciendo procesos acelerados de...
- Artículo 78 BIS 1. Todos los actos y convenios relativos a la propiedad, posesión o cualquier...
- Artículo 79. Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna...
- Artículo 80. Los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora...
- Artículo 81. La Secretaría establecerá las vedas de la flora y fauna silvestre, y su...
- Artículo 82. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a la posesión, administración,...
- Artículo 83. El aprovechamiento de los recursos naturales en áreas que sean el habitat de...
- Artículo 84. La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para la preservación y...
- Artículo 85. Cuando así se requiera para la protección de especies, habitats,...
- Artículo 86. A la Secretaría le corresponde aplicar las disposiciones que sobre...
- Artículo 87. El aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestre en actividades...
- Artículo 87 BIS. El aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestre, así como de otros...
- Artículo 87 BIS 1. Los ingresos que la Federación perciba por concepto del otorgamiento de...
- Artículo 87 BIS 2. El Gobierno Federal, las entidades federativas, los Municipios y las...
- Artículo 88. Para el aprovechamiento sustentable del agua y los ecosistemas acuáticos se...
- Artículo 89. Los criterios para el aprovechamiento sustentable del agua y de los...
- Artículo 90. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud, expedirán las...
- Artículo 91. El otorgamiento de las autorizaciones para afectar el curso o cauce de las...
- Artículo 92. Con el propósito de asegurar la disponibilidad del agua y abatir los niveles...
- Artículo 93. La Secretaría, realizará las acciones necesarias para evitar, y en su caso...
- Artículo 94. La exploración, explotación, aprovechamiento y administración de los recursos...
- Artículo 95. La Secretaría deberá solicitar a los interesados, en los términos señalados...
- Artículo 96. La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para la protección de...
- Artículo 97. La Secretaría establecerá viveros, criaderos y reservas de especies de flora...
- Artículo 98. Para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo se considerarán...
- Artículo 99. Los criterios ecológicos para la preservación y aprovechamiento sustentable...
- Artículo 100. Las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales...
- Artículo 101. En las zonas selváticas, el Gobierno Federal atenderá en forma prioritaria,...
- Artículo 101 BIS. En la realización de actividades en zonas áridas, deberán observarse los...
- Artículo 102. Todas las autorizaciones que afecten el uso del suelo en las zonas selváticas...
- Artículo 103. Quienes realicen actividades agrícolas y pecuarias deberán llevar a cabo las...
- Artículo 104. La Secretaría promoverá ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería,...
- Artículo 105. En los estímulos fiscales y otros apoyos económicos que se otorguen a las...
- Artículo 106. Se deroga.
- Artículo 107. Se deroga.
- Artículo 107 bis. Para preservar y proteger los recursos no renovables y sus ecosistemas, las...
- Artículo 108. Para prevenir y controlar los efectos generados en la exploración y...
- Artículo 109. Las normas oficiales mexicanas a que se refiere el artículo anterior serán...
- Artículo 109 BIS. La Secretaría, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones...
- Artículo 109 BIS 1. La Secretaría deberá establecer los mecanismos y procedimientos necesarios,...
- Artículo 110. Para la protección a la atmósfera se considerarán los siguientes criterios:...
- Artículo 110 bis. Para lograr la prevención, reducción y control de la contaminación lumínica...
- Artículo 111. Para controlar, reducir o evitar la contaminación de la atmósfera, la...
- Artículo 111 BIS. Para la operación y funcionamiento de las fuentes fijas de jurisdicción...
- Artículo 112. En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, los...
- Artículo 113. No deberán emitirse contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan...
- Artículo 114. Las autoridades competentes promoverán, en las zonas que se hubieren...
- Artículo 115. La Secretaría promoverá que en la determinación de usos del suelo que definan...
- Artículo 116. Para el otorgamiento de estímulos fiscales, las autoridades competentes...
- Artículo 117. Para la prevención y control de la contaminación del agua se considerarán los...
- Artículo 118. Los criterios para la prevención y control de la contaminación del agua serán...
- Artículo 119. La Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas que se requieran para...
- Artículo 119 BIS. En materia de prevención y control de la contaminación del agua, corresponde...
- Artículo 120. Para evitar la contaminación del agua, quedan sujetos a regulación federal o...
- Artículo 121. No podrán descargarse o infiltrarse en cualquier cuerpo o corriente de agua o...
- Artículo 122. Las aguas residuales provenientes de usos públicos urbanos y las de usos...
- Artículo 123. Todas las descargas en las redes colectoras, ríos, acuíferos, cuencas,...
- Artículo 124. Cuando las aguas residuales afecten o puedan afectar fuentes de...
- Artículo 125. Se deroga.
- Artículo 126. Los equipos de tratamiento de las aguas residuales de origen urbano que...
- Artículo 127. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud, emitirán opinión,...
- Artículo 128. Las aguas residuales provenientes de los sistemas de drenaje y alcantarillado...
- Artículo 129. El otorgamiento de asignaciones, autorizaciones, concesiones o permisos para...
- Artículo 130. La Secretaría autorizará el vertido de aguas residuales en aguas marinas, de...
- Artículo 131. Para la protección del medio marino, la Secretaría emitirá las normas...
- Artículo 132. La Secretaría se coordinará con las Secretarías de Marina, de Energía, de...
- Artículo 133. La Secretaría, con la participación que en su caso corresponda a la...
- Artículo 134. Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se considerarán...
- Artículo 135. Los criterios para prevenir y controlar la contaminación del suelo se...
- Artículo 136. Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se depositen o infiltren...
- Artículo 137. Queda sujeto a la autorización de los Municipios o de la Ciudad de México,...
- Artículo 138. La Secretaría promoverá la celebración de acuerdos de coordinación y asesoría...
- Artículo 139. Toda descarga, depósito o infiltración de sustancias o materiales...
- Artículo 140. La generación, manejo y disposición final de los residuos de lenta...
- Artículo 141. La Secretaría, en coordinación con las Secretarías de Economía y de Salud,...
- Artículo 142. En ningún caso podrá autorizarse la importación de residuos para su derrame,...
- Artículo 143. Los plaguicidas, fertilizantes y demás materiales peligrosos, quedarán...
- Artículo 144. Atendiendo a lo dispuesto por la presente Ley, la Ley Federal de Sanidad...
- Artículo 145. La Secretaría promoverá que en la determinación de los usos del suelo se...
- Artículo 146. La Secretaría, previa opinión de las Secretarías de Energía, de Economía, de...
- Artículo 147. La realización de actividades industriales, comerciales o de servicios...
- Artículo 147 BIS. Quienes realicen actividades altamente riesgosas, en los términos del...
- Artículo 148. Cuando para garantizar la seguridad de los vecinos de una industria que lleve...
- Artículo 149. Las entidades federativas regularán la realización de actividades que no sean...
- Artículo 150. Los materiales y residuos peligrosos deberán ser manejados con arreglo a la...
- Artículo 151. La responsabilidad del manejo y disposición final de los residuos peligrosos...
- Artículo 151 BIS. Requiere autorización previa de la Secretaría: I.- La prestación de...
- Artículo 152. La Secretaría promoverá programas tendientes a prevenir y reducir la...
- Artículo 152 BIS. Cuando la generación, manejo o disposición final de materiales o residuos...
- Artículo 153. La importación o exportación de materiales o residuos peligrosos se sujetará...
- Artículo 154. La Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y...
- Artículo 155. Quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica, luz...
- Artículo 156. Las normas oficiales mexicanas en materias objeto del presente Capítulo,...
- Artículo 156 BIS. En materia de contaminación por ruido, la Secretaría expedirá las normas...
- Artículo 157. El Gobierno Federal deberá promover la participación corresponsable de la...
- Artículo 158. Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría: I.- Convocará, en...
- Artículo 159. La Secretaría integrará órganos de consulta en los que participen entidades y...
- Artículo 159 BIS. La Secretaría desarrollará un Sistema Nacional de Información Ambiental y de...
- Artículo 159 BIS 1. La Secretaría deberá elaborar y publicar bianualmente un informe detallado de...
- Artículo 159 BIS 2. La Secretaría editará una Gaceta en la que se publicarán las disposiciones...
- Artículo 159 BIS 3. Toda persona tendrá derecho a que la Secretaría, las entidades federativas,...
- Artículo 159 BIS 4. Las autoridades a que se refiere el artículo anterior, denegarán la entrega...
- Artículo 159 BIS 5. La autoridad ambiental deberá responder por escrito a los solicitantes de...
- Artículo 159 BIS 6. Quien reciba información ambiental de las autoridades competentes, en los...
- Artículo 160. Las disposiciones de este título se aplicarán en la realización de actos de...
- Artículo 161. La Secretaría realizará los actos de inspección y vigilancia del cumplimiento...
- Artículo 162. Las autoridades competentes podrán realizar, por conducto de personal...
- Artículo 163. El personal autorizado, al iniciar la inspección, se identificará debidamente...
- Artículo 164. En toda visita de inspección se levantará acta, en la que se harán constar en...
- Artículo 165. La persona con quien se entienda la diligencia estará obligada a permitir al...
- Artículo 166. La autoridad competente podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para...
- Artículo 167. Recibida el acta de inspección por la autoridad ordenadora, requerirá al...
- Artículo 167 Bis. Las notificaciones de los actos administrativos dictados con motivo de la...
- Artículo 167 Bis 1. Las notificaciones personales se harán en el domicilio del interesado o en el...
- Artículo 167 Bis 2. Las notificaciones por edictos se realizarán haciendo publicaciones que...
- Artículo 167 Bis 3. Las notificaciones personales surtirán sus efectos el día en que hubieren...
- Artículo 167 Bis 4. Toda notificación deberá efectuarse en un plazo máximo de quince días...
- Artículo 168. Una vez recibidos los alegatos o transcurrido el término para presentarlos,...
- Artículo 169. La resolución del procedimiento administrativo contendrá: I. Las...
- Artículo 170. Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico, o de daño o...
- Artículo 170 BIS. Cuando la Secretaría ordene alguna de las medidas de seguridad previstas en...
- Artículo 171. Las violaciones a los preceptos de esta Ley, sus reglamentos y las...
- Artículo 172. Cuando la gravedad de la infracción lo amerite, la autoridad, solicitará a...
- Artículo 173. Para la imposición de las sanciones por infracciones a esta Ley, se tomará...
- Artículo 174. Cuando proceda como sanción el decomiso o la clausura temporal o definitiva,...
- Artículo 174 BIS. La Secretaría dará a los bienes decomisados alguno de los siguientes...
- Artículo 174 BIS 1. Para efectos de lo previsto en las fracciones I y II del artículo anterior,...
- Artículo 175. La Secretaría podrá promover ante las autoridades federales o locales...
- Artículo 175 BIS. Los ingresos que se obtengan de las multas por infracciones a lo dispuesto en...
- Artículo 176. Las resoluciones definitivas dictadas en los procedimientos administrativos...
- Artículo 177. Cuando con la interposición del recurso de revisión, el promovente solicite...
- Artículo 178. No procederá la suspensión del decomiso, en los siguientes casos: I....
- Artículo 179. Por lo que se refiere a los demás trámites relativos a la sustanciación del...
- Artículo 180. Tratándose de obras o actividades que contravengan las disposiciones de esta...
- Artículo 181. En caso de que se expidan licencias, permisos, autorizaciones o concesiones...
- Artículo 182. En aquellos casos en que, como resultado del ejercicio de sus atribuciones,...
- Artículo 183. (Se deroga).
- Artículo 184. (Se deroga).
- Artículo 185. (Se deroga).
- Artículo 186. (Se deroga).
- Artículo 187. (Se deroga).
- Artículo 188. Las leyes de las entidades federativas establecerán las sanciones penales y...
- Artículo 189. Toda persona, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales,...
- Artículo 190. La denuncia popular podrá ejercitarse por cualquier persona, bastando que se...
- Artículo 191. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, una vez recibida la...
- Artículo 192. Una vez admitida la instancia, la Procuraduría Federal de Protección al...
- Artículo 193. El denunciante podrá coadyuvar con la Procuraduría Federal de Protección al...
- Artículo 194. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente podrá solicitar a las...
- Artículo 195. Si del resultado de la investigación realizada por la Procuraduría Federal de...
- Artículo 196. Cuando una denuncia popular no implique violaciones a la normatividad...
- Artículo 197. En caso de que no se comprueben que los actos, hechos u omisiones denunciados...
- Artículo 198. La formulación de la denuncia popular, así como los acuerdos, resoluciones y...
- Artículo 199. Los expedientes de denuncia popular que hubieren sido abiertos, podrán ser...
- Artículo 200. Las leyes de las entidades federativas establecerán el procedimiento para la...
- Artículo 201. Las autoridades y servidores públicos involucrados en asuntos de la...
- Artículo 202. La procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el ámbito de sus...
- Artículo 203. Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda...
- Artículo 204. Cuando por infracción a las disposiciones de esta Ley se hubieren ocasionado...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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