Código de Procedimientos Civiles Estado de Baja California
Código de Procedimientos Civiles Estado de Baja California
- Artículo 1. El ejercicio de las acciones civiles requiere: I.- La existencia de un...
- Artículo 2. La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, con tal de...
- Artículo 3. Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los derechos reales o la...
- Artículo 4. La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual...
- Artículo 5. El tenedor de la cosa puede declinar la responsabilidad del juicio,...
- Artículo 6. El poseedor que niegue la posesión la perderá en beneficio del demandante.
- Artículo 7. Pueden ser demandados en reivindicación, aunque no posean la cosa, el...
- Artículo 8. No pueden reivindicarse las cosas que están fuera del comercio; los géneros...
- Artículo 9. Al adquirente con justo título y de buena fe le compete la acción para que,...
- Artículo 10. Procederá la acción negatoria para obtener la declaración de libertad, o la...
- Artículo 11. Compete la acción confesoria al titular del derecho real inmueble y al...
- Artículo 12. Se intentará la acción hipotecaria para constituir, ampliar y registrar una...
- Artículo 13. La petición de herencia se deducirá por el heredero testamentario o ab...
- Artículo 14. La petición de herencia se ejercitará para que sea declarado heredero el...
- Artículo 15. El comunero puede deducir las acciones relativas a la cosa común, en calidad...
- Artículo 16. Al perturbado en la posesión jurídica o derivada de un bien inmueble compete...
- Artículo 17. El que es despojado de la posesión jurídica o derivada de un bien inmueble,...
- Artículo 18. La acción de recuperar la posesión se deducirá dentro del año siguiente a...
- Artículo 19. Al poseedor de predio o derecho real sobre él, compete la acción para...
- Artículo 20. La acción de obra peligrosa se da al poseedor jurídico o derivado de una...
- Artículo 21. Las acciones de estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al...
- Artículo 22. Las acciones personales se deducirán para exigir el cumplimiento de una...
- Artículo 23. El enriquecimiento sin causa de una parte, con detrimento de otra, presta...
- Artículo 24. El perjudicado por falta de título legal tiene acción para exigir que el...
- Artículo 25. En las acciones mancomunadas por título de herencia o legado, sean reales o...
- Artículo 26. Ninguna acción puede ejercitarse sino por aquél a quien compete, o por su...
- Artículo 27. Las acciones que se transmiten contra los herederos no obligan a éstos sino...
- Artículo 28. Cuando haya varias acciones contra una misma persona, respecto de una misma...
- Artículo 29. A nadie puede obligarse a intentar o proseguir una acción contra su...
- Artículo 30. Las acciones duran lo que la obligación que representan, menos en los casos...
- Artículo 31. Intentada una acción y contestada la demanda, no podrá modificarse ni...
- Artículo 32. El procedimiento se interrumpe: I.- Por muerte de una de las partes. Si...
- Artículo 33. El procedimiento se suspende: I.- Cuando en un procedimiento...
- Artículo 34. El procedimiento se extingue sin sentencia: A) En cuando a la...
- Artículo 35. Son excepciones dilatorias las siguientes: I.- La incompetencia del...
- Artículo 36. En los juicios, sólo formarán artículo de previo y especial pronunciamiento...
- Artículo 37. La incompetencia puede promoverse por declinatoria o por inhibitoria, que se...
- Artículo 38. La excepción de litispendencia procede cuando un Juez conoce ya del mismo...
- Artículo 39. La excepción de conexidad tiene por objeto la remisión de los autos en que...
- Artículo 40. No procede la excepción de conexidad: I.- Cuando los pleitos están en...
- Artículo 41. La parte que oponga la excepción de conexidad, acompañará con su escrito...
- Artículo 42. En las excepciones de litispendencia y conexidad, la inspección de los autos...
- Artículo 43. Las excepciones de falta de personalidad y capacidad se substanciarán como...
- Artículo 44. Tienen capacidad para comparecer en juicio: I.- Las personas...
- Artículo 45. Por los que no se hallen en el caso del artículo anterior, comparecerán sus...
- Artículo 46. Los interesados y sus representantes legítimos podrán comparecer en juicio...
- Artículo 47. El tribunal examinará la personalidad de las partes bajo su responsabilidad;...
- Artículo 48. El que no estuviere presente en el lugar del juicio, ni tuviere persona que...
- Artículo 49. En el caso del artículo anterior, si se presentare por el ausente una...
- Artículo 50. La gestión judicial es admisible para representar al actor o al demandado....
- Artículo 51. El gestor judicial, antes de ser admitido, debe dar fianza de que el...
- Artículo 52. El fiador del gestor judicial renunciará todos los beneficios legales,...
- Artículo 53. Siempre que dos o más personas ejerciten una misma acción u opongan la misma...
- Artículo 54. Mientras continúe el procurador o representante común en su encargo, los...
- Artículo 55. Para la tramitación y resolución de los asuntos ante los tribunales...
- Artículo 56. Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en castellano....
- Artículo 57. En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas ni se rasparán...
- Artículo 58. Las actuaciones judiciales deberán ser autorizadas, bajo pena de nulidad,...
- Artículo 59. Las audiencias en los negocios serán públicas, exceptuándose las que se...
- Artículo 60. Los jueces y magistrados a quienes corresponda, recibirán por sí mismos las...
- Artículo 61. Los Jueces y Magistrados tienen el deber de mantener el buen orden y de...
- Artículo 62. Son correcciones disciplinarias: I.- Apercibimiento; II.- Multa...
- Artículo 63. Dentro de los tres días de haberse hecho saber una corrección disciplinaria...
- Artículo 64. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son días...
- Artículo 65. Las copias simples de los documentos que se presenten, confrontadas y...
- Artículo 66. El Secretario hará constar el día y la hora en que se presente cualesquier...
- Artículo 67. Los secretarios cuidarán de que los expedientes sean exactamente foliados al...
- Artículo 68. El promovente de diligencias de jurisdicción voluntaria, así como los...
- Artículo 69. En ningún caso se entregarán los autos a las partes para que los lleven...
- Artículo 69 bis. Las partes y sus respectivos autorizados, previa identificación de los...
- Artículo 70. Los autos que se perdieren serán repuestos a costa del que fuere responsable...
- Artículo 71. Para sacar copia o testimonio de cualquier documento de los archivos o...
- Artículo 72. Los tribunales no admitirán nunca recursos notoriamente frívolos o...
- Artículo 73. Los Jueces, para hacer cumplir sus determinaciones y sin sujetarse a un...
- Artículo 74. Las actuaciones serán nulas cuando les falte alguna de las formalidades...
- Artículo 75. La nulidad establecida en beneficio de una de las partes no puede ser...
- Artículo 76. Las notificaciones hechas en forma distinta a la prevenida en el capítulo V...
- Artículo 77. La nulidad de una actuación debe de reclamarse en la actuación subsecuente,...
- Artículo 78. Sólo formará artículo de previo y especial pronunciamiento la nulidad de...
- Artículo 79. Las resoluciones son: I.- Simples determinaciones de trámite, y...
- Artículo 80. Todas las resoluciones de primera y segunda instancia serán autorizadas por...
- Artículo 81. Las sentencias deben ser claras, precisas y congruentes con las demandas y...
- Artículo 82. Quedan abolidas las antiguas fórmulas de las sentencias, las que contendrán...
- Artículo 83. Los jueces y tribunales no podrán, bajo ningún pretexto, aplazar, dilatar ni...
- Artículo 84. Tampoco podrán los jueces y tribunales variar ni modificar sus sentencias...
- Artículo 85. Cuando hubiere condena de frutos, intereses, daños o perjuicios, se fijará...
- Artículo 86. Las sentencias deben tener el lugar, fecha y Juez o tribunal que las...
- Artículo 87. Las sentencias deben dictarse dentro de ocho días desde que expiró el plazo...
- Artículo 88. En los juicios sumarios siempre dictará los puntos resolutivos en la...
- Artículo 89. Los decretos y los autos deben dictarse dentro de tres días después del...
- Artículo 90. Los decretos, los autos y las sentencias serán pronunciados necesariamente...
- Artículo 91. Toda sentencia tiene a su favor la presunción de haberse pronunciado según...
- Artículo 92. La sentencia firme produce acción y excepción contra los que litigaron y...
- Artículo 93. El tercero puede excepcionarse contra la sentencia firme, pero no contra la...
- Artículo 94. Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales pueden...
- Artículo 95. A toda demanda o contestación deberá acompañarse necesariamente: 1o.- El...
- Artículo 96. También deberá acompañarse a toda demanda o contestación, el documento o...
- Artículo 97. La presentación de documentos de que habla el artículo anterior cuando sean...
- Artículo 98. Después de la demanda y contestación, no se admitirán al actor ni al...
- Artículo 99. No se admitirá documento alguno después de la citación para sentencia en los...
- Artículo 100. De todo documento que se presente después del término de ofrecimiento de...
- Artículo 101. Cuando la impugnación del documento nuevo se refiera a su admisión, por no...
- Artículo 102. Las copias de los escritos y documentos se entregarán a la parte o partes...
- Artículo 103. La omisión de las copias no será motivo para dejar de admitir los escritos y...
- Artículo 104. Los exhortos y despachos que reciban físicamente o vía electrónica las...
- Artículo 105. Las diligencias que no puedan practicarse en el partido en que se sigue el...
- Artículo 106. Los tribunales superiores pueden, en su caso, encomendar la práctica de...
- Artículo 107. En los despachos y exhortos no se requiere la legalización de las firmas del...
- Artículo 108. Los exhortos que se remitan al extranjero o se reciban de él, se sujetarán...
- Artículo 109. Los exhortos y despachos entre tribunales del Estado y entre éstos y demás...
- Artículo 110. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se efectuarán dentro de los...
- Artículo 111. Las notificaciones se harán personalmente, por cédula, por el Boletín...
- Artículo 112. Todos los litigantes en el primer escrito o en la primera diligencia...
- Artículo 113. Mientras un litigante no hiciere nueva designación del domicilio en donde se...
- Artículo 114. Será notificado personalmente en el domicilio de los litigantes: I.- El...
- Artículo 115. Cuando variare el personal de un tribunal, no se proveerá decreto haciendo...
- Artículo 116. La primera notificación se hará personalmente al interesado, o a su...
- Artículo 117. En las notificaciones de emplazamiento, deberán cumplirse las siguientes...
- Artículo 118. Si después que el notificador se hubiere cerciorado de que la persona por...
- Artículo 119. Cuando no se conociere el lugar en que la persona que debe notificarse tenga...
- Artículo 120. Cuando se trate de citar a peritos, terceros que sirvan de testigos y...
- Artículo 121. Cuando se trate de citar testigos o peritos o terceros que no constituyan...
- Artículo 122. Procede la notificación por edictos: I.- Cuando se trate de personas...
- Artículo 123. La segunda y ulteriores notificaciones se harán personalmente a los...
- Artículo 124. Deben firmar las notificaciones las personas que las hacen y aquellas a...
- Artículo 125. Si las partes o sus procuradores no ocurren al tribunal o juzgado a...
- Artículo 126. Se fijará en lugar visible de las oficinas del tribunal o juzgados, una...
- Artículo 127. En las Salas del Tribunal y en los Juzgados, los empleados que determine el...
- Artículo 128. En los lugares en donde no exista Boletín Judicial u otra publicación...
- Artículo 129. Los términos judiciales empezarán a computarse a partir del día siguiente a...
- Artículo 130. Cuando fueren varias las partes y el término común, se contará desde el día...
- Artículo 131. En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar...
- Artículo 132. En los autos se harán constar el día en que comienzan a correr los términos...
- Artículo 133. Una vez concluídos los términos fijados a las partes, sin necesidad de que...
- Artículo 134. Siempre que la práctica de un acto judicial requiera citación de las...
- Artículo 135. Los términos que por disposición expresa de la ley o por la naturaleza del...
- Artículo 136. Para fijar la duración de los términos, los meses se regularán por el número...
- Artículo 137. Cuando este código no señale términos para la práctica de algún acto...
- Artículo 138. La caducidad de la instancia operará, cualquiera que sea el estado del...
- Artículo 139. Por ningún acto judicial se cobrarán costas, ni aún cuando se actuare con...
- Artículo 140. Cada parte será inmediatamente responsable de las costas que originen las...
- Artículo 141. La condena en costas se hará cuando así lo prevenga la Ley, el Juez deberá...
- Artículo 142. Las costas serán reguladas por la parte a cuyo favor se hubieren declarado y...
- Artículo 143. En los negocios ante los jueces de paz no se causarán costas, cualquiera que...
- Artículo 144. Toda demanda debe formularse ante Juez competente.
- Artículo 145. La competencia de los tribunales se determinará por la materia, la cuantía,...
- Artículo 146. Ningún tribunal puede negarse a conocer de un asunto sino por considerarse...
- Artículo 147. Ningún Juez puede sostener competencia con un tribunal superior bajo cuya...
- Artículo 148. El tribunal que reconozca la jurisdicción de otro por providencia expresa,...
- Artículo 149. Las partes pueden desistirse de seguir sosteniendo la competencia de un...
- Artículo 150. La jurisdicción por razón del territorio es la única que se puede prorrogar....
- Artículo 151. Si el Juez deja de conocer por recusación o excusa, conocerá el que siga en...
- Artículo 152. Es Juez competente aquel al que los litigantes se hubieren sometido expresa...
- Artículo 153. Hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y...
- Artículo 154. Se entienden sometidos tácitamente: I.- El demandante, por el hecho de...
- Artículo 155. Es nulo lo actuado por el Juez que fuere declarado incompetente. Salvo:...
- Artículo 156. La nulidad a que se refiere el artículo anterior es de pleno derecho y, por...
- Artículo 157. Es Juez competente: I.- El del lugar que el deudor haya designado para...
- Artículo 158. Para determinar la competencia por razón de la cuantía del negocio, se...
- Artículo 159. En las contiendas sobre propiedad o posesión de un inmueble, la competencia...
- Artículo 160. De las cuestiones sobre estado o capacidad de las personas y en general de...
- Artículo 161. En la reconvención, es Juez competente el que lo sea para conocer de la...
- Artículo 162. Las cuestiones de tercería deben substanciarse y decidirse por el Juez que...
- Artículo 163. Para los actos preparatorios del juicio, será competente el Juez que lo...
- Artículo 164. Las cuestiones de competencia podrán promoverse por inhibitoria o por...
- Artículo 165. Si por los documentos que se hubieren presentado o por otras constancias de...
- Artículo 166. Cuando dos o más jueces se nieguen a conocer de determinado asunto, la parte...
- Artículo 167. El Juez ante quien se promueva la inhibitoria, mandará librar oficio...
- Artículo 168. El litigante que hubiere optado por uno de los dos medios de promover una...
- Artículo 169. Todo tribunal está obligado a suspender sus procedimientos luego que expida...
- Artículo 170. La infracción del artículo anterior producirá la nulidad de lo actuado. En...
- Artículo 171. Todo Magistrado, Juez o Secretario se tendrá por forzosamente impedido para...
- Artículo 172. Los Magistrados, Jueces, y Secretarios tienen el deber de excusarse del...
- Artículo 173. Cuando los Magistrados, Jueces o Secretarios no se inhibieren a pesar de...
- Artículo 174. En los concursos sólo podrá hacer uso de la recusación el representante...
- Artículo 175. En los juicios hereditarios sólo podrá hacer uso de la recusación, el...
- Artículo 176. Cuando en un negocio intervengan varias personas antes de haber nombrado...
- Artículo 177. En los Tribunales Colegiados, la recusación relativa o magistrados o jueces...
- Artículo 178. No se admitirá recusación: I.- En los actos prejudiciales; II.- Al...
- Artículo 179. En los procedimientos de apremio y en los juicios sumarios que empiezan por...
- Artículo 180. Las recusaciones pueden interponerse durante el juicio desde que se fije la...
- Artículo 181. Entretanto se califica o decide, la recusación suspende la jurisdicción del...
- Artículo 182. Declarada procedente la recusación, termina la jurisdicción del magistrado o...
- Artículo 183. Una vez impuesta la recusación, la parte recusante no podrá alzarla en...
- Artículo 184. Si se declarare improcedente o no probada la causa de recusación que se...
- Artículo 185. Los tribunales desecharán de plano toda recusación: I.- Cuando no...
- Artículo 186. Toda recusación se interpondrá ante el Juez o tribunal que conozca del...
- Artículo 187. La recusación debe decidirse sin audiencia de la parte contraria, y se...
- Artículo 188. En el incidente de recusación son admisibles todos los medios de prueba...
- Artículo 189. Los magistrados y jueces que conozcan de una recusación son irrecusables...
- Artículo 190. Cuando se declare improcedente o no probada la causa de recusación, se...
- Artículo 191. De la recusación de un magistrado conocerá la sala de que forma parte, y...
- Artículo 192. Si en la sentencia se declara que procede la recusación, volverán los autos...
- Artículo 193. Las recusaciones de los Secretarios se substanciarán ante los Jueces o Salas...
- Artículo 194. El juicio podrá prepararse: I.- Pidiendo declaración bajo protesta el...
- Artículo 195. Al pedirse la diligencia preparatoria debe expresarse el motivo porque se...
- Artículo 196. El Juez puede disponer lo que crea conveniente, ya para cerciorarse de la...
- Artículo 197. La acción que puede ejercitarse conforme a las fracciones II, III y IV del...
- Artículo 198. Cuando se pida la exhibición de un protocolo o de cualquier otro documento...
- Artículo 199. Las diligencias preparatorias de que se trata en las fracciones II a IV, VII...
- Artículo 200. Promovido el juicio, el tribunal a solicitud del que hubiere pedido la...
- Artículo 201. Si el tenedor del documento o cosa mueble fuere el mismo a quien se va a...
- Artículo 202. Puede prepararse el juicio ejecutivo, pidiendo al deudor confesión judicial...
- Artículo 203. El documento privado que contenga deuda líquida y sea de plazo cumplido,...
- Artículo 204. Puede hacerse el reconocimiento de documentos firmados ante el notario...
- Artículo 205. Si es instrumento público o privado reconocido y contiene cantidad ilíquida,...
- Artículo 206. El que intente demandar o acusar a su cónyuge, puede solicitar su separación...
- Artículo 207. Sólo los Jueces de Primera Instancia pueden decretar la separación de que...
- Artículo 208. La solicitud puede ser escrita o verbal, en la que se señalarán las causas...
- Artículo 209. El Juez podrá, si lo estima conveniente, practicar las diligencias que a su...
- Artículo 210. Presentada la solicitud, el Juez sin más trámite, salvo lo dispuesto en el...
- Artículo 211. El Juez podrá variar las disposiciones decretadas cuando exista causa justa...
- Artículo 212. En la resolución se señalará el término de que dispondrá el solicitante para...
- Artículo 213. En la misma resolución ordenará la notificación al otro cónyuge,...
- Artículo 214. El Juez determinará la situación de los hijos que sean personas menores de...
- Artículo 215. La inconformidad de alguno de los cónyuges sobre la resolución o...
- Artículo 216. Si al vencimiento del plazo concedido no se acredita al Juez que se ha...
- Artículo 217. El cónyuge que se separó, tendrá en todo tiempo el derecho de volver al...
- Artículo 218. Si el Juez que decretó la separación no fuere el que deba conocer del...
- Artículo 219. DEROGADO
- Artículo 220. DEROGADO
- Artículo 221. Cuando en escritura privada o pública sometieren los interesados las...
- Artículo 222. Al efecto, presentándose el documento con la cláusula compromisoria por...
- Artículo 223. En la junta procurará el Juez que elijan árbitro de común acuerdo los...
- Artículo 224. Con el acta de la junta a que se refieren los artículos anteriores, se...
- Artículo 225. Si el acreedor rehusare recibir la prestación debida, o dar el documento...
- Artículo 226. Si el acreedor fuere cierto y conocido, se le citará para día, hora y lugar...
- Artículo 227. Si el acreedor fuere desconocido, se le citará por los periódicos y por el...
- Artículo 228. Si el acreedor estuviere ausente o fuere incapaz, será citado su...
- Artículo 229. Si la cosa debida fuese cosa cierta y determinada que debiere ser consignada...
- Artículo 230. Cuando el acreedor no haya estado presente en la oferta y depósito, debe de...
- Artículo 231. La consignación del dinero puede hacerse exhibiendo el certificado de...
- Artículo 232. La consignación y el depósito de que hablan los artículos anteriores puede...
- Artículo 233. Las mismas diligencias se seguirán si el acreedor fuere conocido, pero...
- Artículo 234. Cuando el acreedor se rehusare en el acto de la diligencia a recibir la...
- Artículo 235. El depositario que se constituya en estas diligencias será designado por el...
- Artículo 236. Las providencias precautorias podrán dictarse: I.- Cuando hubiere temor...
- Artículo 237. Las disposiciones del artículo anterior comprenden no sólo al deudor, sino...
- Artículo 238. Las providencias precautorias establecidas por este Código podrán...
- Artículo 239. No pueden dictarse otras providencias precautorias que las establecidas en...
- Artículo 240. El que pida la providencia precautoria deberá acreditar el derecho que tiene...
- Artículo 241. Si el arraigo de una persona para que conteste en juicio, se pide al tiempo...
- Artículo 242. Si la petición de arraigo se presentare antes de entablar la demanda, además...
- Artículo 243. El que quebrante el arraigo será castigado con la pena que señala el Código...
- Artículo 244. Cuando se solicite el secuestro provisional se expresará el valor de la...
- Artículo 245. Cuando se pida un secuestro provisional, sin fundarlo en título ejecutivo,...
- Artículo 246. Si el demandado consigna el valor u objeto reclamado, si da fianza bastante...
- Artículo 247. Ni para recibir los informes ni para dictar una providencia precautoria, se...
- Artículo 248. De toda providencia precautoria queda responsable el que la pida; por...
- Artículo 249. En la ejecución de las providencias precautorias no se admitirá excepción...
- Artículo 250. El aseguramiento de bienes decretado por providencia precautoria y la...
- Artículo 251. Ejecutada la providencia precautoria antes de ser entablada la demanda, el...
- Artículo 252. Si el actor no cumple con lo dispuesto en el artículo que precede, la...
- Artículo 253. La persona contra quien se haya dictado una providencia precautoria, puede...
- Artículo 254. Igualmente puede reclamar la providencia precautoria un tercero, cuando sus...
- Artículo 255. Cuando la providencia precautoria se dicte por un Juez que no sea el que...
- Artículo 256. Toda contienda judicial principiará por demanda, en la cual se expresarán:...
- Artículo 257. Presentada la demanda con los documentos y copias prevenidos, se correrá...
- Artículo 258. Si la demanda fuere obscura o irregular, el Juez debe prevenir al actor que...
- Artículo 259. Los efectos de la presentación de la demanda son: interrumpir la...
- Artículo 260. Los efectos del emplazamiento son: I.- Prevenir el juicio en favor del...
- Artículo 261. El demandado formulará la contestación refiriéndose a las peticiones y a...
- Artículo 262. Las partes pueden pedir que un tercero sea llamado al juicio para que le...
- Artículo 263. Si entre las excepciones opuestas hubiere de previo y especial...
- Artículo 264. En el caso de que se declare infundada o improcedente la incompetencia, debe...
- Artículo 265. Cuando en la sentencia definitiva se declare procedente alguna excepción...
- Artículo 266. En el escrito de contestación el demandado deberá referirse a cada uno de...
- Artículo 267. Transcurrido el término del emplazamiento sin haber sido contestada la...
- Artículo 268. El demandado que oponga reconvención o compensación, lo hará precisamente al...
- Artículo 269. Las excepciones supervinientes se harán valer hasta antes de la sentencia y...
- Artículo 270. Confesada la demanda en todas sus partes o manifestando el actor su...
- Artículo 271. Queda abolida la práctica de oponer excepciones o defensas contradictorias,...
- Artículo 272. Si las cuestiones controvertidas fueren puramente de derecho y no de hecho,...
- Artículo 272 bis. Es deber del juez conciliar a las partes, durante cualquier etapa del...
- Artículo 273. El Juez mandará recibir el pleito a prueba en el caso de que los litigantes...
- Artículo 274. Para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos puede el juzgador...
- Artículo 275. Los tribunales podrán decretar en todo tiempo, sea cual fuere la naturaleza...
- Artículo 276. Los daños y perjuicios que se ocasionen a tercero por comparecer, o exhibir...
- Artículo 277. El actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de...
- Artículo 278. El que niega sólo será obligado a probar: I.- Cuando la negación...
- Artículo 279. Ni la prueba en general ni los medios de prueba establecidos por la ley son...
- Artículo 280. Sólo los hechos están sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente...
- Artículo 281. El tribunal debe recibir las pruebas que le presenten las partes, siempre...
- Artículo 282. Los hechos notorios no necesitan ser probados, y el Juez puede invocarlos,...
- Artículo 283. Cuando una de las partes se oponga a la inspección o reconocimiento...
- Artículo 284. Los terceros están obligados, en todo tiempo, a prestar auxilio a los...
- Artículo 285. La ley reconoce como medios de prueba: I.- Confesión y...
- Artículo 286. El período de ofrecimiento de prueba es de diez días fatales, que empezarán...
- Artículo 287. Las pruebas deben ser ofrecidas relacionándolas con cada uno de los puntos...
- Artículo 288. La prueba de confesión se ofrece presentando el pliego que contenga las...
- Artículo 289. La prueba pericial procede cuando sean necesarios conocimientos especiales...
- Artículo 290. Los documentos deberán ser presentados por escrito o por vía electrónica al...
- Artículo 291. Las partes están obligadas, al ofrecer la prueba de documentos que no tienen...
- Artículo 292. Los documentos que ya se exhibieron antes de este período y las constancias...
- Artículo 293. Al solicitarse la inspección judicial se determinarán los puntos sobre que...
- Artículo 294. Al día siguiente en que termine el período del ofrecimiento de pruebas, el...
- Artículo 295. El Juez queda facultado al admitir las pruebas ofrecidas para elegir la...
- Artículo 296. Al día siguiente de que se notifique el auto de admisión se abre por...
- Artículo 297. Cuando las pruebas hubieren de practicarse fuera del Estado de Baja...
- Artículo 298. El litigante a quien se hubiere concedido la dilación extraordinaria y no...
- Artículo 299. Después de concluido el término ordinario, no se recibirá prueba alguna que...
- Artículo 300. Ni el término ordinario ni el extraordinario podrán suspenderse ni...
- Artículo 301. Las diligencias de prueba sólo podrán practicarse dentro del término...
- Artículo 302. Las pruebas documentales que se presenten fuera de término serán admitidas...
- Artículo 303. La prueba de confesión judicial puede ofrecerse y se recibirá en cualquier...
- Artículo 304. Todo litigante está obligado a declarar, bajo protesta de decir verdad,...
- Artículo 305. La prueba de confesión judicial se ofrecerá presentando el pliego que...
- Artículo 306. Las posiciones deberán formularse de acuerdo con las siguientes reglas:...
- Artículo 307. Para desahogar la prueba de confesión judicial, se observarán las siguientes...
- Artículo 308. Si fueren varios los que hayan de absolver posiciones y al tenor de un mismo...
- Artículo 309. En caso de enfermedad, legalmente comprobada, del que deba declarar el...
- Artículo 310. El que deba absolver las posiciones será declarado confeso: I.- Cuando...
- Artículo 311. El auto en que se declare confeso al litigante, o en el que se niegue esta...
- Artículo 312. Se tendrá por confeso al articulante respecto a los hechos propios que...
- Artículo 313. Las autoridades, las corporaciones oficiales y los establecimientos que...
- Artículo 314. Las partes podrán en cualquier tiempo, desde la contestación de la demanda...
- Artículo 315. En este caso, los interrogatorios podrán formularse libremente, sin más...
- Artículo 316. La declaración judicial de las partes se recibirá de acuerdo con las...
- Artículo 317. Serán aplicables a esta prueba, en lo conducente, las reglas de la prueba...
- Artículo 318. Las partes pueden pedir que por vía de prueba, el Juzgado solicite que...
- Artículo 319. Las Autoridades estarán obligadas a proporcionar al Juez que las requiera,...
- Artículo 320. En caso de desobediencia al mandato judicial, o demora en el cumplimiento...
- Artículo 321. Recibido el informe por el Juez, éste de oficio o a instancia de parte,...
- Artículo 322. Son documentos públicos: I.- Los testimonios de las escrituras públicas...
- Artículo 323. Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios...
- Artículo 324. Para que hagan fe los documentos públicos procedentes del extranjero,...
- Artículo 325. De la traducción de los documentos que se presenten en idioma extranjero, se...
- Artículo 326. Siempre que uno de los litigantes pidiere copia o testimonio de parte de un...
- Artículo 327. Los documentos existentes en partido distinto del en que se siga el juicio,...
- Artículo 328. Los instrumentos públicos que hayan venido al pleito sin citación contraria,...
- Artículo 329. Son documentos privados: los vales, pagarés, libros de cuentas, cartas y...
- Artículo 330. Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los...
- Artículo 331. Los documentos privados se presentarán originales, y cuando formen parte de...
- Artículo 332. Si el documento se encuentra en libros o papeles de casa de comercio o de...
- Artículo 333. En el reconocimiento de documentos se observará lo dispuesto en los...
- Artículo 334. Sólo pueden reconocer un documento privado el que lo firma, el que lo manda...
- Artículo 335. Las partes sólo podrán objetar los documentos dentro de los tres días...
- Artículo 336. Podrá pedirse el cotejo de firmas y letras, siempre que se niegue o que se...
- Artículo 337. La persona que pida el cotejo designará el documento o documentos...
- Artículo 338. Se considerarán indubitados para el cotejo: I.- Los documentos que las...
- Artículo 339. El Juez podrá hacer por sí mismo la comprobación después de oír a los...
- Artículo 340. En caso de impugnación de falsedad de un documento, se observará lo...
- Artículo 341. Los peritos deben tener título en la ciencia o arte a que pertenezca el...
- Artículo 342. Cada parte, dentro del tercer día, nombrará un perito, a no ser que se...
- Artículo 343. El Juez nombrará los peritos que correspondan a cada parte, en los...
- Artículo 344. El Juez señalará lugar, día y hora para que la diligencia se practique, si...
- Artículo 345. En el caso de la primera parte del artículo anterior concurrirá el tercero...
- Artículo 346. El perito que nombre el Juez puede ser recusado dentro de las cuarenta y...
- Artículo 347. En caso de ser desechada la recusación, se impondrá al recusante una multa...
- Artículo 348. El honorario de cada perito será pagado por la parte que lo nombró, o en...
- Artículo 348 bis. En las acciones de investigación de paternidad o maternidad, cuando estas se...
- Artículo 349. El reconocimiento se practicará siempre previa citación de las partes,...
- Artículo 350. Del reconocimiento se levantará acta que firmarán los que a él concurran,...
- Artículo 351. Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben de...
- Artículo 352. Las partes tendrán obligación de presentar sus propios testigos. Sin...
- Artículo 353. A los ancianos de más de setenta años y a los enfermos podrá el Juez, según...
- Artículo 353 bis. En las controversias de orden familiar, tratándose de la prueba testimonial...
- Artículo 354. Al Presidente de la República, a los secretarios de Estado, senadores,...
- Artículo 355. Para el examen de los testigos no se presentarán interrogatorios escritos....
- Artículo 356. La protesta y examen de los testigos se hará en presencia de las partes que...
- Artículo 357. No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, cuando el testigo...
- Artículo 358. Después de tomarle al testigo la protesta de conducirse con verdad y de...
- Artículo 359. Los testigos serán examinados separada y sucesivamente, sin que unos puedan...
- Artículo 360. Cuando el testigo deje de contestar a algún punto o haya incurrido en...
- Artículo 361. El tribunal tendrá la más amplia facultad para hacer a los testigos y a las...
- Artículo 362. Si el testigo no sabe el idioma, rendirá su declaración por medio de...
- Artículo 363. Las respuestas del testigo se harán constar en autos en forma que al mismo...
- Artículo 364. Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho, y el Juez deberá...
- Artículo 365. La declaración una vez firmada no puede variarse ni en la substancia ni en...
- Artículo 366. En el acto del examen de un testigo o dentro de los tres días siguientes...
- Artículo 367. No es admisible la prueba testimonial para tachar a los testigos que hayan...
- Artículo 368. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio...
- Artículo 369. Como medio de prueba deben admitirse también los registros dactiloscópicos,...
- Artículo 370. Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba,...
- Artículo 371. Para que la fama pública sea admitida como prueba, debe tener las...
- Artículo 372. La fama pública debe probarse con testigos que no sólo sean mayores de toda...
- Artículo 373. Los testigos no sólo deben declarar las personas a quienes oyeron referir el...
- Artículo 374. Presunción es la consecuencia que la ley o el Juez deducen de un hecho...
- Artículo 375. Hay presunción legal cuando la ley la establece expresamente, y cuando la...
- Artículo 376. El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el...
- Artículo 377. No se admite prueba contra la presunción legal, cuando la ley lo prohibe...
- Artículo 378. Contra las demás presunciones legales y contra las humanas es admisible la...
- Artículo 379. Las pruebas se recibirán en la audiencia a que se refiere el artículo 382....
- Artículo 380. Antes de la celebración de la audiencia, las pruebas deberán prepararse con...
- Artículo 381. La impugnación de falsedad de un documento puede hacerse desde la...
- Artículo 382. Constituído el tribunal en audiencia pública el día y horas señalados al...
- Artículo 383. El Secretario o el relator que el Juez designare, referirá oralmente la...
- Artículo 384. La prueba de confesión se recibirá asentando las contestaciones en que vaya...
- Artículo 385. En seguida se relatarán los documentos presentados, poniéndose de manifiesto...
- Artículo 386. Los peritos dictaminarán por escrito u oralmente en presencia de las partes...
- Artículo 387. Los testigos indicados en el auto de admisión de pruebas serán examinados en...
- Artículo 388. Concluida la recepción de las pruebas, el tribunal dispondrá que las partes...
- Artículo 389. Queda prohibida la práctica de dictar los alegatos a la hora de la...
- Artículo 390. Los tribunales deben dirigir los debates previniendo a las partes se...
- Artículo 391. De esta audiencia, el secretario, bajo la vigilancia del Juez, levantará...
- Artículo 392. Los tribunales, bajo su más estricta responsabilidad, al celebrar la...
- Artículo 393. Si por causas graves hubiere necesidad de prolongar la audiencia durante...
- Artículo 394. En los tribunales colegiados, sólo cuando faltare la mayoría, tendrá efecto...
- Artículo 395. En la recepción oral de las pruebas se aplicarán las reglas de la recepción...
- Artículo 396. La confesión judicial hace prueba plena cuando concurren en ellas las...
- Artículo 397. El declarado confeso sin que haya hecho confesión, puede rendir prueba en...
- Artículo 398. La confesión judicial expresa que afecte a toda la demanda, engendra el...
- Artículo 399. La reclamación de nulidad de la confesión por error o violencia, se...
- Artículo 400. La confesión hecha en la demanda, en la contestación o en cualquier otro...
- Artículo 401. La confesión no producirá el efecto probatorio a que se refieren los...
- Artículo 402. La confesión judicial o extrajudicial sólo produce efecto en lo que...
- Artículo 403. Lo declarado por las partes al ser interrogadas por el Juez o a petición de...
- Artículo 404. Los informes de las autoridades harán fe cuando se trate de hechos que...
- Artículo 405. Los instrumentos públicos no se perjudicarán en cuanto a su validez por las...
- Artículo 406. Las partidas registradas por los párrocos, anteriores al establecimiento del...
- Artículo 407. Las actuaciones judiciales hacen prueba plena.
- Artículo 408. Los documentos privados sólo harán prueba plena, y contra su autor, cuando...
- Artículo 409. El reconocimiento hecho por el albacea hace prueba plena, y también lo hace...
- Artículo 410. Los documentos simples comprobados por testigos, tendrán el valor que...
- Artículo 411. El documento que un litigante presenta, prueba plenamente en su contra, en...
- Artículo 411 bis. Se reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en...
- Artículo 412. El reconocimiento o inspección judicial hará prueba plena cuando se haya...
- Artículo 413. El dictamen de peritos y la prueba testimonial serán valorizados según el...
- Artículo 414. Las fotografías, copias fotostáticas y demás pruebas científicas quedan a la...
- Artículo 415. Las presunciones legales hacen prueba plena.
- Artículo 416. Para que la presunción de cosa juzgada surta efecto en otro juicio, es...
- Artículo 417. Para que las presunciones no establecidas por la ley sean apreciables como...
- Artículo 418. La valorización de las pruebas se hará de acuerdo con el presente capítulo,...
- Artículo 419. Concluida la recepción en la forma escrita de las pruebas ofrecidas, tendrán...
- Artículo 420. Hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria. Causan...
- Artículo 421. Causan ejecutoria por declaración judicial: I.- Las sentencias...
- Artículo 422. La declaración de estar ejecutoriada una sentencia, será hecha de oficio por...
- Artículo 423. El auto en que se declara que una sentencia ha causado o no ejecutoria, no...
- Artículo 424. Se tramitarán sumariamente: I.- Todos los incidentes surgidos en los...
- Artículo 425. Todas las contiendas entre partes cuya tramitación no esté prevista en este...
- Artículo 426. En los casos de las fracciones VI, VIII y XVI no se requieren más...
- Artículo 427. El juicio sumario se inicia, por lo general, con el escrito de demanda en...
- Artículo 428. En los escritos que fijan la controversia, las partes ofrecerán las pruebas...
- Artículo 429. Desde el día en que se mande a emplazar al reo se fijará día y hora para la...
- Artículo 430. En la audiencia el Juez, recibirá las pruebas admitidas. La recepción y...
- Artículo 431. Si en la contestación de la demanda se opusiere falta de personalidad en el...
- Artículo 432. La sentencia breve y concisa en cortas proposiciones se dictará en la...
- Artículo 433. Los incidentes en los juicios sumarios se resuelven oralmente en la...
- Artículo 434. En los interdictos, la sentencia debe precisar sus efectos para el mejor...
- Artículo 435. Las reglas del juicio ordinario y en especial las del Capítulo VI del Título...
- Artículo 436. Para que el juicio ejecutivo tenga lugar se necesita un título que lleve...
- Artículo 437. Las sentencias que causen ejecutoria y los convenios judiciales, los...
- Artículo 438. Cuando la confesión judicial se haga durante la secuela del juicio...
- Artículo 439. La ejecución no puede despacharse sino por cantidad líquida. Si el...
- Artículo 440. Las cantidades que por intereses o perjuicios formen parte de la deuda...
- Artículo 441. Las obligaciones sujetas a condición suspensiva o a plazo no serán...
- Artículo 442. Si el título ejecutivo contiene obligación de hacer, se observarán las...
- Artículo 443. Cuando el título ejecutivo contenga la obligación de entregar cosas que, sin...
- Artículo 444. Cuando la acción ejecutiva se ejercite sobre cosa cierta y determinada o en...
- Artículo 445. Si la cosa especificada se halla en poder de un tercero, la acción ejecutiva...
- Artículo 446. Hecho el embargo se emplazará al deudor en persona conforme al artículo 116...
- Artículo 447. Los juicios ejecutivos contendrán siempre dos secciones: la del principal,...
- Artículo 448. La sección de ejecución se integrará con: I.- Copia cotejada de la...
- Artículo 449. Terminada la sección de ejecución se agregará al cuaderno principal del...
- Artículo 450. La sentencia debe declarar si ha procedido o no la vía ejecutiva y si ha...
- Artículo 451. Si el crédito que se cobra está garantizado con hipoteca, el acreedor podrá...
- Artículo 452. Cuando el deudor consignare la cantidad reclamada para evitar los gastos y...
- Artículo 453. Si el título ejecutivo contiene obligaciones recíprocas, la parte que...
- Artículo 454. El contrato de compraventa concertado bajo la condición resolutoria de la...
- Artículo 455. Procede también la acción ejecutiva para recuperar, bajo las mismas...
- Artículo 456. Para que procedan en vía ejecutiva las acciones a que se refieren los...
- Artículo 457. Se tramitará en la vía especial hipotecaria todo juicio que tenga por objeto...
- Artículo 458. Procederá el juicio especial hipotecario sin necesidad de que el contrato...
- Artículo 459. Presentado el escrito de demanda, acompañado del instrumento respectivo, y...
- Artículo 460. Desde el día del emplazamiento contrae el deudor la obligación de...
- Artículo 461. La diligencia que se señala en el Artículo anterior, deberá seguir las...
- Artículo 462. Si en el título con base al cual se ejercita una acción hipotecaria se...
- Artículo 463. La demanda se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad, a cuyo...
- Artículo 464. Inscrita la demanda en el Registro Público de la Propiedad, no podrá...
- Artículo 465. Si la finca no se halla en el lugar del juicio, se librará exhorto al Juez...
- Artículo 466. En los escritos que fijen la controversia las partes deberán ofrecer sus...
- Artículo 467. La preparación de las pruebas admitidas quedará a cargo de las partes, por...
- Artículo 468. La audiencia iniciará resolviendo todos los incidentes que hubiere,...
- Artículo 469. Para efectos del avalúo y remate de la finca hipotecada, se deberá proceder...
- Artículo 470. Contra las resoluciones que se dicten en la vía especial hipotecaria, sólo...
- Artículo 471. Derogado
- Artículo 472. Si en la sentencia se resolviere no haber lugar al juicio hipotecario, se...
- Artículo 473. Si el superior revoca el fallo de primera instancia que declaró procedente...
- Artículo 474. En el caso previsto en el segundo párrafo del artículo 2783 del Código...
- Artículo 475. El juicio de desahucio procede cuando se exige la desocupación de una finca...
- Artículo 476. Presentada la demanda con el documento o la justificación correspondiente,...
- Artículo 477. Será domicilio legal para hacer el requerimiento y traslado a que se refiere...
- Artículo 478. Cuando durante el plazo fijado para el desahucio exhiba el inquilino el...
- Artículo 479. Los beneficios de los plazos que este capítulo concede a los inquilinos, no...
- Artículo 480. El arrendatario podrá oponerse al desahucio, pero sólo será admisible la...
- Artículo 481. La sentencia que decrete el desahucio, será apelable en el efecto...
- Artículo 482. Si las excepciones fueren declaradas procedentes en la misma resolución,...
- Artículo 483. La diligencia de lanzamiento se entenderá con el ejecutado o en su defecto...
- Artículo 484. El inquilino podrá, antes del remate que se celebre en el desahucio librarse...
- Artículo 485. Para la ejecución del desahucio, se tiene como domicilio legal del ejecutado...
- Artículo 486. Procede la vía de apremio a instancia de parte, siempre que se trate de la...
- Artículo 487. La ejecución de sentencia que haya causado ejecutoria o que deba llevarse...
- Artículo 488. Cuando las transacciones o los convenios se celebren en segunda instancia...
- Artículo 489. El tribunal que haya dictado en segunda instancia sentencia ejecutoria,...
- Artículo 490. La ejecución de las sentencias arbitrales, de los convenios celebrados ante...
- Artículo 491. La ejecución de las sentencias y convenios en la vía ejecutiva, se efectuará...
- Artículo 492. Cuando se pida la ejecución de sentencia, el Juez señalará al deudor el...
- Artículo 493. Si la sentencia condenare al pago de cantidad líquida, se procederá siempre...
- Artículo 494. Sólo hasta después de asegurados los bienes por medio del secuestro podrán...
- Artículo 495. Pasado el plazo del artículo 492 sin haberse cumplido la sentencia, se...
- Artículo 496. Si los bienes embargados fueren dinero, sueldos, pensiones o créditos...
- Artículo 497. Si los bienes embargados no estuvieren valuados anteriormente, se pasarán al...
- Artículo 498. Si en el contrato se fijó el precio en que una finca hipotecada debe ser...
- Artículo 499. Del precio del remate se pagará al ejecutante el importe de su crédito y se...
- Artículo 500. Si la sentencia contuviere condena al pago de cantidad líquida y de otra...
- Artículo 501. Si la sentencia no contiene cantidad líquida, la parte a cuyo favor se...
- Artículo 502. Cuando la sentencia hubiere condenado al pago de daños y perjuicios sin...
- Artículo 503. Si la sentencia condena a hacer alguna cosa, el Juez señalará, al que fué...
- Artículo 504. Si el ejecutante optare, en cualquiera de los casos enumerados en el...
- Artículo 505. Cuando la sentencia condena a rendir cuentas, el Juez señalará un término...
- Artículo 506. El obligado, en el término que se le fije y que no se prorrogará sino por...
- Artículo 507. Si el deudor presenta sus cuentas en el término señalado, quedarán éstas por...
- Artículo 508. Si el obligado no rindiere cuentas en el plazo que se le señaló, puede el...
- Artículo 509. Cuando la sentencia condene a dividir una cosa común y no dé las bases para...
- Artículo 510. Si la sentencia condena a no hacer, su infracción se resolverá en el pago de...
- Artículo 511. Cuando en virtud de la sentencia o de la determinación del Juez debe...
- Artículo 512. Cuando la sentencia ordene la entrega de personas, el Juez dictará las...
- Artículo 513. De las resoluciones dictadas para la ejecución de una sentencia no se...
- Artículo 514. Todos los gastos y costas que se originen en la ejecución de una sentencia,...
- Artículo 515. La acción para pedir la ejecución de una sentencia, transacción o convenio...
- Artículo 516. Cuando la sentencia pronunciada por un Juez deba ser ejecutada por otro de...
- Artículo 517. Contra la ejecución de las sentencias y convenios judiciales no se admitirá...
- Artículo 518. Los términos fijados en el artículo anterior se contarán desde la fecha de...
- Artículo 519. Todo lo que en este Capítulo se dispone respecto de la sentencia, comprende...
- Artículo 520. Decretado el auto de ejecución, el cual tendrá fuerza de mandamiento en...
- Artículo 521. Si el deudor tratándose de juicio ejecutivo, no fuere habido después de...
- Artículo 522. El derecho de designar los bienes que han de embargarse corresponde al...
- Artículo 523. El ejecutante puede señalar los bienes que han de ser objeto del secuestro,...
- Artículo 524. El embargo sólo subsiste en cuanto los bienes que fueron objeto de él basten...
- Artículo 525. Cualquiera dificultad suscitada en la diligencia de embargo no la impedirá...
- Artículo 526. Cuando practicado el remate de los bienes consignados en garantía no...
- Artículo 527. Podrá pedirse la ampliación de embargo: I.- En cualquier caso en que, a...
- Artículo 528. La ampliación del embargo se seguirá por cuerda separada sin suspensión de...
- Artículo 529. De todo secuestro se tendrá como depositario a la persona que nombre el...
- Artículo 530. Quedan exceptuados de embargo: I.- Los bienes que constituyen el...
- Artículo 531. El deudor sujeto a patria potestad o a tutela, el que estuviere físicamente...
- Artículo 532. De todo embargo de bienes raíces se tomará razón en el Registro Público de...
- Artículo 533. Cuando se aseguren créditos, el secuestro se reducirá a notificar al deudor...
- Artículo 534. Si los créditos a que se refiere el artículo anterior fueren litigiosos, la...
- Artículo 535. Recayendo el secuestro sobre bienes muebles que no sean dinero, alhajas, ni...
- Artículo 536. El depositario, en el caso del artículo anterior, pondrá en conocimiento del...
- Artículo 537. Si los muebles depositados fueren cosas fungibles, el depositario tendrá...
- Artículo 538. Si los muebles depositados fueren cosas fáciles de deteriorarse o...
- Artículo 539. Si el secuestro recayere en finca urbana y sus rentas, o sobre éstas...
- Artículo 540. Pedida la autorización a que se refiere la fracción IV del artículo...
- Artículo 541. Si el secuestro se efectúa en una finca rústica o en una negociación...
- Artículo 542. Si en el cumplimiento de los deberes que el artículo anterior impone al...
- Artículo 543. Los que tengan administración o intervención, presentarán al juzgado, cada...
- Artículo 544. El Juez con audiencia de las partes aprobará o reprobará la cuenta mensual y...
- Artículo 545. Será removido de plano el depositario en los siguientes casos: 1o.- Si...
- Artículo 546. El depositario y el actor, cuando éste lo hubiere nombrado, son responsables...
- Artículo 547. Los depositarios e interventores percibirán por honorario el que les señale...
- Artículo 548. Al ejecutarse las sentencias se formará la sección de ejecución y se...
- Artículo 549. Lo dispuesto en este capítulo es aplicable a todos los casos de secuestro...
- Artículo 550. Toda venta que conforme a la ley deba de hacerse en subasta o almoneda, se...
- Artículo 551. Todo remate de bienes raíces será público y deberá celebrarse en el juzgado...
- Artículo 552. Cuando los bienes embargados fueren raíces, antes de procederse a su avalúo,...
- Artículo 553. Si del certificado aparecieren gravámenes, con la oportunidad debida se...
- Artículo 554. Los acreedores citados conforme al artículo anterior, tendrán derecho:...
- Artículo 555. El avalúo se practicará de acuerdo con las reglas establecidas para la...
- Artículo 556. Hecho el avalúo se sacarán los bienes a pública subasta, anunciándose por...
- Artículo 557. Antes de fincarse el remate, podrá el deudor librar sus bienes pagando los...
- Artículo 558. Si los bienes raíces estuvieren situados en diversos lugares, en todos éstos...
- Artículo 559. Es postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del...
- Artículo 560. Para tomar parte en la subasta deberán los licitadores consignar...
- Artículo 561. El ejecutante podrá tomar parte en la subasta y mejorar las posturas que se...
- Artículo 562. El postor no puede rematar para un tercero, sino con poder y cláusula...
- Artículo 563. Desde que se anuncie el remate y durante éste, se pondrán de manifiesto los...
- Artículo 564. El Juez que ejecuta decidirá de plano cualquiera cuestión que se suscite...
- Artículo 565. El día del remate, a la hora señalada, pasará el Juez personalmente lista de...
- Artículo 566. Calificadas de buenas las posturas, el Juez las leerá en alta voz por sí...
- Artículo 567. DEROGADO
- Artículo 568. No habiendo postor quedará al arbitrio del ejecutante pedir, en el momento...
- Artículo 569. Si en ella tampoco hubiere licitadores, el actor podrá pedir. o la...
- Artículo 570. No conviniendo al ejecutante ninguno de los dos medios expresados en el...
- Artículo 571. Cuando dentro del término expresado en el artículo anterior se mejore la...
- Artículo 572. Si en la tercera subasta se hiciere postura admisible en cuanto al precio,...
- Artículo 573. Cualquiera liquidación que tenga que hacerse de los gravámenes que afecten a...
- Artículo 574. Dentro de los tres días siguientes al que se fincó el remate, las partes...
- Artículo 575. Una vez consignado el precio, se hará saber al deudor que dentro del tercer...
- Artículo 576. Una vez que quede firme el auto que aprueba el remate se dictarán las...
- Artículo 577. Con el precio se pagará al acreedor hasta donde alcance, y si hubiere costas...
- Artículo 578. Si la ejecución se hubiere despachado a instancias de un segundo acreedor...
- Artículo 579. El acreedor que se adjudique la cosa reconocerá a los demás hipotecarios sus...
- Artículo 580. Cuando se hubiere seguido la vía de apremio en virtud de títulos al portador...
- Artículo 581. En los casos a que se refieren los artículos 578 y 580 se cancelarán las...
- Artículo 582. Cuando, conforme a lo prevenido en el artículo 569, el acreedor hubiere...
- Artículo 583. Si en el contrato se ha fijado el precio en que una finca hipotecada haya de...
- Artículo 584. Cuando los bienes, cuyo remate se haya decretado, fueran muebles, se...
- Artículo 585. El Juez ejecutor que reciba exhorto con las inserciones necesarias, conforme...
- Artículo 586. Los jueces ejecutores no podrán oír ni conocer de excepciones, cuando fueren...
- Artículo 587. Si al ejecutar los autos insertos en las requisitorias, se opusiere algún...
- Artículo 588. Los jueces requeridos no ejecutarán las sentencias, más que cuando reunieren...
- Artículo 589. El Juez que reciba despacho u orden de su superior para ejecutar cualquiera...
- Artículo 590. Las sentencias y demás resoluciones judiciales dictadas en países...
- Artículo 591. Solo tendrán fuerza en el Estado las ejecutorias extranjeras que reúnan las...
- Artículo 592. Es competente para ejecutar una sentencia dictada en el extranjero el Juez...
- Artículo 593. Traducida la ejecutoria en la forma prevista en el artículo 325, se...
- Artículo 594. Ni el Juez inferior ni el tribunal superior podrán examinar ni decidir sobre...
- Artículo 595. Las partes tienen el derecho de sujetar sus diferencias al juicio arbitral.
- Artículo 596. El compromiso puede celebrarse antes de que haya juicio, durante éste y...
- Artículo 597. El compromiso puede celebrarse por escritura pública, por escritura privada...
- Artículo 598. Todo el que esté en el pleno ejercicio de sus derechos civiles puede...
- Artículo 599. Los albaceas necesitan del consentimiento unánime de los herederos para...
- Artículo 600. Los síndicos de los concursos sólo pueden comprometer en árbitros con...
- Artículo 601. No se pueden comprometer en árbitros los siguientes negocios: I.- El...
- Artículo 602. El compromiso designará el negocio o negocios que se sujeten a juicio...
- Artículo 603. El compromiso será válido aunque no se fije término del juicio arbitral y en...
- Artículo 604. Durante el plazo del arbitraje los árbitros no podrán ser revocados, sino...
- Artículo 605. Las partes y los árbitros seguirán en el procedimiento los plazos y las...
- Artículo 606. El compromiso produce las excepciones de incompetencia y litispendencia, si...
- Artículo 607. Cuando hay árbitro único, las partes son libres de nombrarle un secretario,...
- Artículo 608. El compromiso termina: I.- Por muerte del árbitro elegido en el...
- Artículo 609. Los árbitros sólo son recusables por las mismas causas que lo fueren los...
- Artículo 610. Siempre que haya de reemplazarse un árbitro se suspenderán los términos...
- Artículo 611. El laudo será firmado por cada uno de los árbitros, y, en caso de haber más...
- Artículo 612. En caso de que los árbitros estuvieren autorizados a nombrar un tercero en...
- Artículo 613. Cuando el tercero en discordia fuere nombrado faltando menos de quince días...
- Artículo 614. Los árbitros decidirán según las reglas del derecho, a menos que, en el...
- Artículo 615. De las recusaciones y excusas de los árbitros conocerá el Juez ordinario,...
- Artículo 616. Los árbitros pueden conocer de los incidentes, sin cuya resolución no fuere...
- Artículo 617. Los árbitros pueden condenar en costas, daños y perjuicios, a las partes, y...
- Artículo 618. Notificado el laudo, se pasarán los autos al Juez ordinario para su...
- Artículo 619. Es competente para todos los actos relativos al juicio arbitral, en lo que...
- Artículo 620. Los jueces ordinarios están obligados a impartir el auxilio de su...
- Artículo 621. La apelación solo será admisible conforme a las reglas del derecho común....
- Artículo 622. El Juez debe compeler a los árbitros a cumplir con sus obligaciones.
- Artículo 623. En toda clase de juicios, cuando se constituya en rebeldía un litigante, no...
- Artículo 624. El litigante será declarado rebelde a petición de parte contraria, a no ser...
- Artículo 625. Los autos que ordenen que un negocio se reciba a prueba o señalen día para...
- Artículo 626. Desde el día en que fué declarado rebelde o quebrantó el arraigo el...
- Artículo 627. La retención se hará en poder de la persona que tenga a su disposición o...
- Artículo 628. El embargo de los inmuebles se hará expidiendo mandamiento, por duplicado,...
- Artículo 629. La retención o embargo practicados a consecuencia de declaración en rebeldía...
- Artículo 630. En el caso en que el emplazamiento se hubiere hecho por edictos, la...
- Artículo 631. Cualquiera que sea el estado del pleito en que el litigante rebelde...
- Artículo 632. Si el litigante rebelde se presenta dentro del término probatorio, tendrá...
- Artículo 633. Si compareciere después del término de ofrecimiento de pruebas en primera...
- Artículo 634. Podrá pedir también que se alce la retención o el embargo de sus bienes,...
- Artículo 635. Siempre que se trate de acreditar el impedimento insuperable, se tramitará...
- Artículo 636. El litigante rebelde a quien haya sido notificado personalmente el...
- Artículo 637. DEROGADO
- Artículo 638. En un juicio seguido por dos o más personas pueden venir uno o más terceros,...
- Artículo 639. La tercería deberá deducirse en los términos prescritos para formular una...
- Artículo 640. Las tercerías que se deduzcan en el juicio sustanciarán en la vía sumaria o...
- Artículo 641. Las tercerías coadyuvantes pueden oponerse en cualquier juicio, sea cual...
- Artículo 642. Los terceros coadyuvantes se consideran asociados con la parte cuyo derecho...
- Artículo 643. El demandado debe denunciar el pleito al obligado a la evicción antes de la...
- Artículo 644. De la primera petición que haga el tercer coadyuvante, cuando venga al...
- Artículo 645. Las tercerías excluyentes de dominio deben de fundarse en el dominio que...
- Artículo 646. La tercería excluyente de preferencia debe fundarse en el mejor derecho que...
- Artículo 647. Con la demanda de tercería excluyente deberá presentarse el título en que se...
- Artículo 648. No ocurrirán en tercerías de preferencia: I.- El acreedor que tenga...
- Artículo 649. El tercer excluyente de crédito hipotecario tiene derecho de pedir que se...
- Artículo 650. Las tercerías excluyentes pueden oponerse en todo negocio, cualquiera que...
- Artículo 651. Las tercerías excluyentes no suspenderán el curso del negocio en que se...
- Artículo 652. Si la tercería fuere de preferencia se seguirán los procedimientos del...
- Artículo 653. Si el actor y el demandado se allanaren a la demanda de la tercería, el...
- Artículo 654. El ejecutado que haya sido declarado en rebeldía en el juicio principal,...
- Artículo 655. Cuando se presenten tres o más acreedores que hicieren oposición, si...
- Artículo 656. Si fueren varios los opositores reclamando el dominio se procederá en...
- Artículo 657. La interposición de una tercería excluyente autoriza al demandante a pedir...
- Artículo 658. Si sólo alguno de los bienes ejecutados fuere objeto de la tercería, los...
- Artículo 659. Si la tercería, cualquiera que sea, se interpone ante un Juez de Paz y el...
- Artículo 660. Cuando ambos consortes convengan en divorciarse, en los términos del último...
- Artículo 661. Hecha la solicitud citará el Tribunal a los cónyuges, al Ministerio Público...
- Artículo 662. Cuando en el matrimonio existan hijos menores de dieciocho años de edad o...
- Artículo 663. El cónyuge persona menor de dieciocho años de edad necesita de un tutor...
- Artículo 664. Los cónyuges no pueden hacerse representar por procurador en la junta a que...
- Artículo 665. En cualquier caso en que los cónyuges dejaren pasar más de tres meses sin...
- Artículo 666. En caso de que el Ministerio Público o el Sistema para el Desarrollo...
- Artículo 667. La sentencia que decrete el divorcio por mutuo consentimiento, es apelable...
- Artículo 668. Ejecutoriada la sentencia de divorcio, el tribunal mandará remitir copia de...
- Artículo 669. Las sentencias no pueden ser revocadas por el Juez que las dicta.
- Artículo 670. Los autos que no fueren apelables y los Decretos pueden ser revocados por el...
- Artículo 671. La revocación debe pedirse por escrito dentro de los tres días siguientes a...
- Artículo 672. De los decretos y autos del tribunal superior, aun de aquellos que dictados...
- Artículo 673. En los juicios que se substancian oralmente y en los sumarios, la revocación...
- Artículo 674. El recurso de apelación tiene por objeto que el superior confirme, revoque o...
- Artículo 675. Pueden apelar: el litigante, si creyere haber recibido algún agravio, los...
- Artículo 676. La parte que venció puede adherirse a la apelación interpuesta al...
- Artículo 677. La apelación se interpondrá por escrito, ante el Juez del conocimiento,...
- Artículo 678. En escrito de apelación el recurrente expresará los agravios, los que serán...
- Artículo 679. Interpuesta una apelación, el Juez, sin substanciación alguna, la admitirá...
- Artículo 680. El recurso de apelación procede en un solo efecto o en ambos efectos. En el...
- Artículo 681. Se admitirán en un solo efecto las apelaciones en los casos en que no se...
- Artículo 682. De las sentencias interlocutorias con fuerza de definitivas, que no...
- Artículo 683. Si la apelación procediera en el solo efecto devolutivo, solo se remitirá al...
- Artículo 684. No se suspenderá la ejecución de la sentencia, auto o providencia apelados,...
- Artículo 685. Admitida la apelación en el solo efecto devolutivo no se ejecutará la...
- Artículo 686. Además de los casos determinados expresamente en la Ley, se admitirán en...
- Artículo 687. Admitida la apelación en ambos efectos, el Juez remitirá los autos...
- Artículo 688. En el caso del artículo anterior se suspenderá la ejecución de la sentencia...
- Artículo 689. Llegados los autos o el testimonio, en su caso, al Tribunal Superior, éste...
- Artículo 690. Admitido el recurso, el superior mandará correr traslado a la parte...
- Artículo 691. DEROGADO
- Artículo 692. Sólo en los escritos de expresión de agravios y contestación de ellos,...
- Artículo 693. Dentro del tercero día , el tribunal resolverá sobre la admisión de las...
- Artículo 694. Sólo podrá otorgarse el recibimiento de prueba en la segunda instancia:...
- Artículo 695. DEROGADO
- Artículo 696. Cuando pida el apelante que se reciban pruebas en la segunda instancia,...
- Artículo 697. En el auto de calificación de pruebas la Sala podrá optar por recibirlas en...
- Artículo 698. Contestados los agravios o perdido el derecho de hacerlo, si no se hubiera...
- Artículo 699. DEROGADO
- Artículo 700. La apelación interpuesta en los juicios sumarios, solo se admitirán en el...
- Artículo 701. En las apelaciones en materia sumaria, solo será admisible la prueba...
- Artículo 701 bis. El recurso interpuesto en contra de las determinaciones de la Procuraduría...
- Artículo 702. La revisión de las sentencias recaídas en los juicios sobre nulidad de...
- Artículo 703. DEROGADO
- Artículo 704. DEROGADO
- Artículo 705. DEROGADO
- Artículo 706. DEROGADO
- Artículo 707. DEROGADO
- Artículo 708. DEROGADO
- Artículo 709. El recurso de queja tiene lugar: I.- Contra el Juez que se niega a...
- Artículo 710. Se da el recurso de queja en contra de los ejecutores y secretarios por ante...
- Artículo 711. El recurso de queja contra el Juez se interpondrá dentro de los tres días...
- Artículo 712. Si la queja no está apoyada por hecho cierto, o no estuviere fundada en...
- Artículo 713. El recurso de queja contra los jueces sólo procede en las causas apelables,...
- Artículo 714. La responsabilidad civil en que puedan incurrir jueces y magistrados cuando...
- Artículo 715. No podrá promoverse demanda de responsabilidad civil, sino hasta que queda...
- Artículo 716. Cuando la demanda se dirija contra un Juez de Paz, cualquiera que sea su...
- Artículo 717. Las Salas del Tribunal Superior conocerán, en primera y única instancia, de...
- Artículo 718. El Tribunal Pleno conocerá de dichas demandas, en primera y única instancia,...
- Artículo 719. La demanda de responsabilidad debe entablarse dentro del año siguiente al...
- Artículo 720. No podrá entablar el juicio de responsabilidad civil contra un funcionario...
- Artículo 721. Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificación o...
- Artículo 722. La sentencia que absuelva de la demanda de responsabilidad civil condenará...
- Artículo 723. En ningún caso la sentencia pronunciada en el juicio de responsabilidad...
- Artículo 724. El concurso del deudor no comerciante puede ser voluntario o necesario. Es...
- Artículo 725. Declarado el concurso, el Juez resolverá: I.- Notificar, personalmente...
- Artículo 726. El deudor puede oponerse al concurso necesario dentro del tercero día de su...
- Artículo 727. Los acreedores, aun los garantizados con privilegio, hipoteca o prenda,...
- Artículo 728. El concursado que hubiere hecho cesión de bienes no podrá pedir la...
- Artículo 729. El concursado, en el caso de concurso forzoso, deberá presentar al juzgado,...
- Artículo 730. Todo acreedor podrá, hasta tres días antes de la fecha designada para la...
- Artículo 731. La junta de rectificación y graduación será presidida por el Juez,...
- Artículo 732. Si el Síndico no presentare el informe al principiar la junta, perderá el...
- Artículo 733. El acreedor cuyo crédito no resultare del estado, libros o papeles del...
- Artículo 734. Los acreedores podrán hacerse representar por apoderado o procurador, siendo...
- Artículo 735. Si el crédito no es objetado por el síndico, por el concursado, acreedor o...
- Artículo 736. Si uno o más de los créditos admitidos por la mayoría, fuesen objetados por...
- Artículo 737. Los acreedores que no presenten los documentos justificativos de sus...
- Artículo 738. Si en la primera reunión no fuere posible rectificar todos los créditos...
- Artículo 739. En la misma junta, una vez terminada la rectificación y graduación, los...
- Artículo 740. Después de esta junta y en ausencia de convenios, resueltas las apelaciones...
- Artículo 741. El producto de los bienes se distribuirá proporcionalmente entre los...
- Artículo 742. El acreedor hipotecario, el prendario y el que tenga privilegio especial...
- Artículo 743. Cuando se hubiere pagado íntegramente a los acreedores, celebrado convenio o...
- Artículo 744. Los acreedores listados en el estado del deudor o que presentaren sus...
- Artículo 745. Cuando al hacerse una cesión de bienes sólo hubiese acreedores hipotecarios,...
- Artículo 746. Aceptado el cargo por el síndico, se le pondrá, bajo inventario, desde el...
- Artículo 747. El síndico es el administrador de los bienes del concurso, debiendo...
- Artículo 748. No puede ser síndico el pariente del concursado o del Juez dentro del cuarto...
- Artículo 749. El síndico deberá otorgar fianza dentro de los primeros quince días que...
- Artículo 750. Si el síndico provisional comprendiere que hay necesidad de realizar...
- Artículo 751. El síndico deberá presentar del primero al diez de cada mes, en cuaderno por...
- Artículo 752. El síndico será removido de plano, si dejare de rendir la cuenta mensual o...
- Artículo 753. El deudor es parte para litigar en los incidentes relativos a la...
- Artículo 754. El deudor de buena fe tiene derecho a alimentos, cuando el valor de los...
- Artículo 755. Luego que el tribunal tenga conocimiento de la muerte de una persona...
- Artículo 756. Las medidas urgentes para la conservación de los bienes, que el Juez debe...
- Artículo 757. Si pasados diez días de la muerte del autor de la sucesión, no se presenta...
- Artículo 758. El interventor recibirá los bienes por inventario y tendrá el carácter de...
- Artículo 759. El interventor cesará en su encargo luego que se nombre o se dé a conocer el...
- Artículo 760. Al promoverse el juicio sucesorio debe presentarse la partida de defunción...
- Artículo 761. Cuando, con fundamento en la declaración de ausencia o presunción de muerte...
- Artículo 762. En los juicios sucesorios en que haya herederos o legatarios que sean...
- Artículo 763. En las sucesiones de extranjeros, se dará a los cónsules o agentes...
- Artículo 764. Son acumulables a los juicios testamentarios y a los intestados: I.-...
- Artículo 765. En los juicios sucesorios el Ministerio Público representará a los herederos...
- Artículo 766. La intervención que debe tener el representante del fisco será determinada...
- Artículo 767. El albacea manifestará, dentro de tres días de hacérsele saber el...
- Artículo 768. Iniciado el juicio y siendo los herederos mayores de edad, podrán, después...
- Artículo 769. En todo juicio sucesorio se formarán cuatro secciones compuestas de los...
- Artículo 770. La primera sección se llamará de sucesión y contendrá en sus respectivos...
- Artículo 771. La sección segunda se llamará de inventarios, y contendrá: I.- El...
- Artículo 772. La tercera sección se llamará de administración, y contendrá: I.- Todo...
- Artículo 773. La cuarta sección se llamará de partición, y contendrá: I.- El proyecto...
- Artículo 774. Si durante la tramitación de un intestado apareciere el testamento, se...
- Artículo 775. El que promueva el juicio de testamentaría debe de presentar el testamento...
- Artículo 776. La junta se verificará dentro de los ocho días siguientes a la citación, si...
- Artículo 777. Si no se conociere el domicilio de los herederos y éstos estuvieren fuera...
- Artículo 778. Si hubiere herederos que sean personas menores de dieciocho años de edad o...
- Artículo 779. Respecto del declarado ausente se entenderá la citación con el que fuere su...
- Artículo 780. Se citará también al Ministerio Público para que represente a los herederos...
- Artículo 781. Si el tutor o cualquier representante legítimo de algún heredero que...
- Artículo 782. Si el testamento no es impugnado ni se objeta la capacidad de los...
- Artículo 783. En la junta prevenida por el artículo 775 podrán los herederos nombrar...
- Artículo 784. Al promoverse un intestado justificará el denunciante el parentesco o lazo...
- Artículo 785. El Juez tendrá por radicada la sucesión y mandará notificarlo, por cédula o...
- Artículo 786. Los herederos ab-intestato que sean descendientes del finado podrán obtener...
- Artículo 787. Dicha información se practicará con citación del Ministerio Público, quien...
- Artículo 788. Practicadas las diligencias antes dichas, haya o no pedimento del Ministerio...
- Artículo 789. El mismo procedimiento establecido en los tres artículos que preceden se...
- Artículo 790. Hecha la declaración de herederos de acuerdo con los artículos precedentes,...
- Artículo 791. Si ninguno de los pretendientes hubiere sido declarado heredero, continuará...
- Artículo 792. Si la declaración de herederos la solicitaren parientes colaterales, dentro...
- Artículo 793. Transcurrido el término de los edictos, a contar desde el día siguiente de...
- Artículo 794. Si dentro del mes de iniciado el juicio sucesorio no se presentaren...
- Artículo 795. Los que comparezcan a consecuencia de dichos llamamientos, deberán expresar,...
- Artículo 796. Si a consecuencia de dichos llamamientos se presentare un aspirante o varios...
- Artículo 797. La declaración de herederos de un intestado surte el efecto de tener por...
- Artículo 798. Después de los plazos a que se refieren los artículos 792 y 794 no serán...
- Artículo 799. Al albacea se le entregarán los bienes sucesorios, así como los libros y...
- Artículo 800. Si no se hubiere presentado ningún aspirante a la herencia antes o después...
- Artículo 801. Dentro de diez días de haber aceptado su cargo, el albacea debe proceder a...
- Artículo 802. El inventario se practicará por el actuario del Juzgado o por un notario...
- Artículo 803. Deben ser citados, por correo, para la formación del inventario, el cónyuge...
- Artículo 804. Los herederos, dentro de los diez días que sigan a la declaración o...
- Artículo 805. El escribano o el albacea, en su caso, procederá, en el día señalado, con...
- Artículo 806. La diligencia o diligencias de inventario serán firmadas por todos los...
- Artículo 807. El perito designado valuará todos los bienes inventariados.
- Artículo 808. Los títulos y acciones que se coticen en la bolsa de comercio podrán...
- Artículo 809. Practicados el inventario y avalúo serán agregados a los autos y se pondrán...
- Artículo 810. Si transcurriese ese término sin haberse hecho oposición, el Juez los...
- Artículo 811. Si los que dedujeron oposición no asistieron a la audiencia, se les tendrá...
- Artículo 812. Si los reclamantes fueren varios e idénticas sus oposiciones, deberán...
- Artículo 813. Si las reclamaciones tuvieron por objeto impugnar simultáneamente el...
- Artículo 814. El inventario hecho por el albacea o por heredero aprovecha a todos los...
- Artículo 815. Si pasados los términos que señala el artículo 801, el albacea no promoviere...
- Artículo 816. Los gastos de inventario y avalúo son a cargo de la herencia, salvo que el...
- Artículo 817. El cónyuge supérstite tendrá la posesión y administración de los bienes de...
- Artículo 818. En el caso del artículo anterior, la intervención del albacea se concretará...
- Artículo 819. Si la falta de herederos de que trata el artículo 1574 del Código Civil...
- Artículo 820. Si la falta de herederos depende de incapacidad legal del nombrado o de...
- Artículo 821. Si por cualquier motivo no hubiere albacea después de un mes de iniciado el...
- Artículo 822. El interventor no puede deducir en juicio las acciones que por razón de...
- Artículo 823. El interventor tendrá el dos por ciento del importe de los bienes, si no...
- Artículo 824. El Juez abrirá la correspondencia que venga dirigida al difunto, en...
- Artículo 825. Todas las disposiciones relativas al interventor regirán respecto del...
- Artículo 826. Durante la substanciación del juicio sucesorio no se podrán enajenar los...
- Artículo 827. Los libros de cuentas y papeles del difunto se entregarán al albacea, y,...
- Artículo 828. Si nadie se hubiere presentado alegando derecho a la herencia, o no hubieren...
- Artículo 829. Aprobados el inventario y el avalúo de los bienes y terminados todos los...
- Artículo 830. El interventor, el cónyuge en el caso del artículo 817 y el albacea, ya sea...
- Artículo 831. Las cantidades que resulten líquidas se depositarán a disposición del...
- Artículo 832. La garantía otorgada por el interventor y el albacea no se cancelará, sino...
- Artículo 833. Cuando el que administre no rinda, dentro del término legal, su cuenta...
- Artículo 834. Cuando no alcancen los bienes para pagar las deudas y legados, el albacea...
- Artículo 835. Concluídas las operaciones de liquidación, dentro de los ocho días...
- Artículo 836. Presentada la cuenta mensual, anual o general de administración, se mandará...
- Artículo 837. Si todos los interesados aprobaran la cuenta, o no la impugnaren, el Juez la...
- Artículo 838. Concluído y aprobado el inventario, el albacea procederá a la liquidación de...
- Artículo 839. El albacea, dentro de los quince días de aprobado el inventario, presentará...
- Artículo 840. Presentado el proyecto, mandará el Juez ponerlo a la vista de los...
- Artículo 841. Cuando los productos de los bienes variaren de bimestre a bimestre, el...
- Artículo 842. Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días...
- Artículo 843. Será separado de plano el albacea en los siguientes casos: 1o.- Si no...
- Artículo 844. Tienen derecho a pedir la partición de la herencia: 1o.- El heredero...
- Artículo 845. Cuando el albacea no haga la partición por si mismo promoverá, dentro del...
- Artículo 846. El Juez pondrá a disposición del partidor los autos y, bajo inventario, los...
- Artículo 847. El partidor pedirá a los interesados las instrucciones que juzgue necesarias...
- Artículo 848. El proyecto de partición se sujetará, en todo caso, a la designación de...
- Artículo 849. Concluido el proyecto de partición, el Juez lo mandará poner a la vista de...
- Artículo 850. Si se dedujese oposición contra el proyecto, se substanciará en forma...
- Artículo 851. Todo legatario de cantidad tiene derecho de pedir que se le aplique en pago...
- Artículo 852. Pueden oponerse a que se lleve a efecto la partición: I.- Los...
- Artículo 853. La adjudicación de bienes hereditarios se otorgará con las formalidades que,...
- Artículo 854. La escritura de partición, cuando haya lugar a su otorgamiento, deberá...
- Artículo 855. La sentencia que apruebe o repruebe la partición es apelable en ambos...
- Artículo 856. En todo lo relativo a la sucesión de los bienes del patrimonio familiar se...
- Artículo 857. Cuando todos los herederos fueren mayores de edad y hubieren sido...
- Artículo 858. El albacea, si lo hubiere y los herederos exhibiendo la partida de...
- Artículo 859. Practicado el inventario por el albacea, y estando conformes con él todos...
- Artículo 860. Formado por el albacea, con la aprobación de los herederos, el proyecto de...
- Artículo 861. Cuando todos los herederos fueren mayores de edad y hubieren sido...
- Artículo 862. Derogado
- Artículo 863. Derogado
- Artículo 864. Derogado
- Artículo 865. Derogado
- Artículo 866. Derogado
- Artículo 867. Derogado
- Artículo 868. Derogado
- Artículo 869. Derogado
- Artículo 870. Derogado
- Artículo 871. Derogado
- Artículo 872. Derogado
- Artículo 873. Derogado
- Artículo 874. Derogado
- Artículo 875. Derogado
- Artículo 876. El testamento hecho en país extranjero será válido por el juez competente,...
- Artículo 877. Derogado
- Artículo 878. La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que, por disposición...
- Artículo 879. Cuando fuere necesaria la audiencia de alguna persona, se le citará conforme...
- Artículo 880. Se oirá precisamente al Ministerio Público: I.- Cuando la...
- Artículo 881. Si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima, se seguirá el...
- Artículo 882. El Juez podrá variar o modificar las providencias que dictare, sin sujeción...
- Artículo 883. Las providencias de jurisdicción voluntaria serán apelables, en ambos...
- Artículo 884. La substanciación de las apelaciones en jurisdicción voluntaria se ajustará...
- Artículo 885. Toda cuestión que surja en los negocios a que se refrieren los capítulos...
- Artículo 886. En los negocios de personas menores de dieciocho años de edad o...
- Artículo 887. Ninguna tutela puede conferirse sin que previamente se haga la declaración...
- Artículo 888. Si a la petición de la declaración de minoría de edad se acompaña la...
- Artículo 889. La declaración de incapacidad por causa de demencia que no resulte declarada...
- Artículo 890. En el juicio sumario a que se refiere el artículo anterior se observarán las...
- Artículo 891. Todo tutor, cualquiera que sea su clase, debe aceptar previamente y prestar...
- Artículo 892. La persona podrá oponerse al nombramiento de tutor hecho por la persona que...
- Artículo 893. Siempre que el tutor nombrado no reúna los requisitos que la ley exige para...
- Artículo 894. En el Tribunal Superior de Justicia, bajo el cuidado y responsabilidad del...
- Artículo 895. Dentro de los ocho primeros días de cada año, en audiencia pública con...
- Artículo 896. En todos los casos de impedimento, separación o excusa del curador...
- Artículo 897. Sobre la rendición y aprobación de cuentas de los tutores, regirán las...
- Artículo 898. Cuando del examen de las cuentas resulten motivos graves para sospechar...
- Artículo 899. Los tutores y curadores no pueden ser removidos ni excusarse por acto de...
- Artículo 900. Será necesaria licencia judicial para la venta de los bienes que pertenezcan...
- Artículo 901. Para decretar la venta de bienes se necesita que al pedirse se expresen el...
- Artículo 902. Respecto de las alhajas y muebles preciosos, el Juez determinará si conviene...
- Artículo 903. Para la venta de acciones y títulos de renta se concederá la autorización...
- Artículo 904. El precio de la venta se entregará al tutor si las fianzas o garantías...
- Artículo 905. Para la venta de los bienes inmuebles del hijo, o de los muebles preciosos,...
- Artículo 906. Para recibir dinero prestado en nombre de la persona persona menor de...
- Artículo 907. Lo dispuesto en los artículos que preceden se aplicará al gravamen y...
- Artículo 908. El que pretende adoptar, deberá manifestar y acompañar a la promoción...
- Artículo 908 bis. La Procuraduría para la Defensa de las personas menores de dieciocho años de...
- Artículo 908 ter. Se deroga
- Artículo 909. Rendidas las justificaciones que se exigen en el artículo anterior y...
- Artículo 910. Cuando el adoptado y el adoptante pidan que la adopción simple sea revocada,...
- Artículo 911. La impugnación de la adopción y su revocación, en los casos de los artículos...
- Artículo 911 bis. Cuando el adoptante o adoptantes soliciten la conversión de la adopción...
- Artículo 912. La información ad perpétuam podrá decretarse cuando no tenga interés más que...
- Artículo 913. El Juez está obligado a ampliar el examen de los testigos con las preguntas...
- Artículo 914. Si los testigos no fueren conocidos del Juez o del secretario, la parte...
- Artículo 915. Las informaciones se protocolizarán en el protocolo del notario que designe...
- Artículo 916. En ningún caso se admitirán en jurisdicción voluntaria, informaciones de...
- Artículo 917. El apeo o deslinde tiene lugar siempre que no se hayan fijado los límites...
- Artículo 918. Tiene derecho para promover el apeo: I.- El propietario; II.- El...
- Artículo 919. La petición de apeo debe contener: I.- El nombre y ubicación de la...
- Artículo 920. Hecha la promoción, el Juez la mandará hacer saber a los colindantes para...
- Artículo 921. El día y hora señalados, el Juez acompañado del secretario, peritos,...
- Artículo 922. Los gastos generales de apeo se harán por el que lo promueva. Los que...
- Artículo 923. Se tramitará en la forma de incidente que habrá de seguirse con el...
- Artículo 924. Podrá decretarse el depósito: I.- De menores con incapacidad que...
- Artículo 925. Todos los problemas inherentes a la familia se consideran de orden público,...
- Artículo 926. El Juez de lo familiar estará facultado para intervenir de oficio en los...
- Artículo 926 bis. En el caso del concebido fuera de matrimonio o de concubinato, la mujer...
- Artículo 926 ter. En los juicios del orden familiar el juzgador podrá ordenar la separación y...
- Artículo 927. En todos los asuntos de orden familiar en los que exista controversia entre...
- Artículo 928. La audiencia a que se refiere el artículo anterior, se sujetara a las reglas...
- Artículo 929. No se requieren formalidades especiales para acudir ante el Juez de lo...
- Artículo 930. Podrá acudirse al Juez de lo Familiar, por escrito o por comparecencia...
- Artículo 931. En la audiencia, las partes aportarán las pruebas que así procedan y que...
- Artículo 932. La audiencia se practicará con o sin asistencia de las partes. El Juez, para...
- Artículo 933. El Juez y las partes podrán interrogar a los testigos con relación a los...
- Artículo 934. La audiencia se llevará a cabo dentro de los quince días contados a partir...
- Artículo 935. Si por cualquier circunstancia la audiencia no puede celebrarse, ésta se...
- Artículo 936. La sentencia se pronunciará de manera breve y concisa, en el mismo momento...
- Artículo 937. La sentencia que se dicte, será apelable en el efecto devolutivo, debiendo...
- Artículo 938. Las resoluciones sobre alimentos que fueren apeladas, se ejecutarán sin...
- Artículo 939. La recusación con causa o sin ella no podrá impedir que el Juez adopte las...
- Artículo 940. Ninguna excepción dilatoria podrá impedir que se adopten las medidas a que...
- Artículo 941. Los incidentes se decidirán con un escrito de cada parte y sin suspensión...
- Artículo 942. En todo lo no previsto en este Capítulo, regirán las reglas generales de...
- Artículo 943. En el Estado de Baja California habrá los Juzgados de Paz que determine la...
- Artículo 944. Conocerán los Jueces de Paz, de los juicios cuya cuantía se señale por el...
- Artículo 945. Si se dudare del valor de la cosa demandada o del interés del pleito, antes...
- Artículo 946. Cuando el Juez, en cualquier estado del negocio, encuentre que éste no es de...
- Artículo 947. Cada juzgado conocerá de los negocios relativos a predios ubicados dentro de...
- Artículo 948. Cuando el Juez de Paz recibiere inhibitoria de otro Juzgado en que se...
- Artículo 949. A petición del actor se citará al demandado para que comparezca dentro del...
- Artículo 950. La cita del emplazamiento se enviará al demandado por medio del Comisario...
- Artículo 951. El Comisario o gendarme que lleve la cita se cerciorará de que el demandado...
- Artículo 952. Cuando no se conociere el lugar en que el demandado viva o tenga el...
- Artículo 953. El actor tiene el derecho de acompañar al comisario o al gendarme que lleve...
- Artículo 954. Las citas se extenderán en esqueletos impresos tomados de libros talonarios....
- Artículo 955. El comisario o gendarme que entregue la cita recogerá, en una libreta...
- Artículo 956. En los casos a que se refiere el artículo 952, el recibo se firmará por la...
- Artículo 957. Los peritos, testigos y, en general, terceros que no constituyan parte,...
- Artículo 958. Cuando se presente como actor o como reo alguien que no sea personalmente...
- Artículo 959. Si al anunciarse el despacho del negocio no estuviere presente el actor y si...
- Artículo 960. Si al ser llamado a contestar la demanda no estuviere presente el demandado,...
- Artículo 961. Si al anunciarse el despacho del negocio no estuvieren presentes el actor ni...
- Artículo 962. Concurriendo al juzgado las partes, en virtud de la citación, se abrirá la...
- Artículo 963. Las sentencias se dictarán a verdad sabida, sin necesidad de sujetarse a las...
- Artículo 964. Debe el Juez observar escrupulosamente lo dispuesto por el Artículo 143 de...
- Artículo 965. Contra las resoluciones pronunciadas por los Jueces de Paz no se dará más...
- Artículo 966. Los jueces de paz tienen obligación de proveer a la eficaz e inmediata...
- Artículo 967. El secuestro podrá recaer en toda clase de muebles, con excepción de los...
- Artículo 968. La elección de los bienes en que hubiere de recaer el secuestro será hecha...
- Artículo 969. Si no se hallare el condenado en su habitación, despacho, taller o...
- Artículo 970. En caso necesario, previa orden especial y escrita del Juez, se podrán...
- Artículo 971. Si el secuestro recayere en créditos o rentas, la ejecución consistirá en...
- Artículo 972. El remate de bienes muebles se hará en la forma que determina el artículo...
- Artículo 973. Si atendidas las circunstancias y la naturaleza de los bienes, el Juez...
- Artículo 974. Todos los actos del ejecutor serán revisables, sea de oficio o a petición de...
- Artículo 975. Cuando la sentencia condene a entregar cosa determinada, para obtener su...
- Artículo 976. Si la sentencia condena a hacer, el Juez señalará al que fué condenado, un...
- Artículo 977. El tercero que considere perjudicados sus derechos al ejecutar la sentencia,...
- Artículo 978. Los juicios de desocupación de predios o localidades arrendados se...
- Artículo 979. Las cuestiones incidentales que se susciten ante los jueces de paz, se...
- Artículo 980. Las promociones de nulidad de actuaciones por falta o defecto de citación o...
- Artículo 981. Las disposiciones de este título se aplicarán también en los juicios sobre...
- Artículo 982. En los negocios de la competencia de los Juzgados de Paz, únicamente se...
- Artículo 983. Ante los jueces de paz no será necesaria la intervención de abogados ni se...
- Artículo 984. El despacho de los juzgados de paz se regirá por lo establecido en la Ley...
- Artículo 985. Las audiencias serán públicas. Si en la hora señalada para una audiencia no...
- Artículo 986. Para cada asunto se formará un breve expediente con los documentos relativos...
- Artículo 987. Los documentos y objetos presentados por las partes, les serán devueltos al...
- Artículo 988. Para la facilidad y rapidez en el despacho, las citas, órdenes, actas y...
- Artículo 989. Los Jueces de paz no son recusables; pero deben excusarse cuando estén...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos
Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer
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