Código de Procedimientos Civiles Estado de Nuevo León
Código de Procedimientos Civiles Estado de Nuevo León
- Artículo 1. Las acciones civiles se harán valer ante los tribunales conforme a las...
- Artículo 2. Ninguna acción puede intentarse si no se acompaña el título legal que la...
- Artículo 3. Intentada una acción y hecho el emplazamiento, la demanda no podrá...
- Artículo 4. Cuando haya varias acciones contra una misma persona, respecto de una misma...
- Artículo 5. A nadie puede obligarse a intentar o proseguir una acción contra su...
- Artículo 6. El ejercicio de la acción motiva la iniciación del procedimiento aún cuando...
- Artículo 7. El demandado al contestar la demanda, opondrá todas las excepciones o...
- Artículo 8. Todas las excepciones se resolverán en la sentencia definitiva, salvo las...
- Artículo 9. Todo el que, conforme a la Ley, esté en pleno ejercicio de sus derechos...
- Artículo 10. El que no estuviere presente en el lugar del juicio, ni tuviere persona que...
- Artículo 11. En el caso del artículo anterior si se presentare por el ausente una persona...
- Artículo 12. La gestión judicial es admisible para representar al actor o al demandado....
- Artículo 13. El gestor judicial antes de ser admitido debe dar fianza de que el...
- Artículo 14. El fiador del gestor judicial renunciará todos los beneficios legales,...
- Artículo 15. Siempre que dos o más personas ejerciten una misma acción u opongan la misma...
- Artículo 16. Mientras continúe el procurador o representante común en su encargo, los...
- Artículo 17. Si durante el juicio falleciere alguna de las partes, se suspenderá el...
- Artículo 18. Para la tramitación y resolución de los asuntos ante los tribunales...
- Artículo 19. Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en castellano,...
- Artículo 20. En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas ni se rasparán...
- Artículo 21. Las actuaciones judiciales que consten por escrito, deberán ser firmadas...
- Artículo 22. Las audiencias en los negocios serán públicas, exceptuándose las que se...
- Artículo 23. Los magistrados, jueces o secretarios presidirán todos los actos de prueba,...
- Artículo 24. Los magistrados, sin embargo, podrán cometer a los jueces de primera...
- Artículo 25. Todas las diligencias o notificaciones que hayan de practicarse por el...
- Artículo 26. Las actuaciones que hayan de efectuarse fuera de la jurisdicción del...
- Artículo 27. Los Jueces y Magistrados tienen el deber de mantener el buen orden y de...
- Artículo 28. También podrá el Superior Tribunal y los jueces imponer, por resolución...
- Artículo 29. Se entenderá por corrección disciplinaria: I.- El apercibimiento o...
- Artículo 30. Dentro de los tres días contados a partir del que se hubiere hecho saber una...
- Artículo 31. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son...
- Artículo 32. Los documentos que presenten las partes podrán devolvérseles, vencido el...
- Artículo 33. Los interesados pueden presentar una copia simple de sus escritos, a fin de...
- Artículo 34. El Secretario dará cuenta de las promociones recibidas por escrito o...
- Artículo 35. Los secretarios y testigos de asistencia, en su caso, foliarán los autos,...
- Artículo 36. Por ningún motivo se entregarán los autos a las partes, sus representantes o...
- Artículo 37. Los autos que se perdieren serán repuestos a costa del que fuere responsable...
- Artículo 38. Nunca, por ningún motivo se entregarán los autos en confianza. El...
- Artículo 39. Las copias o testimonios de documentos que existan en los archivos o...
- Artículo 40. Las copias certificadas de constancias judiciales serán autorizadas por el...
- Artículo 41. Los tribunales no admitirán recursos ni promociones, presentados por escrito...
- Artículo 42. Los magistrados y los jueces para hacer cumplir sus determinaciones, pueden...
- Artículo 43. La nulidad de una actuación debe reclamarse en la actuación subsecuente,...
- Artículo 44. Los magistrados, Procurador de Justicia en el Estado y jueces propietarios...
- Artículo 45. Los exhortos que se reciban en el Estado, se proveerán dentro de las...
- Artículo 46. En los despachos o exhortos no se requiere la legalización de las firmas del...
- Artículo 47. Los exhortos que se remitan al extranjero o se reciban de él, se sujetarán,...
- Artículo 48. Pueden los tribunales acordar que los exhortos y despachos que manden...
- Artículo 49. Para la consecución de la verdad y de la justicia, que constituyen interés...
- Artículo 50. En los casos del artículo anterior, si el negocio se encuentra ya en estado...
- Artículo 51. Las resoluciones son: I.- Simples determinaciones de trámite y entonces...
- Artículo 52. Los autos y decretos deben dictarse dentro de cuarenta y ocho horas después...
- Artículo 53. Los jueces y tribunales no podrán, bajo ningún pretexto, aplazar, dilatar ni...
- Artículo 54. Los autos y las sentencias serán pronunciadas necesariamente dentro del...
- Artículo 55. Queda expresamente prohibido dictar otros trámites que los que para cada...
- Artículo 56. Los términos judiciales empezarán a correr el día siguiente al en que...
- Artículo 57. Cuando fueren varias las partes y el término fuere común a todas ellas, éste...
- Artículo 58. En ningún término se contarán los días en que no puedan practicarse...
- Artículo 59. Una vez concluidos los términos fijados a las partes, sin necesidad de que...
- Artículo 60. Todos los términos judiciales señalados en este Código son improrrogables,...
- Artículo 61. Si se emplaza a un demandado por edicto y se sacaren las copias del traslado...
- Artículo 62. Siempre que la práctica de un acto judicial requiera citación de personas...
- Artículo 63. Para fijar la duración de los términos, los meses se regularán por el número...
- Artículo 64. Cuando la Ley no señale término para la práctica de un acto judicial o para...
- Artículo 65. Las notificaciones, citaciones y emplazamientos, se efectuarán lo más tarde...
- Artículo 66. Para la validez de la notificación no se requiere el consentimiento del...
- Artículo 67. El auto en que se mande hacer la notificación expresará la materia u objeto...
- Artículo 68. Todos los litigantes en el primer escrito que presenten o en la primera...
- Artículo 69. El emplazamiento del demandado, y salvo los casos determinados en la Ley,...
- Artículo 70. El instructivo a que se refiere el artículo anterior se entregará a los...
- Artículo 71. También se harán personalmente, las notificaciones de los autos en que se...
- Artículo 72. Si se probare que quien debió hacer la notificación no la hizo...
- Artículo 73. La primera notificación a la persona cuyo lugar de residencia o habilitación...
- Artículo 74. Cuando haya que notificarse por primera vez a una persona residente en otro...
- Artículo 75. Practicada la primera notificación en la forma prevenida por los Artículos...
- Artículo 76. Si las partes o sus representantes no concurren al Juzgado o Tribunal en los...
- Artículo 77. Es obligación de los secretarios, o de los jueces cuando actúen con testigos...
- Artículo 78. Las notificaciones o citaciones se entenderán directamente con las personas...
- Artículo 79. Cuando se trate de citar a peritos, terceros que sirvan de testigos y...
- Artículo 80. Cuando se trate de citar testigos, peritos o terceros que no constituyan...
- Artículo 81. Las notificaciones que se hicieren en forma distinta a la prevenida en este...
- Artículo 82. El incidente a que se refiere el artículo anterior se tramitará por...
- Artículo 83. Se entienden tácitamente consentidas las notificaciones indebidamente...
- Artículo 84. Las resoluciones judiciales no se tendrán por consentidas, sino cuando...
- Artículo 85. Por el solo hecho de oír la notificación no se pierde el derecho de...
- Artículo 86. Las infracciones cometidas al realizar notificaciones se castigarán con una...
- Artículo 87. Lo prevenido en este Capítulo se observará siempre que la ley no disponga...
- Artículo 88. Por ningún acto judicial se cobrarán costas, ni aun cuando se actuare con...
- Artículo 89. Cada parte será inmediatamente responsable de las costas que originen las...
- Artículo 90. En toda sentencia definitiva o interlocutoria dictada en asuntos de carácter...
- Artículo 91. Siempre serán condenados en costas: el litigante que no obtenga resolución...
- Artículo 92. Si sólo se obtuviere parte de lo demandado y sólo hubiere, en consecuencia,...
- Artículo 93. El Superior Tribunal de Justicia al confirmar, revocar o reformar las...
- Artículo 94. La condenación en costas no comprenderá los honorarios y gastos ocasionados...
- Artículo 95. Sean cuales fueren los trabajos ejecutados y los gastos expensados en el...
- Artículo 96. Las costas por honorarios serán reguladas conforme al arancel respectivo. Si...
- Artículo 97. Las costas serán reguladas por la parte a cuyo favor se hubieren declarado,...
- Artículo 98. Toda demanda o gestión debe interponerse ante juez competente
- Artículo 99. La competencia de los tribunales se determinará por la materia, la cuantía,...
- Artículo 100. Cuando en el lugar donde se inició un juicio o un procedimiento en...
- Artículo 101. Si el juez deja de conocer por recusación o excusa, la substitución operará...
- Artículo 102. Ningún juez puede sostener competencia con un tribunal superior bajo cuya...
- Artículo 103. El tribunal que reconozca la jurisdicción de otro por providencia expresa,...
- Artículo 104. Las partes pueden desistirse de seguir sosteniendo la competencia de un...
- Artículo 105. La competencia por razón del territorio es la única que se puede prorrogar.
- Artículo 106. Es juez competente aquél al que los litigantes se hubieren sometido expresa...
- Artículo 107. Hay sumisión expresa cuando los interesados renuncian clara y...
- Artículo 108. Se entienden sometidos tácitamente: I.- El demandante por el hecho de...
- Artículo 109. Es nulo lo actuado por el juez que fuere declarado incompetente, salvo:...
- Artículo 110. La nulidad a que se refiere el artículo anterior es de pleno derecho y, por...
- Artículo 111. Es juez competente: I.- El del lugar que el deudor haya designado para...
- Artículo 112. Para determinar la competencia por razón de la cuantía del negocio, se...
- Artículo 113. En las contiendas sobre propiedad o posesión de un inmueble, la competencia...
- Artículo 114. De las cuestiones sobre estado o capacidad de las personas, sea cual fuere...
- Artículo 115. En la reconvención, es juez competente el que lo sea para conocer de la...
- Artículo 116. Las cuestiones de tercería deben substanciarse y decidirse por el juez que...
- Artículo 117. Para los actos preparatorios del juicio, será competente el juez que lo...
- Artículo 118. Cualquier cuestión jurisdiccional no comprendida en el presente Capítulo o...
- Artículo 119. Las cuestiones de competencia podrán promoverse por inhibitoria o por...
- Artículo 120. Si por los documentos que se hubieren presentado o por otras constancias de...
- Artículo 121. Cuando dos o más jueces se nieguen a conocer de determinado asunto, la parte...
- Artículo 122. El juez ante quien se promueva la inhibitoria mandará librar oficio...
- Artículo 123. El litigante que hubiere optado por uno de los dos medios de promover una...
- Artículo 124. Las cuestiones de competencia no suspenden el procedimiento principal.
- Artículo 125. Derogado
- Artículo 126. Las competencias que se susciten entre dos de las Salas del Tribunal...
- Artículo 127. Las competencias suscitadas entre un Juez de Primera Instancia y otro menor...
- Artículo 128. Las competencias entre los jueces menores o locales de las municipalidades...
- Artículo 129. Derogado
- Artículo 130. Contra la resolución que decida toda competencia no habrá recurso alguno.
- Artículo 130 bis. Son excepciones procesales las siguientes: I. La incompetencia del...
- Artículo 130 bis 1. La excepción de litispendencia procede cuando un juez conoce ya de un juicio...
- Artículo 130 bis 2. La excepción de conexidad de la causa, se tramitará conforme con el...
- Artículo 130 bis 3. En la excepción de falta de personalidad del actor, o en la objeción que se...
- Artículo 130 bis 4. Todas las excepciones procesales que tenga el demandado debe hacerlas valer...
- Artículo 130 bis 5. Cuando se declare la improcedencia de la vía, se sobreseerá el juicio,...
- Artículo 130 bis 6. El efecto de la procedencia de las excepciones de falta de cumplimiento del...
- Artículo 130 bis 7. Cuando en este Código no se señale un procedimiento especial,...
- Artículo 130 bis 8. En las excepciones procesales sólo se admitirán como pruebas la documental y...
- Artículo 130 bis 9. Cuando se declare fundada la excepción de cosa juzgada, se sobreseerá el...
- Artículo 131. Todo magistrado, juez o secretario, se tendrá por forzosamente impedido para...
- Artículo 132. Los magistrados, jueces y secretarios tienen el deber de excusarse del...
- Artículo 133. Cuando los magistrados, jueces o secretarios, no se inhibieren a pesar de...
- Artículo 134. En los concursos sólo podrá hacer uso de la recusación el representante...
- Artículo 135. En los juicios hereditarios sólo podrá hacer uso de la recusación el...
- Artículo 136. Cuando en un negocio intervengan varias personas antes de haber nombrado...
- Artículo 137. En el Tribunal Pleno, la recusación sólo importa la de los magistrados...
- Artículo 138. No se admitirá recusación: I.- En los actos prejudiciales; II Al...
- Artículo 139. En las diligencias precautorias, en los juicios ejecutivos y en los...
- Artículo 140. Ninguna recusación es admisible antes de contestada la demanda, desde que se...
- Artículo 141. Entre tanto se califica o decide la recusación no se suspende la...
- Artículo 142. Declarada procedente la recusación termina la jurisdicción del magistrado o...
- Artículo 143. Una vez interpuesta la recusación, la parte recusante no podrá alzarla en...
- Artículo 144. Si se declarare improcedente o no probada la causa de recusación que se...
- Artículo 145. Los tribunales desecharán de plano toda recusación: I.- Cuando no...
- Artículo 146. Toda recusación se interpondrá ante el juez o tribunal que conozca del...
- Artículo 147. La recusación debe decidirse sin audiencia de la parte contraria, y se...
- Artículo 148. En el incidente de recusación son admisibles todos los medios de prueba...
- Artículo 149. Los magistrados y jueces que conozcan de una recusación son irrecusables...
- Artículo 150. Si se declarare improcedente o no probada la causa de recusación se impondrá...
- Artículo 151. De la recusación de un Magistrado conocerá el Tribunal Pleno y de la...
- Artículo 152. Si en la sentencia se declara que procede la recusación se remitirá al Juez...
- Artículo 153. Las recusaciones de los secretarios del Tribunal Superior y de los Juzgados...
- Artículo 154. El juicio podrá prepararse pidiendo: I.- Que la persona contra quien se...
- Artículo 155. Las diligencias preparatorias podrán promoverse, también, por el que tema...
- Artículo 156. Al pedirse la diligencia preparatoria debe expresarse el motivo por qué se...
- Artículo 157. El juez puede disponer lo que crea conveniente, ya para cerciorarse de la...
- Artículo 158. La acción que puede ejercitarse conforme a las fracciones II, III y IV del...
- Artículo 159. Cuando se pida la exhibición de un protocolo o de cualquier otro documento...
- Artículo 160. Las diligencias preparatorias de que se trata en las fracciones II a IV y VI...
- Artículo 161. Promovido el juicio, el tribunal a solicitud del que hubiere pedido la...
- Artículo 162. Si el tenedor del documento o cosa mueble, sin causa alguna se negase a...
- Artículo 163. Si el tenedor de quien se habla en el artículo precedente alegare alguna...
- Artículo 164. Fuera de los casos señalados en el artículo 154 no se podrá antes de la...
- Artículo 165. No serán procedentes conforme a la fracción I del artículo 154, las...
- Artículo 166. La persona que intente demandar a su cónyuge, puede solicitar su separación...
- Artículo 167. Se deroga el primer párrafo. El Juez tomará en cuenta siempre el...
- Artículo 168. Sólo los Jueces de lo Familiar o Mixtos, en su caso, pueden decretar la...
- Artículo 169. En la solicitud, que puede ser escrita o verbal, se señalarán las causas en...
- Artículo 170. Admitida la solicitud y previa citación del otro cónyuge, el Juez dictará...
- Artículo 171. El Juez resolverá de inmediato sobre la solicitud y dictará las medidas...
- Artículo 172. En la resolución, el Juez fijará el término que tiene la persona que...
- Artículo 173. Derogado
- Artículo 174. Derogado
- Artículo 175. Al mismo tiempo de decretada la separación provisional mandará el Juez...
- Artículo 176. Al responsable de la casa donde se encuentre el cónyuge que hubiere...
- Artículo 177. Derogado
- Artículo 178. Si transcurridos treinta días contados a partir de que cause efectos el auto...
- Artículo 179. No acreditándose haber intentado la demanda o acusación dentro del término...
- Artículo 180. Si el Juez que decretó la separación provisional no fuera el que deba...
- Artículo 180 bis. Derogado
- Artículo 180 bis 1. Toda persona que vaya a promover demanda por conductas que constituyan...
- Artículo 180 bis 2. La separación cautelar de personas, tiene por objeto tutelar la seguridad de...
- Artículo 180 bis 3. Durante la separación cautelar todos los derechos y obligaciones familiares...
- Artículo 180 bis 4. La solicitud de separación podrá ser escrita o verbal, sin requerirse...
- Artículo 180 bis 5. Presentada la solicitud de separación cautelar, el juez, sin más trámite,...
- Artículo 180 bis 6. Toda persona que ejerza la patria potestad, la tutela o tenga la custodia,...
- Artículo 180 bis 7. Los menores u otros incapaces que sean sujetos de violencia familiar por...
- Artículo 180 bis 8. Cuando una persona sin el consentimiento de quien conjuntamente ejerce con...
- Artículo 180 bis 9. En toda resolución que autorice la separación cautelar de personas, el Juez...
- Artículo 180 bis 10. En contra de toda resolución que conceda o niegue la medida cautelar de...
- Artículo 181. Si el acreedor rehusare recibir la prestación debida o dar el documento...
- Artículo 182. Si el acreedor fuere cierto y conocido se le citará para día, hora y lugar...
- Artículo 183. Si el acreedor fuere desconocido se le citará por los periódicos y por el...
- Artículo 184. Si el acreedor estuviere ausente o fuere incapaz será citado su...
- Artículo 185. Si la cosa debida fuese cosa cierta y determinada que debiera ser consignada...
- Artículo 186. Cuando el acreedor no haya estado presente en la oferta depósito, debe de...
- Artículo 187. La consignación de dinero debe hacerse exhibiendo el certificado o...
- Artículo 188. Las mismas diligencias se seguirán si el acreedor fuere conocido, pero...
- Artículo 189. Cuando el acreedor se rehusare en el acto de la diligencia a recibir la...
- Artículo 190. El depositario que se constituya en estas diligencias será designado por el...
- Artículo 190 bis. Este acto tendrá por objeto preparar la acción correspondiente a la...
- Artículo 190 bis 1. Quien ejerza la patria potestad, la tutela o tenga la custodia de un menor,...
- Artículo 190 bis 2. Presentada la solicitud de investigación de la filiación, se resolverá de...
- Artículo 190 bis 3. En el supuesto de que se acepte la filiación, previa...
- Artículo 190 bis 4. En caso de negativa de la filiación, se ordenará la práctica de la prueba...
- Artículo 190 bis 5. Si la persona que deba practicarse la prueba, no asistiere a la misma o se...
- Artículo 190 bis 6. La acción correspondiente deberá intentarse por parte del solicitante dentro...
- Artículo 190 bis 7. El costo de la prueba biológica será a cargo del padre biológico cuando éste...
- Artículo 190 bis 8. Contra el auto que admita la prueba de Investigación de Filiación, no...
- Artículo 191. Las providencias precautorias consistirán en el arraigo de la persona y en...
- Artículo 192. Podrán decretarse tanto como actos prejudiciales como después de iniciado el...
- Artículo 193. En el primer caso del artículo 191, si el arraigo de una persona para que...
- Artículo 194. También el demandado durante la substanciación del juicio podrá pedir el...
- Artículo 195. Al que quebrante el arraigo, se le aplicará la sanción que señala el Código...
- Artículo 196. El que pida la providencia precautoria deberá acreditar el derecho que tiene...
- Artículo 197. Si la petición de arraigo se presenta antes de entablar la demanda, además...
- Artículo 198. Cuando se solicite el secuestro provisional se expresará el valor de la...
- Artículo 199. Si el demandado consigna el valor u objeto reclamado, o da garantía bastante...
- Artículo 200. Ni para recibir la información ni para dictar una providencia precautoria se...
- Artículo 201. Antes de la ejecución de la providencia precautoria no se admitirá recurso,...
- Artículo 202. Ejecutada total o parcialmente la providencia precautoria antes de ser...
- Artículo 203. Cuando se pida un secuestro provisional además de la prueba a que se refiere...
- Artículo 204. De toda providencia precautoria queda responsable el que la pida; por...
- Artículo 205. Si el actor no cumple con lo dispuesto en el artículo 202, la providencia...
- Artículo 206. El aseguramiento de bienes decretado por providencia precautoria y los casos...
- Artículo 207. La persona contra quien se haya practicado un embargo precautorio puede...
- Artículo 208. Igualmente puede reclamar la providencia precautoria un tercero cuando el...
- Artículo 209. Contra la resolución en que se decrete una providencia precautoria no...
- Artículo 210. Las resoluciones en que se niegue la providencia precautoria y las que...
- Artículo 211. Cuando la providencia precautoria se dicte por un juez que no sea el que...
- Artículo 212. Aquél contra quien se hubiere decretado un embargo precautorio, que es...
- Artículo 213. En la indemnización a que se refiere el artículo anterior no quedan...
- Artículo 214. Cuando alguno se crea perjudicado en sus propiedades con alguna obra nueva...
- Artículo 215. Los dueños de establecimientos industriales en que el agua sirva de fuerza...
- Artículo 216. No procede la suspensión de la obra que alguno hiciere reparando o limpiando...
- Artículo 217. La solicitud de suspensión de obra nueva se presentará ante el juez que deba...
- Artículo 218. El Juez, en vista de los documentos o del resultado de la información, se...
- Artículo 219. La obra deberá suspenderse luego que se notifique el auto al dueño, al...
- Artículo 220. Si el Juez califica de bastante la contra garantía, cuya calificación hará...
- Artículo 221. La resolución que conceda la autorización para continuar la obra será...
- Artículo 222. En el mismo auto en que se decrete la suspensión de la obra, el Juez...
- Artículo 222 bis. Las órdenes de protección de emergencia y preventivas a que se refiere el...
- Artículo 222 bis 1. Serán principios rectores de las medidas descritas en el Artículo anterior,...
- Artículo 222 bis 2. Las órdenes de protección podrán decretarse tanto antes como después de...
- Artículo 222 bis 3. Una vez hecha la solicitud, el Juez resolverá de plano atendiendo a lo...
- Artículo 222 bis 4. Sólo los Jueces de lo Familiar, Familiar Oral o Mixtos, en su caso, pueden...
- Artículo 222 bis 5. Una vez ejecutada la orden de protección, aquel que la obtuvo, deberá...
- Artículo 222 bis 6. Decretadas las órdenes de protección o de emergencias respectivas, el Juez...
- Artículo 222 bis 7. Para la aplicación y ejecución de las órdenes de protección a que se refiere...
- Artículo 222 bis 8. Las órdenes de protección de naturaleza civil, tendrán carácter cautelar, y...
- Artículo 222 bis 9. Para el caso de las órdenes de protección de naturaleza civil, a que se...
- Artículo 222 bis10. En los supuestos previstos en el Artículo 323 Bis VII fracciones II, III, IV...
- Artículo 222 bis 11. Para conocer y decidir en torno a las órdenes de protección solicitadas...
- Artículo 222 bis 12. Contra las determinaciones dictadas con motivos de las solicitudes a que...
- Artículo 223. El actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de...
- Artículo 224. El que niega sólo está obligado a probar: I.- Cuando su negación no...
- Artículo 225. Sólo los hechos están sujetos a prueba. El Derecho Extranjero lo verificará...
- Artículo 226. El Tribunal debe admitir las pruebas que le presenten las partes siempre que...
- Artículo 227. Los terceros están obligados, en todo tiempo, a prestar auxilio a los...
- Artículo 228. El que presentare pruebas notoriamente impertinentes, deberá pagar los...
- Artículo 229. El juez hará en la sentencia definitiva la valoración de las pruebas, y, en...
- Artículo 230. En los escritos de demanda, contestación, réplica y dúplica, y en su caso en...
- Artículo 231. Si los litigantes convinieren en que se falle definitivamente el juicio sin...
- Artículo 232. Con excepción de los casos previstos por la Ley, las diligencias de prueba...
- Artículo 233. Las pruebas que ofrecidas en tiempo legal no se hubieren podido desahogar...
- Artículo 234. No obstante lo dispuesto en los artículos 232 y 233 podrán también...
- Artículo 235. Igualmente podrán admitirse hasta antes de que se dicte el decreto mandando...
- Artículo 236. Todas las pruebas, salvo los casos especificados en la ley, podrán recibirse...
- Artículo 237. Las pruebas que cada parte rindiere y las diligencias practicadas con ese...
- Artículo 238. Contra el auto en que se ordene o niegue que el juicio se abra a pruebas, no...
- Artículo 239. La ley reconoce como medios de pruebas: I.- Confesión y declaración de...
- Artículo 240. Cuando se trate del desahogo de pruebas fuera del lugar del juicio, se hará...
- Artículo 241. Para que se autorice el desahogo de pruebas en los términos del artículo...
- Artículo 242. El juzgado puede poner a disposición del oferente de la prueba, los exhortos...
- Artículo 243. Cuando la parte a quien se entregue un exhorto o despacho, para los fines...
- Artículo 244. Derogado
- Artículo 245. Derogado
- Artículo 246. Derogado
- Artículo 247. Derogado
- Artículo 248. Derogado
- Artículo 249. Derogado
- Artículo 250. Derogado
- Artículo 251. Derogado
- Artículo 252. Derogado
- Artículo 253. Derogado
- Artículo 254. Derogado
- Artículo 255. Derogado
- Artículo 256. Derogado
- Artículo 257. Derogado
- Artículo 258. Derogado
- Artículo 259. Derogado
- Artículo 260. La confesión puede ser judicial o extrajudicial
- Artículo 261. Es judicial la confesión que se hace en juicio al preparar o promover la...
- Artículo 262. Se considera extrajudicial la confesión que se hace ante cualquiera otra...
- Artículo 263. Las personas físicas que sean parte en un juicio, sólo están obligadas a...
- Artículo 264. No se admitirá la prueba de confesión cuando el reo hubiere sido emplazado...
- Artículo 265. El que haya de absolver posiciones será citado personalmente, a más tardar...
- Artículo 266. La parte está obligada a absolver personalmente las posiciones cuando así lo...
- Artículo 267. Las posiciones deben articularse en términos precisos; no han de ser...
- Artículo 268. Las posiciones deberán concretarse a hechos que sean objeto del debate,...
- Artículo 269. El que articula las posiciones, ya sea la parte misma, ya sea su apoderado,...
- Artículo 270. La confesión judicial sólo produce efecto en lo que perjudica al que la...
- Artículo 271. No se procederá a citar a alguno para que absuelva posiciones, sino después...
- Artículo 272. Si el citado comparece, el Juez, en presencia de aquél abrirá el pliego, se...
- Artículo 273. Hecha la protesta de decir verdad, el juez procederá al interrogatorio,...
- Artículo 274. En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un...
- Artículo 275. Las contestaciones deberán ser categóricas, en sentido afirmativo o...
- Artículo 276. Si la negativa se fundare en la ilegalidad de las posiciones, el juez en el...
- Artículo 277. El que haya sido llamado a declarar, además de la firma de qué habla el...
- Artículo 278. La declaración una vez firmada no puede variarse ni en la substancia ni en...
- Artículo 279. Si fueren varios los que hayan de absolver las posiciones y al tenor de un...
- Artículo 280. El que deba de absolver posiciones será declarado confeso: I.- Cuando...
- Artículo 281. No podrá ser declarado confeso el llamado a absolver posiciones, si no...
- Artículo 282. El auto en que se declare confeso al litigante, conforme al artículo...
- Artículo 283. Se tendrá por confeso al articulante respecto de los hechos propios que...
- Artículo 284. Cuando la confesión se haga al contestar o formular la demanda o en...
- Artículo 285. Las autoridades, corporaciones oficiales y los establecimientos que forman...
- Artículo 286. En caso de personas mayores de setenta años y de aquellas que se encuentren...
- Artículo 286 bis. Una vez absueltas las posiciones, en la misma diligencia tendrá lugar...
- Artículo 286 bis 1. Para el desahogo de la declaración de parte, los interrogatorios podrán...
- Artículo 286 bis 2. En la declaración de parte, no procede la confesión ficta. El juez aplicará...
- Artículo 287. Son documentos públicos: I.- Los testimonios de las escrituras públicas...
- Artículo 288. Por testimonio se entiende la copia de una escritura pública expedida por el...
- Artículo 289. Auténtico se llama a todo documento que está autorizado y firmado por...
- Artículo 290. Documento privado es el no comprendido en la enumeración expresada y que...
- Artículo 291. Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o servidores...
- Artículo 292. Para que hagan fe en el Estado los documentos públicos procedentes del...
- Artículo 293. Los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán originales...
- Artículo 294. Siempre que uno de los litigantes pidiere copia o testimonio de parte de un...
- Artículo 295. Los documentos existentes en lugar fuera del ámbito de la competencia...
- Artículo 296. Los instrumentos públicos que hayan venido al pleito sin citación de la...
- Artículo 297. Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los...
- Artículo 298. Si hubiere de darse testimonio de documentos privados que obren en poder de...
- Artículo 299. Los terceros están obligados a exhibir al juzgado los documentos que tengan...
- Artículo 300. Si el documento se encuentra en libro o papeles de casa de comercio o de...
- Artículo 301. Las partes sólo podrán impugnar de falsedad los documentos presentados en...
- Artículo 302. Cuando se impugne la autenticidad de un documento público, podrá pedirse el...
- Artículo 303. Para el cotejo de los documentos privados, la persona que lo solicite...
- Artículo 304. Se consideran indubitados para el cotejo: I.- Los documentos que las...
- Artículo 305. El juez debe hacer por sí mismo la comprobación después de oír a los peritos...
- Artículo 306. En el caso de que una de las partes sostenga la falsedad de un documento que...
- Artículo 307. Los telegramas se tendrán como documentos públicos o privados según que sean...
- Artículo 308. Si la parte contra quien se produce la prueba negare la autenticidad del...
- Artículo 309. El juicio de peritos tendrá lugar cuando para conocer o apreciar algún hecho...
- Artículo 310. Cada parte dentro del tercer día nombrará un perito a no ser que se pusieren...
- Artículo 311. Si fueren más de dos los litigantes, nombrarán un perito los que sostengan...
- Artículo 312. Si los que deseen nombrar un perito no pudieren ponerse de acuerdo, el juez...
- Artículo 313. Se tendrá por desierta la prueba pericial si el perito del oferente omite...
- Artículo 314. Los peritos deben tener título en la ciencia, arte, técnica, oficio o...
- Artículo 315. El juez señalará lugar, día y hora para que la diligencia se practique, si...
- Artículo 316. En el caso de la primera parte del artículo anterior concurrirá el tercero...
- Artículo 317. El perito que nombre el Juez puede ser recusado dentro de los dos días...
- Artículo 318. En caso de ser desechada la recusación, se impondrá una multa de sesenta...
- Artículo 319. El honorario de cada perito será pagado por la parte que lo nombró y, el del...
- Artículo 320. En los casos en que la ley manda fijar el valor de los predios rústicos y...
- Artículo 321. El reconocimiento se practicará siempre previa citación de las partes,...
- Artículo 322. Del reconocimiento se levantará un acta que firmarán todos los que a él...
- Artículo 323. Cuando fuere necesario se levantarán planos, se marcarán las señas de los...
- Artículo 324. Todo el que no tenga impedimento legal está obligado a declarar como...
- Artículo 325. Tienen impedimento legal, y por tal motivo son tachables: I.- El menor...
- Artículo 326. La prueba testimonial deberá ofrecerse en la demanda, en la contestación, en...
- Artículo 327. El interrogatorio se acompañará al momento de proponer la prueba y en caso...
- Artículo 328. El Juez examinará el interrogatorio conforme el artículo siguiente y...
- Artículo 329. Los interrogatorios de preguntas y repreguntas deben ser concebidos en...
- Artículo 330. Las partes tendrán obligación de presentar sus propios testigos para cuyo...
- Artículo 331. Sobre los hechos probados por confesión expresa, no podrá el que los haya...
- Artículo 332. Los interrogatorios de repreguntas quedarán reservados en poder del juez y...
- Artículo 333. Los que citados legalmente se nieguen a comparecer sin causa justificada y...
- Artículo 334. A las personas de más de setenta años y a los enfermos, podrá el Juez según...
- Artículo 335. Al Gobernador, a los Diputados y demás servidores públicos que gocen de...
- Artículo 336. Si el testigo no reside en el lugar del juicio, será examinado por el juez...
- Artículo 337. Los testigos declararán bajo protesta de decir verdad, exceptuándose a los...
- Artículo 338. El testigo responderá por sí mismo, de palabra, sin valerse de ningún...
- Artículo 339. Las partes pueden asistir al interrogatorio de los testigos; pero no podrán...
- Artículo 340. Los testigos serán examinados separada y sucesivamente sin que unos puedan...
- Artículo 341. El juez al examinar a los testigos puede hacerles las preguntas que estime...
- Artículo 342. Si el testigo no sabe el idioma rendirá su declaración por medio de...
- Artículo 343. Las respuestas de los testigos se asentarán en su presencia literalmente y...
- Artículo 344. El testigo podrá leer por sí mismo su declaración y deberá firmarla,...
- Artículo 345. Regirá respecto a las declaraciones de los testigos lo que dispone el...
- Artículo 346. Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho y el juez deberá...
- Artículo 347. Inmediatamente después de que el testigo conteste al interrogatorio de...
- Artículo 348. Sobre los hechos que han sido objeto de un interrogatorio no puede...
- Artículo 349. Los gastos que hicieren los testigos y los perjuicios que sufran por...
- Artículo 350. Cada uno de los litigantes puede presentar hasta cinco testigos, y el juez...
- Artículo 351. El juez tendrá cuidado de calificar los interrogatorios en los términos de...
- Artículo 352. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio...
- Artículo 353. La parte que presente los medios de prueba referidos en el artículo anterior...
- Artículo 354. Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba,...
- Artículo 355. Presunción es la consecuencia que la ley o el juez deducen de un hecho...
- Artículo 356. Hay presunción legal cuando la ley la establece expresamente y cuando la...
- Artículo 357. El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el...
- Artículo 358. No se admite prueba contra la presunción legal cuando la ley lo prohíbe...
- Artículo 359. Es obligación del Juez tomar en cuenta las presunciones al dictar cualquier...
- Artículo 360. La confesión judicial hace prueba plena cuando concurren en ella las...
- Artículo 361. El declarado confeso sin que haya hecho confesión, puede rendir prueba en...
- Artículo 362. La confesión hecha en la demanda, en la contestación o en cualquier otro...
- Artículo 363. La confesión extrajudicial hará prueba plena si el juez incompetente ante...
- Artículo 364. La confesión extrajudicial hecha en testamento también hace prueba plena,...
- Artículo 365. La confesión no producirá el efecto probatorio a que se refieren los...
- Artículo 366. La confesión judicial o extrajudicial sólo produce efecto en lo que...
- Artículo 367. Cuando la confesión expresa afecte a toda la demanda, se dará por concluida...
- Artículo 368. En las acciones del estado civil no será bastante la confesión si no...
- Artículo 368 bis. Lo declarado por las partes al ser interrogadas por el juez o a petición de...
- Artículo 369. Los instrumentos públicos hacen prueba plena, aunque se presenten sin...
- Artículo 370. Los instrumentos públicos no se perjudican en cuanto a su validez por las...
- Artículo 371. Las partidas registradas por los párrocos anteriores al registro civil no...
- Artículo 372. Las actuaciones judiciales hacen prueba plena
- Artículo 373. El valor probatorio de los documentos privados se regirá por lo dispuesto en...
- Artículo 374. El reconocimiento hecho por el albacea hace prueba plena y también la hace...
- Artículo 375. Los documentos simples comprobados por testigos tendrán el valor que...
- Artículo 376. El documento que un litigante presente prueba plenamente en su contra en...
- Artículo 377. El reconocimiento judicial hará prueba plena cuando se haya practicado en...
- Artículo 378. Los avalúos harán prueba plena
- Artículo 379. La fe de los juicios periciales, incluso el cotejo de letras será calificada...
- Artículo 380. El valor de la prueba testimonial queda al arbitrio del juez, quien nunca...
- Artículo 381. Para valorar la declaración de un testigo, el juez tomará en consideración...
- Artículo 382. Un solo testigo hace prueba plena cuando ambas partes convengan expresamente...
- Artículo 383. Las fotografías, copias fotostáticas, registros electrónicos y demás pruebas...
- Artículo 384. Las presunciones legales hacen prueba plena
- Artículo 385. Para que la excepción de cosa juzgada surta efecto en otro juicio, es...
- Artículo 386. Para que las presunciones no establecidas por la ley sean apreciables como...
- Artículo 387. La valorización de las pruebas se hará de acuerdo con el presente Capítulo,...
- Artículo 387 bis. Los hechos notorios pueden ser invocados por el Juez o Magistrado, aunque no...
- Artículo 388. No tendrán ningún valor legal las pruebas rendidas con infracción de lo...
- Artículo 389. Dentro de los tres días siguientes al desahogo de la prueba, podrán las...
- Artículo 390. Son tachas legales las contenidas en el artículo 325 de este Código , y...
- Artículo 391. Las tachas deben contraerse exclusivamente a las personas de los testigos;...
- Artículo 392. Cuando el testigo tuviere con ambas partes el mismo parentesco o con ambas...
- Artículo 393. El juez nunca repelerá de oficio al testigo; si éste se encuentra...
- Artículo 394. Para la prueba de tachas no se admitirá más de cinco testigos
- Artículo 395. No es admisible la prueba testimonial para tachar a los testigos que hayan...
- Artículo 396. La petición de tachas se substanciará incidentalmente, por cuaderno separado...
- Artículo 397. El incidente de tachas suspende el término para dictar sentencia definitiva
- Artículo 398. Los alegatos deberán formularse durante la audiencia respectiva, en forma...
- Artículo 399. Una vez concluida la etapa de alegatos el juez dictará su sentencia dentro...
- Artículo 400. Sentencia definitiva es la que decide el negocio principal, e...
- Artículo 401. En las sentencias se observará lo dispuesto por el artículo 19 del Código...
- Artículo 402. Las sentencias deberán ser claras, precisas y congruentes con las demandas,...
- Artículo 403. La sentencia se ocupará exclusivamente de las acciones deducidas y de las...
- Artículo 404. Cuando hubiere condena de frutos, intereses, daños o perjuicios, se fijará...
- Artículo 405. En la redacción de las sentencias se observarán las reglas siguientes:...
- Artículo 406. La cosa juzgada es la verdad legal, y contra ella no se admite recurso ni...
- Artículo 407. Hay cosa juzgada cuando la resolución ha causado ejecutoria
- Artículo 408. Causan ejecutoria las resoluciones: I.- Cuando fueren expresamente...
- Artículo 409. No será necesario hacer declaración alguna para que las resoluciones causen...
- Artículo 410. El recurso de aclaración sólo una vez puede intentarse contra las sentencias...
- Artículo 411. El recurso se interpondrá, por escrito ante el mismo juez que hubiere...
- Artículo 412. En el caso previsto en el artículo 404, el que pida la aclaración, deberá...
- Artículo 413. Del escrito en que se pida la aclaración se dará traslado a la otra parte,...
- Artículo 414. El juez, dentro del término de tres días, resolverá lo que proceda en...
- Artículo 415. Contra la resolución que se pronuncie, no se admitirá recurso alguno
- Artículo 416. La resolución que aclare una sentencia, se reputará parte integrante de ésta
- Artículo 417. Siempre que los jueces o tribunales resuelvan que no procede la aclaración...
- Artículo 418. La interposición del recurso de aclaración no interrumpe el término señalado...
- Artículo 419. La revocación sólo procede respecto de los autos que no fueren apelables,...
- Artículo 420. La revocación puede pedirse verbalmente, en el acto de notificarse el auto o...
- Artículo 421. La promoción se hará saber a las otras partes para que dentro de tres días...
- Artículo 422. Contra el auto en que se decida si se concede o no la revocación no se...
- Artículo 423. La apelación es el recurso que tiene por objeto que el tribunal de segunda...
- Artículo 424. Todo el que haya sido parte en un juicio y conserve este carácter puede...
- Artículo 425. El apoderado podrá apelar y continuar el recurso aunque el poder no tenga...
- Artículo 426. El recurso de apelación debe interponerse por escrito ante el Juez que...
- Artículo 427. Interpuesta la apelación en tiempo hábil, el Juez la admitirá sin...
- Artículo 428. La apelación puede admitirse en el efecto devolutivo y en el suspensivo, o...
- Artículo 429. Salvo los casos expresamente determinados en la ley la apelación sólo es...
- Artículo 430. Derogado
- Artículo 431. Las interlocutorias y los autos son apelables cuando esta Ley lo disponga...
- Artículo 432. La apelación, contra las sentencias definitivas, procederá en los negocios...
- Artículo 433. La apelación admitida en ambos efectos, suspende desde luego la ejecución de...
- Artículo 434. La apelación admitida sólo en el efecto devolutivo no suspende la ejecución...
- Artículo 435. Derogado
- Artículo 436. Para ejecutar la sentencia o auto en el caso del artículo 434 se otorgará...
- Artículo 437. Si la resolución constare de varias proposiciones puede consentirse respecto...
- Artículo 438. La parte que venció puede adherirse a la apelación interpuesta dentro de los...
- Artículo 439. Admitida la apelación en ambos efectos, el Juez remitirá los autos...
- Artículo 440. Si el tribunal de apelación reside en lugar distinto de aquél en que se...
- Artículo 441. En el caso de que el apelante omitiera expresar agravios al interponer el...
- Artículo 442. Derogado
- Artículo 443. Derogado
- Artículo 444. Derogado
- Artículo 445. Derogado
- Artículo 446. Llegados los autos o el testimonio, en su caso, al superior, éste dentro de...
- Artículo 447. Derogado
- Artículo 448. Derogado
- Artículo 449. En los escritos de expresión de agravios y contestación de los mismos,...
- Artículo 450. En cualquier estado de la segunda instancia podrá separarse de la apelación...
- Artículo 451. Las notificaciones que se practiquen a las partes dentro del juicio en la...
- Artículo 452. La revisión de las sentencias recaídas en los casos y procedimientos...
- Artículo 453. El recurso de denegada apelación se interpondrá dentro de los tres días...
- Artículo 454. El Juez, sin substanciación alguna y sin suspender los procedimientos en el...
- Artículo 455. Al interponerse el recurso, el litigante expresará los argumentos en que...
- Artículo 456. Recibido el testimonio en el Tribunal de Segunda Instancia la sala que...
- Artículo 457. La resolución se transcribirá al Juez de Primera Instancia para que la...
- Artículo 458. Si la denegada apelación se declara improcedente, el Tribunal impondrá a la...
- Artículo 459. Debe ejecutar las sentencias el juzgado que haya conocido del negocio en...
- Artículo 460. La Sala que haya pronunciado la sentencia, devolverá los autos al inferior,...
- Artículo 461. Todo lo que en este título se dispone respecto de la ejecución de...
- Artículo 462. Para que sean elevados a la categoría de cosa juzgada o, en su caso, de...
- Artículo 462 bis 1. Tratándose del convenio vinculado al divorcio en cualquiera de sus formas,...
- Artículo 463. Cuando la ejecución se pida en virtud de sentencia que haya causado...
- Artículo 464. Si en el contrato se ha fijado el precio en que una finca hipotecada debe...
- Artículo 465. Si los bienes embargados fueren dinero, sueldos, pensiones o créditos...
- Artículo 466. Cuando se pida la ejecución de una sentencia, laudo, convenio judicial o...
- Artículo 467. Si los bienes embargados no estuvieren valuados anteriormente, se pasará al...
- Artículo 468. Hecho el avalúo se sacarán los bienes a pública subasta, señalándose fecha y...
- Artículo 469. Si los bienes raíces estuvieren situados en diversos lugares, en todos éstos...
- Artículo 470. No se admitirá más excepción que la de pago, si la ejecución se pide dentro...
- Artículo 471. Los términos fijados en el artículo anterior se contarán desde la fecha de...
- Artículo 472. Dentro del término a que se refiere el artículo 463, podrá el deudor oponer...
- Artículo 473. Si el ejecutante objetare el instrumento a que el artículo anterior se...
- Artículo 474. Si la sentencia no contiene cantidad líquida, la parte a cuyo favor se...
- Artículo 475. Si la sentencia condena a hacer alguna cosa el juez señalará al que fue...
- Artículo 476. Si la sentencia condena a no hacer, su infracción se resolverá en el pago de...
- Artículo 477. Contra las resoluciones dictadas en ejecución de una sentencia, laudo,...
- Artículo 478. Todos los gastos y costas que se originen, en la ejecución de una sentencia,...
- Artículo 479. La acción para pedir la ejecución de una sentencia, laudo, convenio judicial...
- Artículo 480. Cuando la sentencia pronunciada por un Juez debe ser ejecutada por otro de...
- Artículo 481. Si la sentencia condenare al pago de cantidad líquida se procederá al...
- Artículo 482. Si la sentencia contuviere condena al pago de cantidad líquida y de otra...
- Artículo 483. Cuando la sentencia hubiere condenado al pago de daños y perjuicios sin...
- Artículo 484. Si el ejecutante optara en cualquiera de los casos enumerados en el artículo...
- Artículo 485. Cuando la sentencia condene a dividir una cosa común y no dé las bases para...
- Artículo 486. El juez que reciba exhorto con las inserciones necesarias, conforme a...
- Artículo 487. Los jueces ejecutores no podrán oír ni conocer de excepciones cuando fueren...
- Artículo 488. Si al ejecutar los autos insertos en las requisitorias, se opusiere algún...
- Artículo 489. Los jueces requeridos no ejecutarán las sentencias sino cuando reúnan las...
- Artículo 490. El juez que reciba despacho u orden de su superior para ejecutar cualquiera...
- Artículo 491. Las sentencias y demás resoluciones judiciales dictadas en países...
- Artículo 492. Sólo tendrán fuerza en el Estado las ejecutorias extranjeras que reúnan los...
- Artículo 493. Es competente para ejecutar una sentencia dictada en el extranjero el juez...
- Artículo 494. Traducida la ejecutoria en la forma prevista en el artículo 293, se...
- Artículo 495. Ni el juez inferior ni el tribunal superior podrán examinar ni decidir sobre...
- Artículo 496. Sólo hay secuestro judicial cuando la autoridad pública ordena por escrito y...
- Artículo 497. El secuestro judicial sólo procede en la providencia precautoria, en los...
- Artículo 498. Pueden ser embargados todos los bienes que constituyen el patrimonio del...
- Artículo 499. Quedan exceptuados de embargo: I.- Los bienes que constituyan el...
- Artículo 500. El derecho de designar los bienes que han de embargarse corresponde al...
- Artículo 501. El actor puede señalar los bienes que se han de embargar, sin sujetarse al...
- Artículo 502. El embargo sólo procede o subsiste, en cuanto basta a cubrir la suerte...
- Artículo 503. Podrá pedirse la ampliación del embargo: I.- En cualquier caso que, a...
- Artículo 504. La ampliación del embargo no suspende el curso del juicio, debiendo...
- Artículo 505. Derogado
- Artículo 506. Cuando se aseguren créditos, el secuestro se reducirá a notificar al deudor...
- Artículo 507. Si los créditos a que se refiere el artículo anterior fueren litigiosos, la...
- Artículo 508. Si el secuestro recayere sobre bienes muebles, que no sean dinero, alhajas,...
- Artículo 509. En el caso del artículo anterior, el depositario pondrá en conocimiento del...
- Artículo 510. El depositario, en el caso del artículo anterior, pondrá en conocimiento del...
- Artículo 511. Si los muebles depositados fueren cosas fungibles, el depositario tendrá,...
- Artículo 512. Si los muebles depositados fueren cosas fáciles de deteriorarse o...
- Artículo 513. Si el secuestro recayere en finca urbana y sus rentas o sobre éstas...
- Artículo 514. Pedida la autorización a que se refiere la fracción V del artículo anterior,...
- Artículo 515. Si el secuestro se efectúa en una finca rústica y sus frutos o solamente...
- Artículo 516. Si en el cumplimiento de los deberes que el artículo anterior impone al...
- Artículo 517. De todo embargo de bienes raíces, se tomará razón en el registro de...
- Artículo 518. De todo secuestro se tendrá como depositario a la persona que nombre el...
- Artículo 519. Todo depositario deberá tener bienes raíces bastantes, a juicio del juez,...
- Artículo 520. Los que tengan administración o intervención presentarán al juzgado cada mes...
- Artículo 521. El juez, con audiencia de las partes, aprobará o reprobará la cuenta mensual...
- Artículo 522. Será removido de plano el depositario, en los siguientes casos: I.- Si...
- Artículo 523. El depositario y el actor son responsables solidariamente de los bienes...
- Artículo 524. Los depositarios o interventores percibirán por honorarios, los que les...
- Artículo 525. Lo dispuesto en este capítulo, es aplicable a todos los casos de secuestro...
- Artículo 526. Todos los incidentes relativos al depósito, se substanciarán por cuerda...
- Artículo 527. Toda venta que conforme a la ley debe de hacerse en subasta o almoneda, se...
- Artículo 528. Todo remate de bienes raíces será público, y deberá celebrarse en el juzgado...
- Artículo 529. Cuando los bienes embargados fueren raíces, antes de procederse a su avalúo,...
- Artículo 530. Si del certificado aparecieren gravámenes, se hará saber a los acreedores el...
- Artículo 531. Los acreedores citados conforme al artículo anterior, tendrán derecho:...
- Artículo 532. El avalúo se practicará de acuerdo con las reglas establecidas para la...
- Artículo 533. Antes de fincarse el remate o declararse la adjudicación podrá el deudor...
- Artículo 534. Es postura legal la que cubre las dos terceras partes del avalúo o del...
- Artículo 535. Para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar...
- Artículo 536. El ejecutante podrá tomar parte en la subasta y mejorar las posturas que se...
- Artículo 537. El postor no puede rematar para un tercero sino con poder otorgado en los...
- Artículo 538. Desde que se anuncia el remate y durante éste, se pondrán de manifiesto los...
- Artículo 539. El Juez que ejecuta decidirá de plano cualquiera cuestión que se suscite...
- Artículo 540. El día del remate a la hora señalada, pasará al juez personalmente lista de...
- Artículo 541. Calificadas de buenas las posturas, el juez las leerá en alta voz por sí...
- Artículo 542. Al declarar fincado el remate mandará el juez que dentro de los tres días...
- Artículo 543. No habiendo postor quedará al arbitrio del ejecutante pedir en el momento de...
- Artículo 544. Si en ella tampoco hubiere licitadores, el actor podrá pedir o la...
- Artículo 545. No conviniendo al ejecutante ninguno de los dos medios expresados en el...
- Artículo 546. Cuando dentro del término expresado en el artículo anterior se mejorare la...
- Artículo 547. Si en la tercera subasta sí hubiere postura admisible en cuanto al precio,...
- Artículo 548. Cualquiera liquidación que tenga que hacerse de los gravámenes que afecten a...
- Artículo 549. Fincado el remate, al ordenar el juez el otorgamiento de la escritura de...
- Artículo 550. Consignado el precio, se hará saber al deudor que dentro del tercer día...
- Artículo 551. Otorgada la escritura se darán al comprador los títulos de propiedad...
- Artículo 552. Con el precio se pagará al acreedor hasta donde alcance, y si hubiere costas...
- Artículo 553. Si la ejecución se hubiere despachado a instancia de un segundo acreedor o...
- Artículo 554. El acreedor que se adjudique la cosa reconocerá a los demás hipotecarios...
- Artículo 555. Cuando se hubiere seguido la vía de apremio en virtud de títulos al portador...
- Artículo 556. En los casos a que se refieren los artículos 553 y 555, se cancelarán las...
- Artículo 557. Cuando conforme a lo prevenido en el artículo 544 el acreedor hubiere optado...
- Artículo 558. Si en el contrato se ha fijado el precio en que una finca hipotecada haya de...
- Artículo 559. Si no hubiere postura legal, se llevará a efecto desde luego la adjudicación...
- Artículo 560. Cuando los bienes cuyo remate se haya decretado fueran muebles se observará...
- Artículo 561. Todas las cuestiones incidentales relacionadas con un litigio o con...
- Artículo 562. Cuando fueren completamente ajenas al litigio o a las diligencias de que se...
- Artículo 563. El incidente de nulidad de actuaciones por falta o defecto en el...
- Artículo 564. Promovido el incidente se correrá traslado a la otra parte por el término de...
- Artículo 565. Los incidentes motivados por cuestiones que directamente puedan destruir o...
- Artículo 566. En los incidentes criminales que surjan en negocios civiles, se observará lo...
- Artículo 567. La sentencia de los incidentes será apelable en los casos en que lo fuere la...
- Artículo 568. La acumulación sólo podrá decretarse a instancia de parte legítima, salvo...
- Artículo 569. Se considera dividida la continencia de la causa: I.- Cuando haya entre...
- Artículo 570. No procede la acumulación: I.- En los juicios que están en diversas...
- Artículo 571. La acumulación se pedirá expresando: I.- La autoridad ante quien se...
- Artículo 572. La acumulación puede pedirse en cualquier estado del juicio antes de...
- Artículo 573. Si un mismo juez conoce de los autos cuya acumulación se pide, citará a las...
- Artículo 574. Concurran o no las partes a la audiencia, el juez resolverá precisamente...
- Artículo 575. Si los juicios se siguen en juzgados diferentes la acumulación se promoverá...
- Artículo 576. Iniciada la acumulación se dará a conocer a los litigantes, para que dentro...
- Artículo 577. El juez a quien se dirija el oficio, lo pondrá a la vista de las partes en...
- Artículo 578. La apelación que se interponga contra las resoluciones a que se refieren los...
- Artículo 579. Otorgada la acumulación y consentida o ejecutoriada la sentencia se...
- Artículo 580. Si el juez requerido estima que no procede la acumulación, lo comunicará sin...
- Artículo 581. El Superior Tribunal substanciará el incidente de acumulación sujetándose,...
- Artículo 582. El incidente de acumulación no suspende el curso de los juicios a que éste...
- Artículo 583. Cuando se acumulen los autos, se suspenderá el curso del juicio que...
- Artículo 584. En un juicio seguido por dos o más personas pueden venir al pleito uno o más...
- Artículo 585. La tercería deberá oponerse ante el juez que conozca del negocio principal
- Artículo 586. Las tercerías coadyuvantes pueden proponerse en cualquier juicio, sea cual...
- Artículo 587. Las tercerías coadyuvantes no producen otro efecto que el de asociar a...
- Artículo 588. Las tercerías excluyentes pueden oponerse en todo negocio, cualquiera que...
- Artículo 589. Las tercerías excluyentes se substanciarán en pieza separada. La demanda de...
- Artículo 590. Las tercerías excluyentes de dominio deben de fundarse en el dominio que...
- Artículo 591. La tercería excluyente de preferencia debe fundarse en el mejor derecho que...
- Artículo 592. Con la demanda de tercería excluyente deberá presentarse el título en que se...
- Artículo 593. Los terceros coadyuvantes se consideran asociados con la parte cuyo derecho...
- Artículo 594. El demandado debe denunciar el pleito al obligado al saneamiento antes de la...
- Artículo 595. Las tercerías excluyentes no suspenderán el curso del negocio en que se...
- Artículo 596. Si la tercería fuere de preferencia, se seguirán los procedimientos del...
- Artículo 597. Si el actor y el demandado se allanaren a la demanda de tercería, el juez...
- Artículo 598. Cuando se presenten tres o más acreedores que hicieren oposición, si...
- Artículo 599. La interposición de una tercería excluyente autoriza al demandante a pedir...
- Artículo 600. Si sólo alguno de los bienes ejecutados fuere objeto de la tercería, los...
- Artículo 601. Si la tercería, cualquiera que sea, se interpone ante un juez menor y el...
- Artículo 602. Los impedimentos del juez en una tercería, ya en razón de competencia o por...
- Artículo 602 bis. Cuando en una ejecución se afecten intereses de terceros que no tengan, con...
- Artículo 603. Derogado
- Artículo 604. Derogado
- Artículo 605. Derogado
- Artículo 606. Derogado
- Artículo 607. Derogado
- Artículo 608. Derogado
- Artículo 609. Derogado
- Artículo 610. Derogado
- Artículo 611. Derogado
- Artículo 612. Todo juicio comenzará por demanda del actor, la que contendrá: I.- La...
- Artículo 613. Las promociones en que ambas partes estuvieren de acuerdo serán proveídas de...
- Artículo 614. Al escrito de demanda se acompañarán necesariamente: I.- El documento o...
- Artículo 615. Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará en lo conducente...
- Artículo 616. Si la demanda fuere obscura o irregular, el juez debe prevenir al actor que...
- Artículo 617. El demandado acompañará copia del escrito, documentos y demás elementos a...
- Artículo 618. En los casos de los artículos anteriores no se admitirá al actor la protesta...
- Artículo 619. Cuando el actor no tenga a su disposición los documentos en que funde su...
- Artículo 620. Presentadas la demanda, la contestación, la réplica y la dúplica, y en su...
- Artículo 621. Si no obstante la prevención a que se refiere el artículo 616, el actor no...
- Artículo 622. Las providencias que se dicten desechando una demanda son apelables en ambos...
- Artículo 623. Los efectos de la presentación de la demanda son: interrumpir la...
- Artículo 624. De la demanda presentada y admitida por el Juez y de los anexos exhibidos,...
- Artículo 625. Cuando fueren varios los demandados, el traslado se les correrá...
- Artículo 626. Cuando el demandado no resida en el lugar en que se entable el juicio, se...
- Artículo 627. Cuando se trate de autoridades del Estado, presentado que les sea el exhorto...
- Artículo 628. Los efectos del emplazamiento son: I.- Prevenir el juicio en favor del...
- Artículo 629. El demandado formulará su contestación en los términos prevenidos para la...
- Artículo 630. El demandado formulará su contestación sujetándose a las reglas establecidas...
- Artículo 631. Transcurrido el término del emplazamiento sin presentarse el escrito de...
- Artículo 632. Se tendrá por no contestada la demanda cuando el escrito relativo de...
- Artículo 633. Cuando el reo contestare la demanda se tendrán por admitidos todos los...
- Artículo 634. Derogado
- Artículo 635. Si en el escrito de contestación a la demanda se opusiere reconvención o...
- Artículo 636. Pasado el término para alegar, aun cuando hubiere pruebas pendientes de...
- Artículo 637. La reconvención y la compensación, lo mismo que las excepciones opuestas con...
- Artículo 638. Las controversias que no tuvieren señalada en este Código tramitación...
- Artículo 639. Presentada la demanda y encontrándose ésta ajustada a las disposiciones de...
- Artículo 640. Con el escrito de contestación a la demanda se dará vista al actor, para que...
- Artículo 641. Fijada la litis, el juez, de oficio, hará la calificación de las pruebas...
- Artículo 642. La inspección judicial y la pericial podrán desahogarse dentro del período...
- Artículo 643. Respecto al desahogo de pruebas fuera del lugar del juicio se observará lo...
- Artículo 644. En la audiencia se desahogarán las pruebas en el orden que el Juez...
- Artículo 645. Las partes alegarán, de buena prueba en los términos a que se refieren los...
- Artículo 646. Para que el juicio ejecutivo tenga lugar se necesita un título que traiga...
- Artículo 647. Derogado
- Artículo 648. La ejecución no puede despacharse sino por cantidad líquida, entendiéndose...
- Artículo 649. Si el título contiene obligación que sólo sea cierta y determinada en parte,...
- Artículo 650. Las cantidades que por intereses o perjuicios formen parte de la deuda...
- Artículo 651. Las obligaciones sujetas a condición suspensiva o a plazo no serán...
- Artículo 652. Si el título ejecutivo contiene obligación de hacer, se observarán las...
- Artículo 653. Cuando el título ejecutivo contenga la obligación de entregar cosas que, sin...
- Artículo 654. Cuando la acción ejecutiva se ejercite sobre cosa cierta y determinada o en...
- Artículo 655. Si la cosa especificada se halle en poder de un tercero, la acción ejecutiva...
- Artículo 656. Si el título ejecutivo contiene obligaciones recíprocas, la parte que...
- Artículo 657. El contrato de compraventa concertado bajo la condición resolutoria de la...
- Artículo 658. Procede también la acción ejecutiva para recuperar bajo las mismas...
- Artículo 659. Para que procedan en la vía ejecutiva las acciones a que se refieren los...
- Artículo 660. Derogado
- Artículo 661. El juicio ejecutivo principiará por demanda que se formulará en los términos...
- Artículo 662. Antes de despachar la ejecución, el juez examinará su competencia y la...
- Artículo 663. Lo dispuesto en el artículo que precede no priva al demandado del derecho de...
- Artículo 664. El juez despachará o denegará la ejecución sin audiencia del demandado. La...
- Artículo 665. El auto en que se denegare la ejecución será apelable en ambos efectos; el...
- Artículo 666. Admitida la apelación contra el auto que denegare la ejecución se remitirán...
- Artículo 667. Siempre que en virtud de la resolución dictada con motivo de la apelación a...
- Artículo 668. Decretado el auto de ejecución, el cual tendrá efectos de mandamiento en...
- Artículo 669. Derogado
- Artículo 670. La diligencia de embargo no se suspenderá por ningún motivo, sino que se...
- Artículo 671. Para la práctica de la diligencia, se observará lo dispuesto en el Capítulo...
- Artículo 672. Hecho el embargo, en la misma diligencia se emplazará al ejecutado para que...
- Artículo 673. Si el demandado no se opusiere a la ejecución, pasado el término que para el...
- Artículo 674. La reconvención es inadmisible en el juicio ejecutivo
- Artículo 675. Derogado
- Artículo 676. Todas las excepciones que opusiere el demandado, incluso las procesales, se...
- Artículo 677. Del escrito de oposición se dará traslado por tres días al ejecutante
- Artículo 678. Fijada la litis, el juez de oficio hará la calificación de las pruebas...
- Artículo 679. En la audiencia se desahogarán las pruebas en el orden que el juez determine...
- Artículo 680. Si la sentencia declarase que no procede el juicio ejecutivo por...
- Artículo 681. La sentencia, cuando fuere apelable, lo será solo en el efecto devolutivo
- Artículo 682. Si el crédito que se reclama estuviere garantizado con hipoteca o prenda, se...
- Artículo 683. El juez, en ningún caso, suspenderá su jurisdicción para dejar de resolver...
- Artículo 684. Cuando el embargo recaiga sobre bienes hipotecados, el deudor contrae la...
- Artículo 685. Si en el título con que se ejercita una acción hipotecaria se advierte que...
- Artículo 686. Si el título con el que se promoviere en vía ejecutiva fuere hipotecario y...
- Artículo 687. En el caso del artículo anterior, el deudor puede oponerse a la venta...
- Artículo 688. También pueden oponerse a la venta el deudor y los acreedores hipotecarios...
- Artículo 689. La oposición no se admitirá si no se promueve antes de que se hubiere...
- Artículo 690. Del escrito de oposición se dará traslado por tres días al acreedor; si se...
- Artículo 691. Si se declara infundada la oposición, el opositor será condenado en las...
- Artículo 692. Se llaman interdictos los juicios que tienen por objeto retener o recobrar...
- Artículo 693. Los interdictos sólo proceden respecto de los bienes inmuebles y derechos...
- Artículo 694. Los interdictos no preocupan las cuestiones de propiedad y de posesión...
- Artículo 695. Los interdictos no pueden acumularse al juicio de propiedad y deberán...
- Artículo 696. El que ha sido vencido en el juicio de propiedad o plenario de posesión no...
- Artículo 697. El vencido en cualquier interdicto puede hacer uso después del juicio...
- Artículo 698. En ningún interdicto se admitirán pruebas sobre la propiedad, sino sólo las...
- Artículo 699. Los interdictos deben entablarse por escrito ante los jueces de primera...
- Artículo 700. En los interdictos todos los términos son improrrogables. Las sentencias que...
- Artículo 701. En los interdictos no habrá artículos de previo y especial pronunciamiento....
- Artículo 702. Compete el interdicto al que teniendo la posesión de las cosas o derechos a...
- Artículo 703. Puede usar del interdicto, con las salvedades referidas en el artículo 693:...
- Artículo 704. Para los efectos del artículo anterior se considera violencia cualquier acto...
- Artículo 705. El que pretenda entablar el interdicto presentará un escrito solicitando se...
- Artículo 706. Presentada la demanda en los términos que se expresan en el artículo...
- Artículo 707. Recibidas todas las pruebas o concluido el término respectivo, de oficio el...
- Artículo 708. Si de autos aparecen probados los hechos de la posesión por una parte y de...
- Artículo 709. La sentencia se ejecutará, si así se solicita, sin necesidad de fianza,...
- Artículo 710. Sea cual fuere la sentencia, contendrá siempre la expresión de que se dicta...
- Artículo 711. Los documentos que se hubieren presentado en juicio deben devolverse a las...
- Artículo 712. El interdicto de obra peligrosa, puede tener por objeto: I.- La...
- Artículo 713. El interdicto no procede si la autoridad administrativa hubiere decretado...
- Artículo 714. Pueden promover el interdicto de obra peligrosa: I.- El dueño de alguna...
- Artículo 715. Para los efectos de la fracción II del artículo anterior, por necesidad se...
- Artículo 716. Si la petición tiene por objeto que se adopten medidas urgentes de...
- Artículo 717. El juez, en vista de la obra y del dictamen del perito, decretará...
- Artículo 718. Si el juez decreta las medidas de seguridad, debe compeler a la ejecución de...
- Artículo 719. Si el interdicto tiene por objeto la demolición de alguna obra o edificio,...
- Artículo 720. El juez, antes o después de la junta practicará una inspección ocular...
- Artículo 721. Dentro de los tres días siguientes a la celebración de la junta o a la...
- Artículo 722. El juez, en caso de que decrete la demolición dispondrá que se haga bajo la...
- Artículo 723. En el juicio de interdicto de que trata este Capítulo, se oirá al Ministerio...
- Artículo 724. Derogado
- Artículo 725. Derogado
- Artículo 726. Derogado
- Artículo 727. Derogado
- Artículo 728. Derogado
- Artículo 729. Derogado
- Artículo 730. Derogado
- Artículo 731. Derogado
- Artículo 732. Derogado
- Artículo 732 bis. Se tramitará el procedimiento a que se refiere este capítulo tratándose de...
- Artículo 732 bis 1. Admitida la demanda, se correrá traslado de ella a padres y abuelos a fin de...
- Artículo 732 bis 2. Las notificaciones se ajustarán a lo dispuesto por el capítulo V del Título...
- Artículo 732 bis 3. Todas las excepciones deberán hacerse valer en la contestación. Los...
- Artículo 732 bis 5. Contra la sentencia que se dicte procede el recurso de apelación en ambos...
- Artículo 733. Derogado
- Artículo 734. Derogado
- Artículo 735. Derogado
- Artículo 736. Derogado
- Artículo 737. Derogado
- Artículo 738. Derogado
- Artículo 739. Derogado
- Artículo 740. Derogado
- Artículo 741. Derogado
- Artículo 742. Derogado
- Artículo 743. Serán objeto del juicio de menor cuantía: I.- Los negocios cuyo interés...
- Artículo 744. Para determinar la cuantía de los negocios a que se refiere la fracción I...
- Artículo 745. Si al entablarse la demanda ante un Juez Menor se opusieren excepciones que...
- Artículo 746. Los juicios de menor cuantía se ventilarán con el procedimiento y términos...
- Artículo 747. De los negocios señalados en el artículo 743, conocerán los Jueces Menores a...
- Artículo 748. Podrán presentarse hasta cinco testigos por cada parte, sobre cada artículo...
- Artículo 749. El concurso del deudor no comerciante puede ser voluntario o necesario....
- Artículo 750. Declarado el concurso el juez resolverá: I.- Notificar personalmente o...
- Artículo 751. El deudor puede oponerse al concurso necesario dentro del tercer día de su...
- Artículo 752. Los acreedores aun los garantizados con privilegio, hipoteca o prenda,...
- Artículo 753. El concursado que hubiere hecho cesión de bienes no podrá pedir la...
- Artículo 754. El concursado en el caso de concurso forzoso deberá presentar al juzgado...
- Artículo 755. Todo acreedor podrá, hasta tres días antes de la fecha designada para la...
- Artículo 756. La junta de rectificación y graduación será presidida por el juez,...
- Artículo 757. Si el síndico no presentare el informe al principiar la junta, perderá el...
- Artículo 758. El acreedor cuyo crédito no resultare del estado, libros o papeles del...
- Artículo 759. Los acreedores podrán hacerse representar por apoderado o procurador, siendo...
- Artículo 760. Si el crédito no es objetado por el síndico, por el concursado, acreedor o...
- Artículo 761. Si uno o más de los créditos admitidos por la mayoría, fuere objetado por el...
- Artículo 762. Los acreedores que no presenten los documentos justificativos de sus...
- Artículo 763. Si en la primera reunión no fuere posible rectificar todos los créditos...
- Artículo 764. En la misma junta, una vez terminada la rectificación y graduación, los...
- Artículo 765. Después de esta junta y en ausencia de convenios, resueltas las apelaciones...
- Artículo 766. El producto de los bienes se distribuirá proporcionalmente entre los...
- Artículo 767. El acreedor hipotecario, el prendario y el que tenga privilegio especial...
- Artículo 768. Cuando se hubiere pagado íntegramente a los acreedores, celebrado convenio o...
- Artículo 769. Los acreedores listados en el estado del deudor o que presentaren sus...
- Artículo 770. Cuando al hacerse una cesión de bienes sólo hubiere acreedores hipotecarios,...
- Artículo 771. Aceptado el cargo por el síndico se le pondrá en posesión bajo inventario de...
- Artículo 772. El síndico es el administrador de los bienes del concurso debiendo...
- Artículo 773. No puede ser síndico el pariente del concursado o del juez, dentro del...
- Artículo 774. El síndico deberá otorgar garantía dentro de los primeros quince días que...
- Artículo 775. Si el síndico provisional comprendiere que hay necesidad de realizar...
- Artículo 776. El síndico deberá presentar del primero al diez de cada mes, en cuaderno por...
- Artículo 777. El síndico será removido de plano si dejare de rendir la cuenta mensual o...
- Artículo 778. El deudor es parte para litigar personalmente en los incidentes relativos a...
- Artículo 779. El juez competente o el notario público que inicie un procedimiento...
- Artículo 780. El Registrador Público de la Propiedad de la ubicación de los bienes dentro...
- Artículo 781. Son requisitos fundamentales para la procedencia de este procedimiento...
- Artículo 782. Los interesados o presuntos herederos se presentarán oportunamente ante el...
- Artículo 783. Dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación de los...
- Artículo 784. El procedimiento administrativo correspondiente a la transmisión hereditaria...
- Artículo 785. Substanciado todo el procedimiento administrativo en los términos de los...
- Artículo 786. Se condona en favor de los herederos o beneficiarios del autor de la...
- Artículo 787. Fuera del caso a que se refieren los artículos precedentes, luego que el...
- Artículo 788. Las medidas urgentes para la conservación de los bienes, que el juez debe...
- Artículo 789. Si pasados diez días de la muerte del autor de la sucesión, no se presenta...
- Artículo 790. El interventor recibirá los bienes por inventario y tendrá el carácter de...
- Artículo 791. El interventor cesará en su encargo luego que se nombre o se dé a conocer el...
- Artículo 792. Al promoverse el juicio sucesorio debe presentarse la partida de defunción...
- Artículo 793. Cuando con fundamento en la declaración de ausencia o presunción de muerte...
- Artículo 794. En los juicios sucesorios en que haya herederos o legatarios menores que no...
- Artículo 795. En las sucesiones de extranjeros se dará a los cónsules o agentes...
- Artículo 796. Son acumulables a los juicios testamentarios y a los intestados: I.-...
- Artículo 797. En los juicios sucesorios el Ministerio Público representará a los herederos...
- Artículo 798. La intervención que debe tener el representante del fisco será determinada...
- Artículo 799. El albacea manifestará si acepta el nombramiento, dentro de los tres días...
- Artículo 800. Iniciado el juicio y siendo los herederos mayores de edad podrán después del...
- Artículo 801. El juez dará aviso de la separación, inmediatamente, al fisco haciéndole...
- Artículo 802. En todo juicio sucesorio se formarán cuatro secciones compuestas de los...
- Artículo 803. La primera sección se llamará de sucesión y contendrá en sus respectivos...
- Artículo 804. La sección segunda se llamará de inventarios y contendrá: I.- El...
- Artículo 805. La tercera sección se llamará de administración y contendrá: I.- Todo...
- Artículo 806. La cuarta sección se llamará de partición y contendrá: I.- El proyecto...
- Artículo 807. Si durante la tramitación de un intestado apareciere el testamento, se...
- Artículo 808. El que promueva el juicio sucesorio testamentario debe presentar el...
- Artículo 809. La junta se llevará a cabo dentro de los ocho días siguientes a la citación,...
- Artículo 810. Estando ausentes los herederos y sabiéndose su residencia, se les citará por...
- Artículo 811. Si hubiere herederos menores o incapacitados que tengan tutor, mandará citar...
- Artículo 812. Respecto del declarado ausente se entenderá la citación con el que fuere su...
- Artículo 813. Se citará también al Ministerio Público para que represente a los herederos...
- Artículo 814. Si el tutor o cualquier representante legítimo de algún heredero menor o...
- Artículo 815. Si el testamento no es impugnado ni se objeta la capacidad de los...
- Artículo 816. En la junta prevista por el Artículo 808 podrán los herederos nombrar...
- Artículo 817. La denuncia de un intestado podrá hacerse por el Ministerio Público, o por...
- Artículo 818. Si la denuncia se hiciere por un presunto heredero o por un extraño, tendrán...
- Artículo 819. Hecha la denuncia por las personas a que se refiere el artículo anterior, o...
- Artículo 820. Durante los treinta días a que se refiere el artículo anterior, podrán...
- Artículo 821. Concluido el término de treinta días, el juez pondrá los autos a disposición...
- Artículo 822. El juez, pasados los diez días de que habla la parte final del artículo...
- Artículo 823. En la sentencia el juez declarará herederos a los que hubieren justificado...
- Artículo 824. La sentencia a que se refiere el artículo anterior, será apelable en ambos...
- Artículo 825. Dentro de diez días de haber aceptado su cargo, el albacea debe proceder a...
- Artículo 826. El inventario se practicará por un actuario o notario nombrado por el Juez,...
- Artículo 827. Los herederos, dentro de los diez días que sigan a la declaración o...
- Artículo 828. El Notario, Actuario o Albacea, en su caso, procederá en el día señalado,...
- Artículo 829. La diligencia o diligencias de inventario serán firmadas por todos los...
- Artículo 830. El perito designado valuará todos los bienes inventariados
- Artículo 831. Los títulos y acciones que se coticen en la bolsa de comercio podrán...
- Artículo 832. Practicados el inventario y avalúo, serán agregados a los autos y se pondrán...
- Artículo 833. Si transcurriese ese término sin haber hecho oposición, el juez los aprobará...
- Artículo 834. Si los que dedujeron oposición no asistieron a la audiencia se les tendrá...
- Artículo 835. Si los reclamantes fueren varios e idénticas sus oposiciones, deberán...
- Artículo 836. Si las reclamaciones tuvieren por objeto impugnar simultáneamente el...
- Artículo 837. El inventario hecho por el albacea sea o no heredero, aprovecha a todos los...
- Artículo 838. Si pasados los términos que señala el artículo 825, el albacea no promoviere...
- Artículo 839. Los gastos de inventario y avalúo, son a cargo de la herencia, salvo que el...
- Artículo 840. Derogado
- Artículo 841. El cónyuge supérstite tendrá la posesión y administración de los bienes de...
- Artículo 842. En el caso del artículo anterior, la intervención del albacea se concretará...
- Artículo 843. Si la falta de herederos de que se trata en el artículo 1584 del Código...
- Artículo 844. Si la falta de herederos depende de incapacidad legal del nombrado o de...
- Artículo 845. Si por cualquier motivo no hubiere albacea después de un mes de iniciado el...
- Artículo 846. El interventor no puede deducir en juicio las acciones que por razón de...
- Artículo 847. El interventor tendrá el dos por ciento del importe de los bienes, si no...
- Artículo 848. El juez abrirá la correspondencia que venga dirigida al difunto, en...
- Artículo 849. Todas las disposiciones relativas al interventor regirán respecto del...
- Artículo 850. Durante la substanciación del juicio sucesorio no se podrán enajenar los...
- Artículo 851. Los libros de cuentas y papeles del difunto se entregarán al albacea, y...
- Artículo 852. Si nadie se hubiere presentado alegando derechos a la herencia, o no...
- Artículo 853. Aprobados el inventario y el avalúo de los bienes y terminados todos los...
- Artículo 854. El interventor, el cónyuge en el caso del artículo 841 y el albacea, ya sea...
- Artículo 855. Las cantidades que resulten líquidas se depositarán a disposición del...
- Artículo 856. La garantía otorgada por el interventor, y el albacea, no se cancelará sino...
- Artículo 857. Cuando el que administre no rinda dentro del término legal su cuenta, será...
- Artículo 858. Cuando no alcancen los bienes para pagar las deudas y legados, el albacea...
- Artículo 859. Concluidas las operaciones de liquidación, dentro de los ocho días...
- Artículo 860. Presentada la cuenta mensual, semestral o general de administración, se...
- Artículo 861. Si todos los interesados aprobaren la cuenta, o no la impugnaren, el juez la...
- Artículo 862. Concluido y aprobado el inventario el albacea procederá a la liquidación de...
- Artículo 863. El albacea, dentro de los quince días de aprobado el inventario, presentará...
- Artículo 864. Presentado el proyecto, mandará el juez ponerlo a la vista de los...
- Artículo 865. Cuando los productos de los bienes varíen de bimestre a bimestre, el albacea...
- Artículo 866. Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días...
- Artículo 867. Será separado de plano el albacea en los siguientes casos: I.- Si no...
- Artículo 868. Tienen derecho a pedir la partición de la herencia. I.- El heredero que...
- Artículo 869. Cuando el albacea no haga la partición por sí mismo promoverá dentro del...
- Artículo 870. El juez pondrá a disposición del partidor los autos y bajo inventario los...
- Artículo 871. El partidor pedirá a los interesados las instrucciones que juzgue necesarias...
- Artículo 872. El proyecto de partición se sujetará en todo caso a la designación de partes...
- Artículo 873. Concluido el proyecto de partición, el juez lo mandará poner a la vista de...
- Artículo 874. Si se dedujese oposición contra el proyecto, se substanciará en forma...
- Artículo 875. Todo legatario de cantidad tiene derecho de pedir que se le apliquen en pago...
- Artículo 876. Pueden oponerse a que se lleve a efecto la partición: I.- Los...
- Artículo 877. La resolución que resuelva la adjudicación de bienes hereditarios servirá de...
- Artículo 878. La resolución a que se refiere el artículo anterior deberá contener, además...
- Artículo 879. La sentencia que apruebe o repruebe la partición es apelable en ambos...
- Artículo 879 bis. El procedimiento sucesorio especial se sujetará a lo dispuesto en este...
- Artículo 880. En todo lo relativo a la sucesión de los bienes del patrimonio familiar, se...
- Artículo 881. Cuando todos los herederos fueren mayores de edad, y no hubiere incapaces o...
- Artículo 882. El albacea, si lo hubiere, y los herederos exhibiendo la partida de...
- Artículo 883. Practicado el inventario por el albacea y estando conformes con él todos los...
- Artículo 884. Formado por el albacea con la aprobación de los herederos el proyecto de...
- Artículo 885. Cuando todos los herederos fueren mayores de edad y hubieren sido...
- Artículo 885 bis. Para la titulación notarial de la adquisición por los legatarios instituidos...
- Artículo 886. Para la apertura del testamento cerrado, los testigos reconocerán...
- Artículo 887. Cumplido lo prescrito en sus respectivos casos en los artículos del Código...
- Artículo 888. Será preferida para la protocolización de todo testamento cerrado, la...
- Artículo 889. Si se presentaren dos o más testamentos de una misma persona, sean de la...
- Artículo 890. El tribunal competente para conocer de una sucesión, que tenga noticia de...
- Artículo 891. Recibido el pliego, procederá el tribunal como se dispone en el artículo...
- Artículo 892. Si para la debida identificación fuere necesario reconocer la firma por no...
- Artículo 893. A instancia de parte legítima, formulada ante el tribunal del lugar en que...
- Artículo 894. Es parte legítima para los efectos del artículo anterior: I.- El que...
- Artículo 895. Hecha la solicitud, se señalará día y hora para el examen de los testigos...
- Artículo 896. De la resolución que niegue la declaración solicitada puede apelar el...
- Artículo 897. Luego que el tribunal reciba, por conducto del Secretario de Guerra, el...
- Artículo 898. De la declaración judicial se remitirá copia autorizada al Secretario de...
- Artículo 899. Hechas las publicaciones que ordena el Artículo 1487 del Código Civil,...
- Artículo 900. Si el testamento fuere ológrafo, luego que lo reciba el encargado del...
- Artículo 901. Ante el tribunal competente se procederá con respecto al testamento público...
- Artículo 902. La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que por disposición...
- Artículo 903. Las solicitudes relativas a jurisdicción voluntaria, tratándose de...
- Artículo 904. Cuando fuere necesaria la audiencia de alguna persona, se le citará conforme...
- Artículo 905. Se oirá precisamente al Ministerio Público: I.- Cuando la solicitud...
- Artículo 906. Se admitirán cualesquiera documentos que se presentaren e igualmente las...
- Artículo 907. Si a la solicitud promovida se opusiere alguno que tenga personalidad para...
- Artículo 908. Si la oposición se hiciere por quien no tenga personalidad para ello, el...
- Artículo 909. El juez podrá variar o modificar las providencias que dictare sin sujeción...
- Artículo 910. Las providencias de jurisdicción voluntaria serán apelables en ambos efectos...
- Artículo 911. Los actos de que tratan los Capítulos siguientes se sujetarán a las reglas...
- Artículo 912. En los negocios de menores e incapacitados, intervendrán el juez de primera...
- Artículo 913. Los actos de jurisdicción voluntaria a que haga mención este Código se...
- Artículo 914. Ninguna tutela puede conferirse sin que previamente se declare el estado de...
- Artículo 915. Si a la petición de declaración de minoridad se acompaña la certificación...
- Artículo 916. La declaración de incapacidad por causa de demencia que no resulte declarada...
- Artículo 917. En el incidente a que se refiere el artículo anterior se observarán las...
- Artículo 918. Todo tutor, cualquiera que sea su clase, debe aceptar previamente y prestar...
- Artículo 919. El menor podrá oponerse al nombramiento de tutor hecho por la persona que no...
- Artículo 920. Siempre que el tutor nombrado no reúna los requisitos que la ley exige para...
- Artículo 921. En los juzgados de primera instancia, bajo el cuidado y responsabilidad del...
- Artículo 922. Dentro de los ocho primeros días de cada año en audiencia pública con...
- Artículo 923. En todos los casos de impedimento, separación o excusa del curador...
- Artículo 924. Sobre la rendición y aprobación de cuentas de los tutores, regirán las...
- Artículo 925. Cuando del examen de la cuenta resulten motivos graves para sospechar dolo,...
- Artículo 926. Los tutores y curadores no pueden ser removidos por actos de jurisdicción...
- Artículo 927. Derogado
- Artículo 928. Derogado
- Artículo 929. Derogado
- Artículo 930. Derogado
- Artículo 931. Derogado
- Artículo 932. Derogado
- Artículo 933. Derogado
- Artículo 934. Derogado
- Artículo 935. Derogado
- Artículo 936. Derogado
- Artículo 937. Derogado
- Artículo 938. Derogado
- Artículo 939. La información ad-perpetuam podrá decretarse cuando no tenga interés más que...
- Artículo 940. Para dar trámite a la información Ad perpetuam en el supuesto previsto en la...
- Artículo 941. Si fueron cubiertos los requisitos señalados en el artículo que precede,...
- Artículo 942. El Juez estará obligado a ampliar el examen de los testigos con las...
- Artículo 943. Las informaciones se protocolizarán ante el Notario que designe el...
- Artículo 943 bis. En ningún caso se admitirá en jurisdicción voluntaria, la información de...
- Artículo 944. El apeo y deslinde tiene lugar siempre que no se hayan fijado los límites...
- Artículo 945. Tienen derecho para promover el apeo: I.- El propietario; II.- El...
- Artículo 946. La petición de apeo debe contener: I.- El nombre y ubicación de la...
- Artículo 947. Hecha la promoción, el juez la mandará hacer saber a los colindantes para...
- Artículo 948. El día y hora señalados, el juez, acompañado del secretario, peritos,...
- Artículo 948 bis. Si no existiera controversia y todos los colindantes del predio al que se...
- Artículo 949. Los gastos generales del apeo se harán por el que promueva. Los que importen...
- Artículo 950. Se tramitará en la forma de incidente que habrá de seguirse con el...
- Artículo 951. La mujer menor de edad que deseando contraer matrimonio necesite acudir a la...
- Artículo 952. Todos los problemas inherentes a la familia se consideran de orden público,...
- Artículo 953. Los Jueces de lo Familiar conocerán con los procedimientos, reglas y...
- Artículo 954. En los asuntos de su competencia los jueces de lo familiar siempre deberán...
- Artículo 955. En los negocios de que conozcan los jueces de lo familiar, será optativo...
- Artículo 955 bis. En las sentencias que resuelvan las controversias familiares, además de las...
- Artículo 956. En el caso del primer párrafo del Artículo 135 del Código Civil, el...
- Artículo 957. Exclusivamente para los efectos de los párrafos segundo y tercero del...
- Artículo 957 bis. Admitida que sea la solicitud o la demanda respectiva por el juez...
- Artículo 957 bis 1. Cuando de las solicitudes o demandas se advierte que exista conflicto de...
- Artículo 958. Las partes tienen el derecho de sujetar sus diferencias al arbitraje en...
- Artículo 959. Para los efectos del presente Capítulo se entenderá por arbitraje, el...
- Artículo 960. El acuerdo de arbitraje podrá adoptar la forma de una cláusula compromisoria...
- Artículo 961. Por medio del acuerdo arbitral, que comprende la cláusula compromisoria y el...
- Artículo 962. No se pueden comprometer en árbitros los siguientes negocios: I.- El...
- Artículo 963. Todo el que esté en pleno ejercicio de sus derechos civiles, puede...
- Artículo 964. El compromiso designará el negocio o negocios que se sujeten al arbitraje y...
- Artículo 965. Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de...
- Artículo 966. Para el nombramiento de árbitros se estará a lo siguiente: I.- Salvo...
- Artículo 967. La persona a quien se comunique su posible nombramiento como árbitro, deberá...
- Artículo 968. De los impedimentos, recusaciones y excusas de los árbitros conocerá el Juez...
- Artículo 969. Salvo acuerdo en contrario de las partes, el árbitro o árbitros del...
- Artículo 970. Los honorarios, gastos de funcionamiento y costas de los árbitros serán...
- Artículo 971. El árbitro o árbitros estarán facultados para decidir sobre su propia...
- Artículo 972. Los árbitros deberán tratar a las partes con igualdad y dar a cada una de...
- Artículo 973. Las partes tendrán libertad para convenir el procedimiento a que se haya de...
- Artículo 974. Si durante las actuaciones arbitrales las partes llegaren a una transacción...
- Artículo 975. El laudo se dictará por escrito y será firmado por el árbitro o árbitros. En...
- Artículo 976. Las actuaciones del arbitraje terminan por: I.- Laudo definitivo y...
- Artículo 977. Dentro de los tres días siguientes a la notificación del laudo, salvo que...
- Artículo 978. Los laudos arbitrales sólo podrán ser anulados por el Juez del lugar del...
- Artículo 979. La petición de nulidad deberá formularse dentro de un plazo de tres días...
- Artículo 980. El Juez, cuando se le solicite la anulación de un laudo, podrá suspender las...
- Artículo 981. El procedimiento de nulidad se substanciará incidentalmente, de conformidad...
- Artículo 982. Reconocimiento y ejecución del laudo. Un laudo arbitral, cualquiera que sea...
- Artículo 983. Sólo se podrá denegar el reconocimiento o la ejecución de un laudo arbitral,...
- Artículo 984. El procedimiento de reconocimiento o ejecución se substanciará en los...
- Artículo 985. Los laudos arbitrales tendrán eficacia y serán reconocidos en el Estado, en...
- Artículo 986. Los efectos de los laudos arbitrales y resoluciones jurisdiccionales...
- Artículo 987. Las controversias susceptibles de transacción o convenio que surjan entre...
- Artículo 988. El documento que contenga el correspondiente convenio, cuando éste sea el...
- Artículo 989. Se sujetarán al procedimiento oral: I. Las controversias que se...
- Artículo 990. El procedimiento oral se realizará fundamentalmente con base en los...
- Artículo 991. Salvo lo dispuesto en este Libro, las promociones de las partes deberán...
- Artículo 992. El Juez proveerá, en el momento y oralmente, toda cuestión que le sea...
- Artículo 993. Las partes no podrán invocar, leer, ni incorporar como prueba al...
- Artículo 994. Las diligencias de desahogo de pruebas que deban verificarse fuera del...
- Artículo 995. La nulidad de una actuación deberá reclamarse en la audiencia subsecuente,...
- Artículo 996. Las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por...
- Artículo 997. Las tercerías que surjan dentro del procedimiento oral, se sustanciarán en...
- Artículo 998. La prueba confesional por posiciones podrá ofrecerse desde el escrito de...
- Artículo 999. Llegado el momento para el desahogo de la prueba confesional, estando...
- Artículo 1000. Al ofrecerse la prueba testimonial, no será necesario acompañar...
- Artículo 1001. Cuando se trate de testigos que deban ser citados por el Juez, la citación...
- Artículo 1002. Para la consecución de la verdad y de la justicia, el Juez puede de oficio...
- Artículo 1003. Una vez que el testigo rinda su declaración, sólo podrá ausentarse del...
- Artículo 1004. El Juez podrá ordenar, de oficio o a petición de parte, confrontaciones de...
- Artículo 1005. Los testigos que hayan declarado podrán ser tachados en la audiencia o en un...
- Artículo 1006. Es instrumento público el registro del procedimiento oral; probará el modo...
- Artículo 1007. Los documentos que presenten las partes deberán ser impugnados durante la...
- Artículo 1008. La prueba pericial se desahogará con la intervención de los peritos...
- Artículo 1009. De no cumplirse los requisitos del artículo anterior, se tendrá por no hecha...
- Artículo 1010. Admitida la prueba pericial, el Juez señalará un plazo prudente para la...
- Artículo 1011. El perito designado por el Juez deberá aceptar el cargo en un plazo de tres...
- Artículo 1012. El dictamen pericial será puesto a la vista de las partes, por lo menos tres...
- Artículo 1013. Los peritos se sujetarán a las disposiciones establecidas en los artículos...
- Artículo 1014. Los peritos asistirán a la audiencia respectiva con el fin de exponer las...
- Artículo 1015. El perito designado por el Juez que habiendo aceptado el cargo no rinda su...
- Artículo 1016. Si a la audiencia mencionada en el artículo anterior los peritos designados...
- Artículo 1017. En caso de que los peritos, con el fin de emitir su dictamen, tengan...
- Artículo 1018. Cuando se trate de la evaluación de menores, el Juez determinará la forma en...
- Artículo 1019. Los honorarios de los peritos de las partes serán pagados por cada una de...
- Artículo 1020. No será aplicable al procedimiento oral lo dispuesto en los artículos 310 ,...
- Artículo 1021. Las audiencias serán presididas por el Juez bajo pena de nulidad; serán...
- Artículo 1022. Es obligación de las partes asistir a las audiencias del procedimiento, por...
- Artículo 1023. El Juez, al ordenar la citación para las audiencias, hará saber a las partes...
- Artículo 1024. El Juez determinará el inicio y la conclusión de cada una de las etapas de...
- Artículo 1025. La fecha y hora de las audiencias se deberá fijar con la mayor proximidad...
- Artículo 1026. Cuando una audiencia no logre concluirse en la fecha señalada para su...
- Artículo 1027. Cada vez que proceda la suspensión de una audiencia deberá fijarse, en el...
- Artículo 1028. Las audiencias se registrarán por videograbación, audio grabación o...
- Artículo 1029. Al inicio de cada audiencia el secretario del juzgado hará constar oralmente...
- Artículo 1030. Las partes y los terceros que intervengan en el desarrollo de las audiencias...
- Artículo 1031. Durante el desarrollo de las audiencias los jueces deberán imponer el orden...
- Artículo 1032. En el transcurso de las audiencias o al terminarse éstas, se levantará un...
- Artículo 1033. El secretario del juzgado deberá certificar el medio óptico o magnético en...
- Artículo 1034. Se podrá solicitar copia simple o certificada, de las actas o los registros,...
- Artículo 1035. La conservación de los registros estará a cargo del juzgado que los haya...
- Artículo 1036. En la secretaría del juzgado estarán disponibles los aparatos y el personal...
- Artículo 1037. Los incidentes que no tengan tramitación especial sólo podrán promoverse...
- Artículo 1038. Si se promueve la acumulación de autos, se procederá en los términos del...
- Artículo 1039. La recusación será admisible hasta antes de la calificación de las pruebas...
- Artículo 1040. La demanda deberá presentarse por escrito, y reunirá los requisitos de los...
- Artículo 1041. Admitida la demanda, el Juez ordenará emplazar al demandado corriéndole...
- Artículo 1042. El actor podrá acompañar al actuario a efectuar el emplazamiento en el...
- Artículo 1043. El escrito de contestación se formulará ajustándose a los términos previstos...
- Artículo 1044. El demandado podrá allanarse a la demanda; en este caso, el Juez citará a...
- Artículo 1045. El demandado, al tiempo de contestar la demanda, podrá proponer la...
- Artículo 1046. Si el demandado o el actor reconvenido no formulan su contestación,...
- Artículo 1047. En los escritos de demanda, reconvención y contestación a éstas,...
- Artículo 1048. Contestada la demanda y la reconvención, o transcurridos los plazos para...
- Artículo 1049. La Audiencia Preliminar se llevará a cabo con o sin la asistencia de las...
- Artículo 1050. La Audiencia Preliminar podrá suspenderse o diferirse cuando el Juez lo...
- Artículo 1051. Al inicio de la Audiencia Preliminar, una vez que el secretario del juzgado...
- Artículo 1052. Si asisten las partes, el Juez les propondrá someterse a un mecanismo...
- Artículo 1053. Las partes pueden solicitar al Juez tenga por acreditados ciertos hechos;...
- Artículo 1054. Si las partes no llegan a un convenio que establezca la solución total de la...
- Artículo 1055. Si se opone la incompetencia, el Juez pronunciará si sostiene o no su...
- Artículo 1056. En caso de que se oponga la excepción de conexidad de la causa, el Juez...
- Artículo 1057. En caso de que resulten improcedentes las excepciones procesales o si no se...
- Artículo 1058. Si no hay pruebas que requieran de diligencia especial para su desahogo o...
- Artículo 1059. Dentro de la etapa de preparación de las pruebas, podrá desahogarse la...
- Artículo 1060. En caso de que la prueba pericial verse sobre la firma o escritura de alguna...
- Artículo 1061. El ofrecimiento, la admisión y el desahogo de las pruebas, se sujetará a las...
- Artículo 1062. La Audiencia de Juicio se llevará a cabo con o sin la asistencia de las...
- Artículo 1063. Si asisten las partes, el juez procurará conciliarlas y en su caso, se...
- Artículo 1064. Sólo la sentencia definitiva, y los autos y las sentencias interlocutorias...
- Artículo 1064 bis. En los asuntos mencionados en las fracciones II, III y V del Artículo 989...
- Artículo 1065. Las controversias que se susciten con motivo de arrendamientos,...
- Artículo 1066. Con la demanda se exhibirá el contrato de arrendamiento respectivo, en el...
- Artículo 1067. Emplazado el demandado y en caso de que el inmueble se encuentre desocupado,...
- Artículo 1068. Para decretar alimentos a favor de quien tenga derecho de exigirlos, se...
- Artículo 1069. La prueba de que trata la fracción I del artículo anterior será: el...
- Artículo 1070. Recibida la demanda y cumplidas las exigencias legales, el Juez dictará el...
- Artículo 1071. La sentencia que decrete los alimentos, fijará la pensión correspondiente,...
- Artículo 1071 bis. La suspensión del derecho a la pensión que se hubiere decretado en...
- Artículo 1072. Notificada la sentencia, se comunicará sin demora a la persona física o...
- Artículo 1073. La sentencia en que se denieguen los alimentos es apelable en ambos efectos...
- Artículo 1074. En este procedimiento no se admitirá ninguna discusión sobre el derecho a...
- Artículo 1075. Durante la sustanciación de las controversias a que se refieren los...
- Artículo 1076. Se sujetarán al procedimiento oral, así como a las reglas especiales de esta...
- Artículo 1077. El Juez, después de contestada la demanda y fijada la litis, fijará un...
- Artículo 1078. Durante el procedimiento deberá escucharse la opinión de los menores...
- Artículo 1079. En los supuestos de las fracciones I y III del artículo 1076 de este Código...
- Artículo 1080. La sentencia que se pronuncie en los asuntos a que se refieren las...
- Artículo 1081. La sentencia se ejecutará, si así se solicita, sin necesidad de fianza,...
- Artículo 1082. Los cónyuges que convengan en divorciarse en los términos del último párrafo...
- Artículo 1083. Hecha la solicitud y cumplidas las exigencias del artículo anterior, el Juez...
- Artículo 1084. En la audiencia a que se refiere el artículo anterior, el Juez exhortará a...
- Artículo 1085. El cónyuge menor de edad necesita de un tutor especial para poder solicitar...
- Artículo 1086. Los cónyuges no pueden hacerse representar por procurador en la audiencia a...
- Artículo 1087. En caso que cualquiera de los cónyuges, sin justa causa calificada por el...
- Artículo 1088. La sentencia que decrete el divorcio por mutuo consentimiento es apelable en...
- Artículo 1089. Ejecutoriada la sentencia de divorcio, el Juez mandará remitir copia de ésta...
- Artículo 1090. La solicitud se presentará por escrito y reunirá los requisitos de los...
- Artículo 1091. Cumplidas las exigencias, el juez señalará el día, hora y lugar para una...
- Artículo 1092. En la audiencia a que se refiere el Artículo anterior, los promoventes...
- Artículo 1093. Será necesaria licencia judicial para la venta de los bienes que pertenezcan...
- Artículo 1094. Para decretar la venta de los bienes se necesita que al pedirse, se expresen...
- Artículo 1095. Respecto de las alhajas y muebles preciosos, el juez determinará si conviene...
- Artículo 1096. Para la venta de acciones y títulos de renta, se concederá la autorización...
- Artículo 1097. El precio de la venta se entregará al tutor si las firmas o garantías...
- Artículo 1098. Para la venta de los bienes inmuebles o de los muebles preciosos de niñas,...
- Artículo 1099. Para recibir dinero prestado en nombre del menor o incapacitado, el tutor...
- Artículo 1100. Lo dispuesto en los Artículos que preceden se aplicará al gravamen y...
- Artículo 1101. El que pretenda adoptar deberá acreditar las exigencias del Artículo 390 y...
- Artículo 1102. No procederá fijar fecha y hora para la celebración de la audiencia a que se...
- Artículo 1103. DEROGADO
- Artículo 1104. DEROGADO
- Artículo 1105. La impugnación de la adopción y su revocación en los casos de los Artículos...
- Artículo 1106. Los consortes que pretendan variar el régimen matrimonial deberán cumplir...
- Artículo 1107. La solicitud de divorcio incausado deberá reunir los requisitos que señala...
- Artículo 1108. No será obstáculo para dar trámite a la solicitud de divorcio incausado la...
- Artículo 1109. Admitida la solicitud de divorcio incausado, se le correrá el traslado de...
- Artículo 1110. Transcurrido el término del emplazamiento, de no presentarse el escrito de...
- Artículo 1111. En el divorcio incausado no procederá la acumulación de acciones ni la...
- Artículo 1112. Una vez que se haya desahogado la vista o transcurrido el término para ello,...
- Artículo 1113. En la audiencia a que se refiere el artículo anterior, una vez hechos los...
- Artículo 1114. Al inicio de la audiencia que tenga por objeto resolver el divorcio...
- Artículo 1115. En caso de que los cónyuges concreten un acuerdo respecto del convenio...
- Artículo 1116. Si al desahogarse la vista de la solicitud de divorcio incausado, se oponen...
- Artículo 1117. Si al contestar la solicitud o durante su trámite, se produce el...
- Artículo 1118. La sentencia que decrete el divorcio incausado, una vez notificada a las...
- Artículo 1119. En toda resolución que emita el juez en el procedimiento de divorcio...
- Artículo 1120. Las resoluciones que se dicten con motivo de las consecuencias jurídicas del...
- Artículo 1121. Antes de emitirse la resolución de divorcio, las partes en cualquier tiempo...
- Artículo 1122. Si no se hace la ratificación del allanamiento, se tendrá por no presentado...
- Artículo 1123. Las cuestiones incidentales relativas a las consecuencias jurídicas del...
- Artículo 1124. Cuando alguna de las partes exprese bajo protesta de decir verdad, la...
- Artículo 1125. El divorcio incausado solo será apelable en ambos efectos cuando la...
- Artículo 1126. Si transcurridos treinta días naturales contados a partir de que la...
- Artículo 1127. En lo no previsto en este capítulo, se aplicaran las disposiciones comunes...
- Artículo 1128. En el procedimiento de divorcio incausado no habrá condena en gastos y...
Otras regulaciones
Código Fiscal Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Código Civil Código PenalMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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