Código de Procedimientos en Materia Estado de Yucatán
Código de Procedimientos en Materia Estado de Yucatán
- Artículo 1. Corresponde exclusivamente a los Tribunales de Defensa Social del Estado:...
- Artículo 1 bis. Las autoridades encargadas de la investigación de los delitos, la policía...
- Artículo 2. Corresponde exclusivamente al Ministerio Público, el ejercicio de la función...
- Artículo 2 bis. Corresponde a la Procuraduría General de Justicia del Estado prestar apoyo y...
- Artículo 2 ter. En los procedimientos del orden penal se privilegiará la utilización de...
- Artículo 3. En el ejercicio de sus funciones, al Ministerio Público le compete: I.-...
- Artículo 4. En el desempeño de esta función, al Ministerio Público corresponde: I.-...
- Artículo 5. La jurisdicción en materia penal corresponde en el orden siguiente: I.-...
- Artículo 6. Todos los Servidores Públicos quedan sujetos a la jurisdicción ordinaria por...
- Artículo 7. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, los Servidores Públicos...
- Artículo 8. Los Jueces de Primera Instancia, los Jueces de Paz, los integrantes de los...
- Artículo 9. En materia penal no es admisible prórroga ni renuncia de jurisdicción
- Artículo 10. El Juez o Tribunal que se considere incompetente para conocer de una causa,...
- Artículo 11. Cuando alguna de las partes en el proceso estime que no es competente el...
- Artículo 12. Son auxiliares en la administración de justicia en materia penal: I.-...
- Artículo 13. Las actuaciones en materia penal se llevarán por duplicado; podrán...
- Artículo 14. En ninguna actuación se emplearán abreviaturas ni borraduras. Las palabras o...
- Artículo 15. Todas las personas que intervengan en una diligencia firmarán al calce del...
- Artículo 16. Las actuaciones en materia penal serán autorizadas y conservadas en sus...
- Artículo 17. Cuando en las actuaciones esté comprobado el cuerpo del delito motivo del...
- Artículo 18. Los expedientes de los procesos permanecerán siempre en la Secretaría del...
- Artículo 19. Cuando se dé vista de la causa al inculpado, no obstante haberse tomado las...
- Artículo 20. Si se perdiere algún expediente o constancias del mismo se repondrá a costa...
- Artículo 21. Las promociones que se hagan por escrito deberán contener la firma del...
- Artículo 22. Los Secretarios deberán dar cuenta al día siguiente de las promociones que...
- Artículo 23. Los Tribunales, los jueces y el Ministerio Público tienen el deber de...
- Artículo 24. Si las faltas a que se refiere el artículo anterior llegaren a constituir...
- Artículo 25. Si en la secuela de un proceso apareciere que se cometieron otros hechos que...
- Artículo 26. En los casos relativos a la reparación del daño que deba ser exigida al...
- Artículo 27. Cuando hubiere temor fundado de que el obligado a la reparación del daño,...
- Artículo 28. Cuando variare el personal de un Tribunal o Juzgado no se proveerá decreto...
- Artículo 29. La administración de justicia será gratuita; por ningún acto procedimental...
- Artículo 30. Los Jueces y Tribunales dictarán de oficio en los procesos de su...
- Artículo 31. No se negará a las partes por el Juez o Tribunal, testimonio o certificación...
- Artículo 32. Los Secretarios cotejarán las copias o testimonios de constancias que se...
- Artículo 33. Todos los gastos que se originen en las diligencias de Averiguación Previa,...
- Artículo 33 bis. El Ministerio Público o la autoridad judicial del conocimiento, tan pronto...
- Artículo 34. Cuando el inculpado, el ofendido o la víctima, el denunciante, los peritos o...
- Artículo 35. Las partes podrán recusar al intérprete fundando su recusación y la...
- Artículo 36. Los testigos no podrán ser intérpretes.
- Artículo 37. Al indiciado que se encuentre en las condiciones que se precisan en el...
- Artículo 38. Si el inculpado, el ofendido o la víctima o alguno de los testigos fuere...
- Artículo 39. A los sordos y a los mudos que sepan leer y escribir se les interrogará...
- Artículo 40. Las audiencias en materia penal serán públicas excepto en el caso de delitos...
- Artículo 41. Las audiencias se llevarán a cabo concurran o no las partes, pero el...
- Artículo 42. En los supuestos a que se refieren los artículos 34 y 37 de este Código ,...
- Artículo 43. En las audiencias, el indiciado, procesado o acusado según el momento...
- Artículo 44. Todos los que asistan a las audiencias deberán observar el orden y guardar...
- Artículo 45. Si el indiciado, inculpado o acusado, según el caso, faltase al orden o...
- Artículo 46. Durante las audiencias el inculpado podrá comunicarse, previa autorización...
- Artículo 47. A las audiencias, la víctima o el ofendido, las demás personas que tengan...
- Artículo 48. En las audiencias, la fuerza pública estará a las órdenes del funcionario...
- Artículo 49. Las resoluciones judiciales se clasifican en: Decretos, las que se refieren...
- Artículo 50. Toda resolución deberá ser fundada y motivada; se redactará en forma clara,...
- Artículo 51. Las sentencias deberán contener: I.- Nombres y apellidos del acusado,...
- Artículo 52. Será necesaria la presencia de todos los miembros que integran un Tribunal...
- Artículo 53. Los autos contendrán una breve exposición del punto de que se trate, la...
- Artículo 54. Los decretos deberán dictarse dentro de veinticuatro horas; los autos,...
- Artículo 55. Los Jueces y Tribunales no podrán con ningún pretexto aplazar, demorar o...
- Artículo 56. Los términos establecidos en este Código son improrrogables, a no ser cuando...
- Artículo 57. Las notificaciones y citaciones se harán a más tardar dentro de los tres...
- Artículo 58. Con excepción de los altos Servidores Públicos que se mencionan en el...
- Artículo 59. Las resoluciones contra las cuales proceda el recurso de apelación se...
- Artículo 60. Las demás resoluciones que se pronuncien durante la secuela procesal, con...
- Artículo 61. Los Servidores Públicos encargados de hacer las notificaciones que no sean...
- Artículo 62. Deben firmar las notificaciones la persona que las hace y aquélla a quien se...
- Artículo 63. Todas las resoluciones que recaigan a las promociones que por escrito se...
- Artículo 64. Las notificaciones personales se harán en el Juzgado, Tribunal o Agencia del...
- Artículo 65. Si se ignorare el lugar en que reside la persona que deba ser notificada y...
- Artículo 66. Si a pesar de no haberse hecho la notificación en la forma que previene este...
- Artículo 67. Si el inculpado hubiere autorizado a su defensor a oír notificaciones,...
- Artículo 68. Si se probare que no se hizo la notificación decretada o que se hizo en...
- Artículo 69. Con excepción de los altos Servidores Públicos del Estado que se precisan en...
- Artículo 70. Las citaciones podrán hacerse por medio de oficio, boleta citatoria o por...
- Artículo 71. Cualquiera de esos medios citatorios contendrá: I.- La autoridad ante...
- Artículo 72. Cuando la citación se haga por oficio, deberá acompañarse de un duplicado...
- Artículo 73. Cuando las citaciones sean por medio de boletas, los formatos...
- Artículo 74. Cuando la citación se haga por telégrafo se enviará por duplicado a la...
- Artículo 75. El oficio y la boleta citatoria serán entregados por personal del Tribunal o...
- Artículo 76. Las citas deberán entregarse en el domicilio de las personas a quien van...
- Artículo 77. Cuando se ignorare la residencia de una persona que deba ser citada, se...
- Artículo 78. Si el citado fuere empleado de algún ramo del servicio público o militar, la...
- Artículo 79. Si se trata de citas foráneas, el citatorio se hará por oficio a manera de...
- Artículo 80. El Secretario del Tribunal o el de la Agencia Investigadora dará cuenta, por...
- Artículo 81. Son correcciones disciplinarias: I.- El apercibimiento privado o...
- Artículo 82. Las correcciones disciplinarias podrán imponerse por los Jueces, Magistrados...
- Artículo 83. Contra cualquiera providencia en que se imponga alguna corrección...
- Artículo 84. Los Jueces, Magistrados y Agentes del Ministerio Público para hacer cumplir...
- Artículo 85. Cuando los Jueces o Magistrados tuvieren que practicar alguna diligencia...
- Artículo 86. Cuando el Ministerio Público tuviese que practicar una diligencia fuera del...
- Artículo 87. Los exhortos, despachos y oficios de colaboración, atenta la naturaleza de...
- Artículo 88. En casos urgentes se podrá usar la vía telegráfica, la radiocomunicación, el...
- Artículo 89. Se dará entera fe y crédito a los exhortos, despachos u oficios de...
- Artículo 90. Cuando la autoridad requerida no pueda dar cumplimiento al exhorto, despacho...
- Artículo 91. No se notificarán las providencias que se dicten para el cumplimiento de un...
- Artículo 92. Los exhortos a los Tribunales extranjeros se remitirán por la vía...
- Artículo 93. Los exhortos remitidos por Tribunales extranjeros deberán contener, además...
- Artículo 94. Los exhortos, despachos u oficios de colaboración que se reciban en el...
- Artículo 95. Cuando se demorare por más de quince días la tramitación de un exhorto o...
- Artículo 96. Los cateos sólo se practicarán en virtud de orden expedida por el Organo...
- Artículo 97. Para decretar el cateo bastará que existan indicios o datos que hagan...
- Artículo 98. Cuando durante las diligencias de Averiguación Previa, el Ministerio Público...
- Artículo 99. Las diligencias de cateo se practicarán por el personal del Tribunal que lo...
- Artículo 100. Para la práctica de un cateo se observarán las reglas siguientes: I.-...
- Artículo 101. Para la práctica de un cateo se observarán las reglas siguientes: I.-...
- Artículo 102. A excepción de los objetos que tengan relación con el delito que motivase el...
- Artículo 103. Al practicarse un cateo se recogerán los instrumentos y objetos del delito,...
- Artículo 104. Si el inculpado estuviere presente, se le mostrarán los objetos recogidos...
- Artículo 105. En las casas habitadas, el cateo se realizará sin causar a sus ocupantes más...
- Artículo 106. Si el cateo tuviere que practicarse dentro de algún edificio público, se...
- Artículo 107. En el caso de que el representante de una casa o establecimiento solicite de...
- Artículo 108. En los casos en que el cateo se practique obsequiando algún exhorto,...
- Artículo 109. Todo inculpado tendrá derecho a ser oído por sí mismo, por medio de abogado...
- Artículo 110. El defensor tendrá derecho a estar presente en todos los actos del...
- Artículo 111. Los defensores, al aceptar el nombramiento, en cada caso, protestarán...
- Artículo 112. En materia penal los Magistrados y Jueces están impedidos de conocer y por...
- Artículo 113. Los representantes del Ministerio Público y los Secretarios de los juzgados...
- Artículo 114. Los Jueces, Magistrados y Ministerio Público, éste con las limitaciones que...
- Artículo 115. La ley reconoce como medios específicos de prueba: I.- La confesión....
- Artículo 115 bis. Cuando surta la competencia local, conforme a la Ley General de Salud,...
- Artículo 116. La confesión es la declaración voluntaria y espontánea hecha por persona no...
- Artículo 117. La confesión podrá recibirse por el Ministerio Público que practique la...
- Artículo 118. Ningún inculpado podrá ser obligado a declarar, por lo que queda...
- Artículo 119. La inspección es el examen u observación junto con la descripción de...
- Artículo 120. Al practicarse una inspección podrá examinarse a las personas presentes, que...
- Artículo 121. A juicio del funcionario que la practique o a petición de parte, se...
- Artículo 122. Si el delito fuere de aquellos que pueden dejar huellas materiales, se...
- Artículo 123. En caso de lesiones, el Ministerio Público, los Jueces o los Tribunales,...
- Artículo 124. En los delitos sexuales y en el aborto puede concurrir al reconocimiento que...
- Artículo 125. La autoridad que practique una diligencia de inspección deberá cumplir, en...
- Artículo 126. Siempre que la naturaleza del delito y los medios de prueba lo exijan, a...
- Artículo 127. La reconstrucción deberá practicarse precisamente en el lugar y la hora en...
- Artículo 128. La reconstrucción de hechos no se practicará sin que previamente hayan sido...
- Artículo 129. Las diligencias de reconstrucción de hechos podrán repetirse cuantas veces...
- Artículo 130. Cuando alguna de las partes solicite la diligencia de reconstrucción, deberá...
- Artículo 131. La reconstrucción de hechos únicamente se suspenderá cuando la falta de...
- Artículo 132. Cuando hubiere versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los...
- Artículo 133. Para practicar la reconstrucción de hechos el personal del Ministerio...
- Artículo 134. Siempre que para el debido conocimiento y apreciación de alguna persona o de...
- Artículo 135. Cuando la autoridad que practique alguna diligencia lo crea conveniente,...
- Artículo 136. Por regla general los peritos que dictaminen serán cuando menos dos, pero...
- Artículo 137. El Ministerio Público, el inculpado o su defensor, el ofendido o la víctima,...
- Artículo 138. Son peritos Titulares los que tienen título oficial en la ciencia o arte...
- Artículo 139. Los Organos Jurisdiccionales y el Ministerio Público se valdrán de peritos...
- Artículo 140. La designación de peritos hecha por el órgano Jurisdiccional o por el...
- Artículo 141. Si no hubiere peritos de los que menciona el artículo anterior y el Organo...
- Artículo 142. Los honorarios de los peritos que nombre el Tribunal, Juez o Ministerio...
- Artículo 143. Cuando los peritos que gocen sueldo del erario emitan su dictamen sobre...
- Artículo 144. Los peritos que acepten el cargo, tienen obligación de protestar su fiel...
- Artículo 145. No sólo durante el período probatorio podrá perfeccionarse la prueba...
- Artículo 146. Queda prohibido a los peritos intervenir con ese carácter en los asuntos que...
- Artículo 147. La prueba pericial se efectuará bajo la dirección de la autoridad que la...
- Artículo 148. Los peritos emitirán su dictamen por escrito y los no oficiales lo...
- Artículo 149. El informe pericial comprenderá, si fuere posible: I.- Descripción, en...
- Artículo 150. Cuando las opiniones de los peritos nombrados discreparen, la autoridad que...
- Artículo 151. Cuando el dictamen pericial recaiga sobre objetos que se consuman al ser...
- Artículo 152. Cuando los peritos que tengan ese carácter por nombramiento del Ejecutivo...
- Artículo 153. Los médicos forenses deberán ampliar o aclarar sus dictámenes o...
- Artículo 154. Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena, se procurará...
- Artículo 155. En la prueba pericial deberá cumplirse, en lo conducente, con las...
- Artículo 156. Si para el conocimiento de la verdad acerca del delito imputado y de la...
- Artículo 157. Toda persona, cualquiera que sea su edad, sexo, condición social o...
- Artículo 158. Durante la instrucción el Juez no podrá dejar de examinar a los testigos...
- Artículo 159. Los testigos ausentes serán examinados por medio de exhorto, despacho u...
- Artículo 160. No serán obligados a declarar, el tutor, el curador, el pupilo o el cónyuge...
- Artículo 161. Tampoco serán compelidos a declarar las personas que estén obligadas a...
- Artículo 162. En materia penal no puede oponerse tacha a los testigos, pero, de oficio o a...
- Artículo 163. La minoría de edad del declarante no invalida, por sí misma, el valor...
- Artículo 164. Antes de emitir su testimonio, los testigos deberán siempre rendir la...
- Artículo 165. Los testigos deberán ser examinados separadamente, tomando las medidas...
- Artículo 166. Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su...
- Artículo 167. Los testigos declararán de viva voz sin que les sea permitido leer...
- Artículo 168. Si la declaración es relativa a un hecho capaz de dejar vestigios en algún...
- Artículo 169. Las declaraciones se redactarán con claridad usando, hasta donde sea...
- Artículo 170. Si apareciere que algún testigo se ha producido con falsedad se hará...
- Artículo 171. El Gobernador del Estado, los Diputados locales propietarios, los suplentes...
- Artículo 172. Cuando el testigo fuere obligado a acudir desde un lugar distante más de...
- Artículo 173. Si el testigo se hallare en la misma población pero con impedimento físico...
- Artículo 174. Cuando el testigo se niegue sin justa causa a comparecer, a declarar u...
- Artículo 175. Cuando tuviere que ausentarse del lugar en que se practiquen las diligencias...
- Artículo 176. Toda persona que se refiera a otra en su declaración o en cualquier otro...
- Artículo 177. Cuando el que declare no pueda dar noticia exacta de la persona a quien se...
- Artículo 178. En la confrontación se observarán los requisitos siguientes: I.- Que la...
- Artículo 179. Si alguna de las partes pidiere que se tomaren mayores precauciones que las...
- Artículo 180. La persona que deba ser confrontada puede elegir el sitio en que quiera...
- Artículo 181. La diligencia de confrontación se efectuará colocando en fila a la persona...
- Artículo 182. Siempre que el inculpado o su defensor lo soliciten, será careado en...
- Artículo 183. Con excepción de lo dispuesto en el artículo anterior, los demás careos se...
- Artículo 184. En todo caso, se carear a una persona con otra y nunca se hará constar en...
- Artículo 185. Los careos entre personas distintas de las mencionadas en el artículo 182...
- Artículo 186. Sólo concurrirán a la diligencia las personas que deban ser careadas, las...
- Artículo 187. Los careos se practicarán dando lectura, en lo conducente, a las...
- Artículo 188. Documento es todo objeto inanimado en el que conste, escrito o impreso,...
- Artículo 189. Los documentos que presenten las partes durante el procedimiento o se...
- Artículo 190. Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los...
- Artículo 191. Cuando el Ministerio Público estime que puedan encontrarse pruebas del...
- Artículo 192. La correspondencia recogida se abrirá por el Juez en presencia de su...
- Artículo 193. El Juez leerá para sí la correspondencia. Si no tuviere relación con el...
- Artículo 194. La autoridad podrá ordenar, a petición de parte, que cualquiera...
- Artículo 195. El auto motivado que se dicte en los casos de los artículos que preceden,...
- Artículo 196. No se tendrán por documentos auténticos las certificaciones expedidas por...
- Artículo 197. Si el documento privado se encontrare en los libros o archivos de una...
- Artículo 198. Cuando a solicitud de parte interesada, el Ministerio Público, el Juez o...
- Artículo 199. La compulsa de documentos existentes fuera del ámbito territorial del...
- Artículo 200. Cuando se niegue o ponga en duda la autenticidad de un documento, podrá...
- Artículo 201. Los documentos públicos y privados podrán presentarse en cualquier estado...
- Artículo 202. Si se trata de documentos no redactados en idioma español se presentarán,...
- Artículo 203. Presunción es la consecuencia que la ley o el Juez infieren de un hecho...
- Artículo 204. Hay presunción legal: I.- Cuando la ley lo establece expresamente; y...
- Artículo 205. Hay presunción humana cuando de un hecho debidamente probado se infiere...
- Artículo 206. El que tiene a su favor una presunción legal sólo está obligado a probar el...
- Artículo 207. Es admisible prueba contra las presunciones, sean legales o humanas
- Artículo 208. No podrá condenarse a un acusado sino cuando se pruebe que cometió el delito...
- Artículo 209. El que afirma está obligado a probar. También lo está el que niega cuando su...
- Artículo 210. La confesión produce su efecto tanto en lo que favorece como en lo que...
- Artículo 211. El Ministerio Público en la Averiguación Previa y la Autoridad Judicial en...
- Artículo 212. La confesión debe reunir los siguientes requisitos: I.- Que esté...
- Artículo 213. No podrá consignarse a ninguna persona si existe como única prueba la...
- Artículo 214. Los documentos públicos harán prueba plena salvo el derecho de las partes...
- Artículo 215. Los documentos privados sólo harán prueba contra su autor si fueren...
- Artículo 216. La inspección ocular y la judicial, así como el resultado de los cateos, de...
- Artículo 217. La fuerza probatoria de toda opinión pericial, incluso el cotejo de letras y...
- Artículo 218. Para valorar la declaración de cada testigo se tendrá en cuenta: I.- Su...
- Artículo 219. El Ministerio Público, los Jueces y Tribunales, según la naturaleza de los...
- Artículo 220. El Ministerio Público, los Jueces y los Tribunales, en sus resoluciones...
- Artículo 221. El Ministerio Público y la Autoridad Judicial apreciarán las pruebas con...
- Artículo 222. La averiguación de los hechos delictuosos puede incoarse de oficio o por...
- Artículo 223. El Ministerio Público y sus auxiliares, de acuerdo con las órdenes que éstos...
- Artículo 224. Es necesaria la querella de la parte ofendida en los casos de comisión de...
- Artículo 225. Las denuncias y las querellas pueden formularse oralmente o por escrito; en...
- Artículo 226. Cuando el ofendido o la víctima sean menores de edad, pero mayores de 14...
- Artículo 227. Se reputará parte ofendida para tener por satisfecho el requisito de la...
- Artículo 228. El querellante que se hubiere desistido de su querella necesaria siendo...
- Artículo 229. Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito que deba...
- Artículo 230. Toda persona que en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la...
- Artículo 231. Cuando la denuncia o querella se presente por escrito, la Autoridad que...
- Artículo 232. Tratándose de querellas sólo se admitirá la intervención de apoderado...
- Artículo 233. Cuando una corporación que tenga personalidad jurídica sea la que se...
- Artículo 234. Inmediatamente que los Agentes Investigadores del Ministerio o los...
- Artículo 235. Al iniciar sus procedimientos el Ministerio Público o la Autoridad que...
- Artículo 236. El Ministerio Público y la Policía Judicial a su mando están obligados sin...
- Artículo 237. Se considera que hay delito flagrante, cuando el indiciado es detenido en el...
- Artículo 238. Habrá caso urgente cuando: a) El indiciado haya intervenido en la...
- Artículo 239. Derogado
- Artículo 240. En los casos de delito flagrante y en los casos urgentes ningún indiciado...
- Artículo 241. Cuando el inculpado fuere detenido o se presentare voluntariamente a darse...
- Artículo 242. Antes de trasladar al probable responsable al Reclusorio Preventivo, se...
- Artículo 243. El Ministerio Público que conozca de un hecho delictuoso, dispondrá que...
- Artículo 244. El Ministerio Público que inicie una Averiguación Previa podrá citar para...
- Artículo 245. Toda persona que haya de rendir declaración en los casos que se mencionan en...
- Artículo 246. En la práctica de diligencias de Averiguación Previa se aplicarán en lo...
- Artículo 247. El Ministerio Público o la Policía Judicial en su caso, procederán a recoger...
- Artículo 248. Cuando con motivo de una Averiguación Previa el Ministerio Público estime...
- Artículo 249. Además de practicar las diligencias y de levantar el acta a que se refiere...
- Artículo 250. De las cosas que se aseguren se hará un inventario, en el que deberán...
- Artículo 251. En los términos de la Constitución General de la República, tanto la Policía...
- Artículo 252. El Procurador General de Justicia determinará, mediante disposiciones de...
- Artículo 253. Cuando los Servidores Públicos que actúen en auxilio del Ministerio Público,...
- Artículo 254. Las diligencias que practique el Ministerio Público y sus auxiliares tendrán...
- Artículo 255. El Ministerio Público acreditará el cuerpo del delito de que se trate y la...
- Artículo 256. Tratándose de lesiones externas, éstas serán objeto de inspección...
- Artículo 257. Cuando se trate de lesiones internas, envenenamiento u otra enfermedad...
- Artículo 258. La atención médica de quien haya sufrido lesiones o enfermedades...
- Artículo 259. El facultativo que otorgue la responsiva que se menciona en el párrafo...
- Artículo 260. Los certificados de sanidad o de defunción expedidos por médicos...
- Artículo 261. Cuando un lesionado necesite pronta atención, cualquier médico que se halle...
- Artículo 262. Tratándose de envenenamiento se recogerán cuidadosamente los recipientes y...
- Artículo 263. Cuando se trate de homicidio, además de otras diligencias que sean...
- Artículo 264. Los cadáveres deberán ser siempre identificados por medio de testigos y si...
- Artículo 265. Cuando no se encontrare el cadáver, se comprobará su existencia por medio de...
- Artículo 266. Cuando no se encontraren testigos que hubieren visto el cadáver, pero...
- Artículo 267. Si después de que hubiere sido sepultado el cadáver hubiere algún motivo por...
- Artículo 268. Si por las observaciones que hubieren hecho los facultativos, se dedujere...
- Artículo 269. En el caso de aborto, se procederá como previenen los artículos anteriores...
- Artículo 270. En el caso previsto en el artículo 394 del Código Penal del Estado se...
- Artículo 271. Tratándose de abuso sexual, estupro o violación se harán constar: la edad y...
- Artículo 272. En los casos de daño se practicará una inspección a los objetos motivo del...
- Artículo 273. En los casos de incendio, se dispondrá, que los peritos enuncien el modo,...
- Artículo 274. En los casos de robo, se hará constar en la inspección todas aquéllas...
- Artículo 275. Tratándose del delito a que se refiere la fracción II del artículo 331 del...
- Artículo 276. Si el delito fuere de falsedad o de falsificación de documentos, se hará una...
- Artículo 277. En el delito de falsificación de documentos se procederá conforme a las...
- Artículo 278. Cuando tratándose de delito de ataques a las vías de comunicación no fuere...
- Artículo 279. Si para la comprobación del cuerpo del delito, o de las circunstancias en...
- Artículo 280. Cuando el delito deje vestigios o pruebas de su perpetración, se hará...
- Artículo 281. Cuando el delito fuere de los que no dejan huellas, se procurará hacer...
- Artículo 282. Cuando no queden huellas o vestigios del delito, se hará constar, oyendo...
- Artículo 283. Cuando se trate de una enfermedad que se sospeche haya sido ocasionada por...
- Artículo 284. Cualquier persona que tenga en su poder un documento público o privado que...
- Artículo 285. En todos los delitos en que se requieran conocimientos especiales para...
- Artículo 286. Para la comprobación del cuerpo del delito y de la probable o plena...
- Artículo 286 bis. Tratándose de delitos en contra de la salud en su modalidad de narcomenudeo,...
- Artículo 287. Si de la Averiguación Previa aparece que se ha acreditado el cuerpo del...
- Artículo 288. Al recibir la Dirección de Averiguaciones Previas del Estado todo lo actuado...
- Artículo 289. Cuando en vista de los datos obtenidos en la Averiguación, el Director de...
- Artículo 290. Consignadas las diligencias de Averiguación Previa y ejercitada la acción...
- Artículo 291. Las órdenes que se mencionan en la fracción II del artículo anterior,...
- Artículo 292. Las órdenes de aprehensión, reaprehensión o cateo, libradas por la Autoridad...
- Artículo 293. Al ser detenido, aprehendido o reaprehendido un Servidor Público o un...
- Artículo 294. Cuando deba aprehenderse a un empleado oficial o a un particular que en ese...
- Artículo 295. Cuando antes de cumplida una orden de aprehensión se desvanecieren los datos...
- Artículo 296. Cuando por la naturaleza del delito o de la sanción aplicable no deba...
- Artículo 297. El Juez deberá tomar al detenido su declaración preparatoria dentro de las...
- Artículo 298. Al comenzar la diligencia se le hará saber al detenido el derecho que tiene...
- Artículo 299. La declaración preparatoria contendrá las generales del imputado, los apodos...
- Artículo 300. La declaración preparatoria la rendirá el indiciado en forma oral o escrita...
- Artículo 301. En la propia diligencia se le hará saber al indiciado el derecho que tiene a...
- Artículo 302. En ningún caso, y por ningún motivo, podrá la Autoridad emplear la...
- Artículo 303. El Agente del Ministerio Público y la defensa tendrán derecho a interrogar...
- Artículo 304. En los casos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 252 de este...
- Artículo 305. Recibida la declaración preparatoria o, en su caso, la manifestación del...
- Artículo 306. Todo inculpado tendrá derecho durante la Averiguación Previa y en el Proceso...
- Artículo 306 A. El Juez o Tribunal podrá negar la libertad provisional bajo caución, a...
- Artículo 307. La libertad bajo fianza podrá pedirse en cualquier tiempo, mientras no se...
- Artículo 308. En caso de que se niegue la libertad caucional, puede solicitarse de nuevo y...
- Artículo 309. A petición del procesado o su defensor, la caución que garantice el...
- Artículo 310. El monto de la caución relacionada con la fracción III del artículo 306 de...
- Artículo 311. La naturaleza de la caución quedará a elección del inculpado, quien al...
- Artículo 312. La caución consistente en depósito en efectivo, se hará por el inculpado o...
- Artículo 313. Cuando la garantía consista en hipoteca, que podrá ser otorgada por el...
- Artículo 314. Cuando se ofrezca como garantía fianza de persona física por cantidad que no...
- Artículo 315. Las fianzas de que habla este Capítulo, se extenderán en la misma pieza de...
- Artículo 316. Al notificarse al inculpado el auto que le concede la libertad caucional, se...
- Artículo 317. La Autoridad Judicial podrá revocar la libertad caucional del inculpado,...
- Artículo 318. Cuando un tercero haya constituido depósito, fianza, prenda, hipoteca o...
- Artículo 319. Cuando el inculpado haya garantizado por sí mismo su libertad, ésta se...
- Artículo 320. Cuando un tercero haya garantizado la libertad del inculpado, aquella se...
- Artículo 321. En los casos del artículo 317 y de la fracción I del 319 de este Código, se...
- Artículo 322. En los casos del primer párrafo del artículo anterior y de la parte final...
- Artículo 323. Ninguna detención Judicial podrá exceder del término de 72 horas, contadas...
- Artículo 324. El auto de formal prisión expresará: I.- La fecha y hora exacta en que...
- Artículo 325. El auto de formal prisión se comunicará a la Dirección de Identificación y...
- Artículo 326. Cuando por tener el delito señalado únicamente sanción no privativa de...
- Artículo 327. El auto de formal prisión y el de sujeción a proceso, se dictarán por el...
- Artículo 328. El auto de formal prisión se notificará inmediatamente que se dicte al...
- Artículo 329. Si dentro del término legal no se reúnen los requisitos necesarios para...
- Artículo 330. El auto de formal prisión, el de sujeción a proceso, el de libertad por...
- Artículo 330 A. En los casos en que el auto de formal prisión o de sujeción a proceso se...
- Artículo 330 B. La suspensión condicional del proceso procederá a solicitud del Ministerio...
- Artículo 330 C. Recibida la solicitud, el Juez citará a una audiencia que se verificará...
- Artículo 330 D. El Juez fijará el plazo de suspensión condicional del proceso, que no podrá...
- Artículo 330 E. En los asuntos suspendidos, el Juez dispondrá las medidas necesarias para...
- Artículo 330 F. Si el inculpado incumple las condiciones impuestas o es procesado por...
- Artículo 330 G. Transcurrido el plazo que se fije sin que la suspensión fuere revocada, se...
- Artículo 331. Radicado el proceso se practicarán las diligencias indispensables para que...
- Artículo 332. Salvo lo dispuesto en el Capítulo relativo al Procedimiento Sumario, todo...
- Artículo 333. Cuando el Juez considere agotada la Averiguación por haberse practicado, en...
- Artículo 334. La instrucción deberá terminarse: cuando el delito tenga señalada una...
- Artículo 335. Durante la instrucción, el órgano Jurisdiccional que conozca del proceso,...
- Artículo 336. Transcurridos o renunciados los plazos a que se refiere el artículo 334 de...
- Artículo 337. El Ministerio Público al formular conclusiones hará una exposición sucinta y...
- Artículo 338. Si las conclusiones, que deberán presentarse por escrito, son de acusación,...
- Artículo 339. Si las conclusiones fueren de no acusación, el Juez, al recibir el pedimento...
- Artículo 340. El escrito de conclusiones deberá presentarse firmado por el Agente del...
- Artículo 341. Recibidas las conclusiones acusatorias del Ministerio Público, o en su caso...
- Artículo 342. La defensa podrá presentar sus conclusiones por escrito o formularlas en...
- Artículo 343. Si la defensa no presentare sus conclusiones en el término que se le hubiere...
- Artículo 344. Las conclusiones definitivas del Ministerio Público no pueden modificarse...
- Artículo 345. Procederá el sobreseimiento: I.- En las averiguaciones en que no se...
- Artículo 346. El sobreseimiento puede decretarse de oficio o a petición de parte y en...
- Artículo 347. Cuando se siga el procedimiento por dos o más delitos y por lo que toca a...
- Artículo 348. El auto de sobreseimiento producirá la inmediata y absoluta libertad del...
- Artículo 349. El mismo día en que la defensa presente sus conclusiones, o en el momento en...
- Artículo 350. La audiencia se efectuará, concurran o no las partes; pero el Ministerio...
- Artículo 351. En la audiencia podrán interrogar al acusado sobre los hechos materia del...
- Artículo 352. La sentencia condenatoria es apelable en ambos efectos. La absolutoria lo es...
- Artículo 353. Las sentencias irrevocables que sean absolutorias o que declaren compurgadas...
- Artículo 354. Cuando en la sentencia se declare la falsedad de un documento público, se...
- Artículo 355. En los casos de delitos cuya sanción no exceda de 3 años de prisión, sea o...
- Artículo 356. Al concluir el término a que se refiere el artículo anterior, el Juez citará...
- Artículo 357. Cuando las conclusiones del Ministerio Público fueren de no acusación, se...
- Artículo 358. Cuando en la sentencia condenatoria se imponga al acusado sanción privativa...
- Artículo 358 A. El procedimiento abreviado podrá ser promovido por el Ministerio Público con...
- Artículo 358 B. Cumplidos los requisitos a que se refiere el artículo anterior, el Juez,...
- Artículo 358 C. Contra la sentencia que se pronuncie en el procedimiento abreviado procede...
- Artículo 358 D. Si se dictara sentencia condenatoria en un procedimiento abreviado, la pena...
- Artículo 359. Sin perjuicio de lo dispuesto por los párrafos tercero y quinto de los...
- Artículo 360. En los delitos oficiales de que sean acusados los Jueces de primera...
- Artículo 361. La responsabilidad por delitos que en el desempeño de sus funciones...
- Artículo 362. Reunido el Tribunal en Pleno y en vista de la petición del Procurador...
- Artículo 363. Contra la resolución de suspensión y la declaración de haber lugar a...
- Artículo 364. Cuando existan motivos para suponer que el inculpado es inimputable de...
- Artículo 365. En el informe pericial que rindan los médicos encargados del examen, además...
- Artículo 366. Si los peritos médicos dictaminan en sentido afirmativo y el Órgano...
- Artículo 367. Si se comprueba la existencia del delito y que en él tuvo participación el...
- Artículo 368. Cuando en el curso del proceso o después de dictada la sentencia, el...
- Artículo 369. Si en los casos a que este Capítulo se refiere sobreviniere la curación del...
- Artículo 370. La vigilancia del incapacitado estará a cargo de la autoridad...
- Artículo 371. No procederá recurso alguno, cuando la parte agraviada se hubiere conformado...
- Artículo 372. Son irrevocables y por tanto causan ejecutoria: I.- Las resoluciones...
- Artículo 373. Las resoluciones judiciales pueden ser impugnadas por los siguientes medios:...
- Artículo 374. No procederán los medios de impugnación, cuando la parte agraviada se...
- Artículo 375. Cuando el inculpado manifieste su inconformidad al notificársele una...
- Artículo 376. El desistimiento de la tramitación de algún medio de impugnación, para ser...
- Artículo 377. No procederán los medios de impugnación hechos valer por personas que no...
- Artículo 378. El recurso de revocación procede siempre que este Código no conceda el de...
- Artículo 379. Interpuesto el recurso en el acto de la notificación o dentro de las 24...
- Artículo 380. El recurso de apelación tiene por objeto estudiar la legalidad de la...
- Artículo 381. La segunda instancia solamente se abrirá a petición de parte legítima, para...
- Artículo 382. Ya se trate de autos, de resoluciones interlocutorias o de sentencias,...
- Artículo 383. Son apelables: I.- Las sentencias definitivas, menos las dictadas en...
- Artículo 384. El recurso de apelación deberá interponerse verbalmente en el acto de la...
- Artículo 385. Al notificarse el auto de formal prisión o la sentencia definitiva se hará...
- Artículo 386. Tienen derecho a apelar: I.- El inculpado y su defensor; II.- El...
- Artículo 387. La apelación tendrá efectos suspensivos cuando se trate de: I.-...
- Artículo 388. Interpuesto el recurso en tiempo y forma, por quien tuviere personalidad...
- Artículo 389. Admitida la apelación, el Juez dentro de tres días enviará copia de las...
- Artículo 390. Recibido el expediente o el certificado de constancias, en su caso, el...
- Artículo 391. En los casos de apelación contra resoluciones interlocutorias o autos,...
- Artículo 392. En vista de lo expresado por las partes y de las constancias del proceso o...
- Artículo 393. Si se tratare de auto de formal prisión o de sujeción a proceso, de...
- Artículo 394. Si se tratare de apelación interpuesta contra sentencia definitiva, luego de...
- Artículo 395. Concluidos los términos del artículo anterior, si alguna de las partes...
- Artículo 396. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, si el Tribunal lo creyere...
- Artículo 397. La prueba documental pública es adminisible en segunda instancia, hasta...
- Artículo 398. El Tribunal de apelación tiene facultad para admitir las pruebas que no se...
- Artículo 399. Concluido el término de prueba o cuando no se hubiere promovido ésta...
- Artículo 400. La vista se celebrará en audiencia pública ante el Tribunal Superior de...
- Artículo 401. Notificada a las partes la sentencia, se enviará la ejecutoria al juzgado de...
- Artículo 402. El recurso de denegada apelación se admitirá siempre que se haya negado el...
- Artículo 403. El Juez, sin sustanciación alguna, expedirá dentro de tres días un...
- Artículo 404. Cuando el Juez no cumpliere con lo prevenido en el artículo anterior, el...
- Artículo 405. Presentado el escrito al Tribunal, éste prevendrá al Juez que, dentro de...
- Artículo 406. El Tribunal Superior cuando lo estime conveniente, librará despacho al...
- Artículo 407. Recibido el certificado o, en su caso, el informe ampliatorio de éste, el...
- Artículo 408. El condenado en sentencia ejecutoria que se repute con derecho a obtener,...
- Artículo 409. Presentada la solicitud, el Tribunal pedirá inmediatamente el expediente del...
- Artículo 410. Si la resolución fuere favorable a la solicitud, se comunicará al Ejecutivo...
- Artículo 411. El reconocimiento de la inocencia del sentenciado se declarará basándose en...
- Artículo 412. Corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver en definitiva las...
- Artículo 413. El Juez o Tribunal que se considere incompetente para conocer de una causa,...
- Artículo 414. Cuando las partes en el juicio estimen que no es competente el Juez que...
- Artículo 415. En los casos a que se refiere el artículo 413 de este Código tan pronto...
- Artículo 416. En los casos a que se refiere el artículo 414 de este código, recibido en el...
- Artículo 417. Toda excusa o recusación, en los casos a que se refiere el artículo 112 de...
- Artículo 418. Las excusas a que se refiere el artículo 113 de este Código , deberán...
- Artículo 419. Los Jueces o Magistrados desecharán de plano toda recusación que no sea...
- Artículo 420. Toda recusación deberá ser con causa y propuesta ante el Juez o Tribunal que...
- Artículo 421. La recusación hecha en tiempo y forma suspende la jurisdicción del...
- Artículo 422. Todas las recusaciones que se interpongan contra los Jueces en el Ramo Penal...
- Artículo 423. Interpuesta en tiempo y forma la recusación de un Juez del Ramo Penal, el...
- Artículo 424. Recibida por quien deba calificarla, con el informe del recusado, se...
- Artículo 425. Si la resolución fuere contraria al recusante, se le impondrá una multa de...
- Artículo 426. Cuando fuere recusado un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia,...
- Artículo 427. Las excusas se consignarán en el proceso con expresión de causa. El...
- Artículo 428. El Magistrado que se excuse, lo comunicará al Tribunal Pleno, el cual, si...
- Artículo 429. El procedimiento judicial iniciado para la averiguación de algún delito,...
- Artículo 430. Lo dispuesto en la fracción I del artículo anterior, es sin perjuicio de que...
- Artículo 431. Cuando se haya decretado la suspensión de procedimiento en los casos a que...
- Artículo 432. El Juez o Tribunal resolverá de plano sobre la suspensión del procedimiento,...
- Artículo 433. La acumulación tiene por objeto que un mismo Juez conozca y decida en una...
- Artículo 434. Procederá la acumulación de los procesos que se sigan: I.- Contra los...
- Artículo 435. Los delitos son conexos: I.- Cuando haya interdependencia en la...
- Artículo 436. La acumulación sólo podrá decretarse hasta antes del auto de citación para...
- Artículo 437. Cuando en alguno de los procesos ya se hubiere dado el trámite a que se...
- Artículo 438. Pueden promover la acumulación, el Ministerio Público, el procesado, su...
- Artículo 439. Es competente para conocer de todos los procesos que deban acumularse si se...
- Artículo 440. La acumulación se promoverá ante el Juez que, conforme al artículo anterior,...
- Artículo 441. Promovida la acumulación, el Juez oirá en audiencia verbal, que se...
- Artículo 442. La resolución en que se conceda o niegue la acumulación es apelable en el...
- Artículo 443. Si se decretare la acumulación y los procesos estuvieren en diversos...
- Artículo 444. Recibido el oficio se oirá a las partes en audiencia verbal que se celebrará...
- Artículo 445. Si la resolución fuere favorable, el Juez requerido remitirá, desde luego,...
- Artículo 446. Sea que el Juez acceda o rehuse la acumulación, su resolución será apelable,...
- Artículo 447. Si el Juez requirente, en vista de las razones que exponga el requerido, se...
- Artículo 448. El auto de desistimiento es apelable en el efecto devolutivo, debiendo...
- Artículo 449. Si el Juez que solicitó la acumulación insistiere en ella, no obstante las...
- Artículo 450. La remisión de que habla el artículo anterior, se efectuará dentro de los...
- Artículo 451. Nunca suspenderán los Jueces sus procedimientos con motivo del incidente...
- Artículo 452. Cuando se trate de diligencias de las que sea antecedente una causa que se...
- Artículo 453. Con excepción de lo previsto en el párrafo primero del artículo 10 del...
- Artículo 454. El Juez que primero pronuncie sentencia ejecutoria, la comunicará al otro,...
- Artículo 455. Serán aplicables las disposiciones de este capítulo a las averiguaciones que...
- Artículo 456. La responsabilidad o reparación del daño proveniente de delito que el Código...
- Artículo 457. La responsabilidad a que se refiere este Capítulo debe promoverse ante el...
- Artículo 458. Cuando alguna persona moral se presentare a deducir la acción, lo hará por...
- Artículo 459. Cuando varias personas se presenten a deducir la acción, nombrarán a una de...
- Artículo 460. El Ministerio Público y el procesado no son partes necesarias en el...
- Artículo 461. En el escrito con que se inicie el incidente se expresarán sucintamente y...
- Artículo 462. Con el escrito a que se refiere el artículo anterior y con los documentos...
- Artículo 463. No compareciendo el demandado o transcurrido el período de prueba, en su...
- Artículo 464. Si la acción se ejercitó en tiempo y no se está en ninguno de los casos de...
- Artículo 465. Si el incidente a que se refiere este Capítulo llegare al estado de dictarse...
- Artículo 466. Las notificaciones en el incidente a que se refiere este Capítulo, se harán...
- Artículo 467. Cuando la parte interesada en la responsabilidad no promoviere el incidente...
- Artículo 468. También se ejercitará la acción de responsabilidad a que se refiere este...
- Artículo 469. La acción de responsabilidad se ejercitará también en la forma y ante los...
- Artículo 470. La acción para exigir responsabilidad a que se contraen las anteriores...
- Artículo 471. La libertad bajo protesta procederá en los casos siguientes: I.- Cuando...
- Artículo 472. La libertad bajo protesta la decretará de oficio el Juez o la Primera Sala...
- Artículo 473. Cuando se hubiese prolongado la prisión preventiva por más tiempo del que...
- Artículo 474. La libertad por desvanecimiento de datos para procesar, procede en los casos...
- Artículo 475. Cuando el inculpado solamente haya sido declarado sujeto a proceso, podrá...
- Artículo 476. Por desvanecimiento de datos no debe entenderse que se recaben pruebas que...
- Artículo 477. Hecha la solicitud relativa a lo dispuesto en los artículos que anteceden,...
- Artículo 478. La solicitud del Ministerio Público para que se conceda la libertad por...
- Artículo 479. La resolución que conceda la libertad por desvanecimiento de datos, tendrá...
- Artículo 480. La resolución que conceda o niegue la libertad a que se refiere este...
- Artículo 480 A. La autoridad investigadora pondrá a disposición de la autoridad judicial los...
- Artículo 480 B. Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades...
- Artículo 480 C. En el caso de bienes que se encuentren a disposición de la autoridad, que no...
- Artículo 480 D. La notificación a que se refiere el artículo 480 A de este Código y...
- Artículo 481. Todas las cuestiones que se propongan durante la tramitación de un...
- Artículo 482. Cuando la cuestión sea de obvia resolución y las partes no solicitaren...
- Artículo 483. Las cuestiones que, a juicio del Juez, no puedan resolverse de plano, o...
- Artículo 484. Hecha la promoción, se dará vista de ella a las partes, para que contesten...
- Artículo 485. Si el Juez lo creyere conveniente o alguna de las partes lo pidiere, citará...
- Artículo 486. La rehabilitación en los derechos civiles, políticos o de familia, no...
- Artículo 487. Si el reo hubiere extinguido ya la sanción privativa de libertad, o se le...
- Artículo 488. Si la medida impuesta al reo hubiere sido la inhabilitación o suspensión por...
- Artículo 489. Recibida la solicitud, el Juez o Tribunal a instancia del Ministerio Público...
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